Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Banco Santander (SAN)

25K respuestas
Banco Santander (SAN)
91 suscriptores
Banco Santander (SAN)
Página
2.724 / 3.168
#21785

Re: Banco Santander (SAN)

 
Buenas tardes. 

El peso mexicano se fortalece 

    Añadido el noviembre 5, 2020 a las 12:11pm 

El dólar frente al peso mexicano rompe por debajo de la zona de soporte en el 20,83, indicándonos que el peso sigue ganando terreno, apoyado por la posible v... 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#21786

Re: Banco Santander (SAN)

 
 Buenas tardes


Primera sentencia tras el fallo del Supremo sobre el IRPH: un juez obliga a indemnizar e impone el euribor



  • El Juzgado de Córdoba declara nula la cláusula por falta de transparencia
  • Asegura que la entidad solo proporcionó al cliente "un resumen" del índice


Batalla en los tribunales por las hipotecas IRPH.


El Juzgado de Instrucción número 9 bis de Córdoba ha resuelto una demanda sobre una hipoteca ligada al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), basando la sentencia en la postura avanzada el pasado mes de octubre por el Tribunal Supremo sobre el índice. Así, el juzgado cordobés ha considerado abusiva la comercialización del préstamo ligado al IRPH por falta de transparencia, y por tanto, ha declarado nula la cláusula, obligando a la entidad, en este caso, Caja Rural del Sur, a devolver al cliente lo cobrado de más por el uso del IRPH y a sustituir el índice por el común euribor.


Cabe recordar que el fallo del Supremo, del que solo se conoce un avance y no la sentencia completa puesto que no se ha publicado, avalaba la validez del IRPH, al ser un índice oficial, pero apuntaba que debían ser los tribunales inferiores los que analizaran caso por caso si se había dado falta de transparencia en su comercialización. El Alto Tribunal apuntaba que para que no hubiera falta de transparencia, la entidad debía haber informado al cliente de la evolución del IRPH, al menos, durante los años anteriores a la firma del contrato.



Bajo esta premisa, el tribunal cordobés señala que no consta documentalmente la existencia de información previa a la firma suficiente, clara y precisa sobre dicha cláusula y su trascendencia económica, ni la realización de simulaciones de ningún tipo que hayan permitido al prestatario tomar conciencia de las variaciones que el tipo de interés podía experimentar. Según el juzgado, la entidad solo facilitó al cliente "un resumen, sin explicación pormenorizada de las condiciones".

El IRPH tiene un interés más alto que el euribor, que empezó a bajar en 2008 y entró en terreno negativo en febrero de 2016. Dicho de otra forma, los clientes con préstamos para la adquisición de vivienda ligada a este índice pagan una media de 25.000 euros más a lo largo de la vida del préstamos que aquellos que lo tienen vinculado al euribor. Despachos de abogados y asociaciones de consumidores, estiman que en España hay más de un millón de clientes con este tipo de hipotecas.


El Supremo optó a pronunciarse sobre el IRPH para marcar jurisprudencia ante la diversidad de sentencias que se estaban dando en los tribunales inferiores, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que también validó el índice pero instó a los juzgados nacionales a analizar la transparencia de los contratos, aunque sin dar pautas para este estudio.

Según los datos proporcionados por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), hasta el 9 de octubre, se había fallado 51 casos por IRPH, de los que el 59% daban la razón al usuario; el 33% se la daba a la banca y el restante 8%, repartía la responsabilidad por partes. No obstante, su fallo del pasado 21 de octubre, al no conocerse íntegramente, dejó más dudas que respuestas, ya que no matizó que si la falta de transparencia en el contrato podría dar lugar a indemnizaciones y a la sustitución del índice, algo que, sin embargo, el juzgado de Córdoba sí ha aplicado.

