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Las empresas cotizadas ya no tienen la obligación de presentar resultados trimestrales a la CNMV
Os comparto la última hora publicada por la CNMV donde informan de que las empresas cotizadas ya no tienen la obligación de presentar resultados trimestrales.
El próximo 3 de mayo, entrará en vigor la Ley 5/2021, de 12 de abril, que modifica el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.
La citada norma, en su artículo sexto, punto 14, por el que se suprime el artículo 120 de la Ley del Mercado de Valores, recoge que los emisores cuyas acciones estén admitidas a negociación en un mercado regulado español o en otro mercado regulado domiciliado en la Unión Europea, cuando España sea Estado miembro de origen, dejarán de estar obligados, desde dicha fecha, 3 de mayo, a remitir a la CNMV y publicar sus declaraciones intermedias de gestión o informes financieros trimestrales.
No obstante, a partir de la citada fecha los emisores podrán continuar publicando información trimestral, de forma voluntaria pero, al no ser información regulada, ya no podrán hacerlo a través del trámite de la sede electrónica de la CNMV denominado IPP, Información Financiera Intermedia de entidades emisoras de valores admitidos a negociación, sino como Otra información Relevante, o bien, en el caso de que así proceda, comunicarla como Información Privilegiada.
Salva Marqués