Van con bastante retraso en todas y cada una de las CCAA.
Te pertenece cobrar el BST con derechos ya adquiridos a fecha 31/12/2025, pero el BST que correspondería a esa casuística y que en tu caso sería el primero en cobrarse, dependiendo de tu Comunidad de residencia puede no cobrarse hasta 2027 fácilmente, aunque por desgracia.
Por ejemplo en la CCAA de Andalucía sobre abril-junio se prevé cobrar el que se consolidó como derecho a fecha 31/12/2024 y que debió haberse ya cobrado hace 1 año.
* Tiene derecho al BST todo aquel que a 31/12/XXXX fuera perceptor del BSE.
Saludos + Suerte