Fuente.- El Economista 
#21787

Sectorial bancario europeo

Buenas tardes.
STOXX Banks EUR Price (SX7E)
57,97 +0,65    +1,13%
Rango día56,36 - 58,23
  2,560 2,569 2,422 +4,23% 30,28M 17:29:54  
Principales ganadores
Nombre Último Var. % Var.
Raiffeisen Bank 13,185 +0,570 +4,52%
BBVA 2,560 +0,104 +4,23%
Natixis 2,22 +0,08 +3,89%
Société Générale 13,23 +0,48 +3,73%
Bankia 1,117 +0,040 +3,67%
Principales perdedores
Nombre Último Var. % Var.
Commerzbank 4,016 -0,245 -5,75%
ING Groep 6,10 -0,31 -4,84%
Bper Banca 1,083 -0,024 -2,17%
ABN AMRO 7,42 -0,05 -0,67%
Deutsche Bank AG 8,540 -0,018 -0,21%
Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#21788

Re: Banco Santander (SAN)

Compra de un insider

"Lo que todo el mundo sabe en la Bolsa a mí ya no me interesa" André Kostolany

#21789

Re: Banco Santander (SAN)

Buenas.
Duda sobre el DIVIDENDO.
Años anteriores, SAN  daba tres opciones:
a/ cobrar el dividendo de 0.10 euros (menos impuestos)
b/ vender derechos
c/ coger acciones.

¿sigue siendo así?
Si quiero cobrar directamente el dividendo, ¿qué debo hacer?
Gracias
#21790

Re: Banco Santander (SAN)

 
Buenos días. 

 

La única posibilidad de cobrar efectivo es vender directamente al mercado dentro de los días de negociación de los derechos, si no te darán las acciones correspondientes a los mismos. 

Así lo he entendido en el comunicado. 

El problema es que no computan como ganancias de capital mobiliario al igual que los dividendos, la tributación de los derechos es como la de ganancias/pérdidas patrimoniales sujetas a retención y englobadas en la base del ahorro al igual que las acciones, derivados y FI. 

No sé si es tú caso pero te explico lo siguiente: 

Digo que es un problema ya que para algunas haciendas como País Vasco y Navarra los primeros 1.500€ de los dividendos todavía están exentos de tributación y no sería aplicable en este caso. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#21791

Re: Banco Santander (SAN)

 
Buenas tardes. 

 

Te pongo el comunicado sobre el próximo dividendo y las fechas claves: 

Por fin, ya tenemos fechas e importes de cual será el próximo dividendo Santander, que será el segundo con cargo a los resultados del 2019. 

Tendrá un importe de 0,10€ por título y se cobrará íntegramente en acciones (no es un dividendo elección), ya que el banco en teoría no puede pagar dividendos. La fórmula elegida es un aumento de capital con cargo a reservas. 

Los accionistas en este caso, sólo tendrán la opción de vender los derechos a mercado o hacerse con nuevas acciones que, si no pasa nada, estarán cotizando libremente el día 11 de diciembre. 

Calendario dividendo Santander diciembre 2020 

 

Este es el calendario fijado para la próxima ampliación de capital del Santander, scrip dividend. Aún faltan algunos datos, como el número de derechos necesarios para recibir una nueva acción: 

 

    12 de noviembre. Acuerdo de ejecución del aumento. Se comunican los derechos necesarios para recibir una acción nueva, en este caso no hay compromiso de recompra. 

    13 de noviembre. Last Trading date, fecha en la que aún se pueden comprar acciones del Banco con derecho a recibir dividendo. Los accionistas que figuren como tal a las 23:59, tendrán derecho a participar en el dividendo del Santader. 

    16 de noviembre. Las acciones del Banco Santander cotizarán excupón o exdividendo, como te guste. 

    Los derechos del Banco Santander comenzarán a cotizar libremente en el mercado. 

    30 de noviembre. Finaliza el periodo de negociación de derechos. 

    4 al 10 de diciembre. Trámites para la inscripción del aumento de capital, y admisión a cotización de las nuevas acciones. 

    11 de diciembre. Comenzarán a cotizar las acciones procedentes de la ampliación de capital, realizada para pagar el dividendo a los accionistas. 

 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#21792

Re: Banco Santander (SAN)

Muchas gracias