El borrador renta 2025 estará disponible desde el 8 de abril de 2026. Desde ese día podrás consultarlo, descargarlo y presentarlo online. La campaña termina el 30 de junio de 2026, aunque si domicilias el pago el plazo acaba antes: 25 de junio de 2026.
Hacer la declaración de la renta es posible desde el 8 de abril de 2026 vía Renta Web. Solo necesitas tu borrador y revisar deducciones antes del 30 de junio. Si prefieres ayuda, la atención telefónica inicia el 6 de mayo y la presencial el 1 de junio, ambas con cita previa.
La declaración de la renta 2025-2026 se realiza del 1 de abril al 30 de junio. Es el trámite para regularizar el IRPF y aplicar deducciones. Revisa tu borrador con tiempo para evitar los recargos progresivos por presentación fuera de plazo.
La campaña de la declaración de la renta de 2025-2026, que corresponde al año fiscal de 2025 arranca y en la mayoría de casos el resultado de la declaración de la renta es a devolver, pero si te ha salido a pagar la declaración, quizás te preguntes por qué.
El estado devolución renta te permite saber si Hacienda ya está revisando tu declaración, si la devolución está aceptada o si el pago ya se ha ordenado. Consultarlo es la forma más útil de entender si el ingreso está cerca o si todavía queda espera.
Descubre cuánto cobra un asesor fiscal o una gestoría por hacer la declaración de la renta en 2025-2026, qué factores influyen en el precio, cuándo merece la pena contratar ayuda profesional y qué ventajas puede ofrecerte si tu situación fiscal es más compleja.
Las deducciones por gastos educativos pueden reducir tu factura en la renta, pero no se aplican igual en toda España. En esta guía actualizada a 2026 repasamos qué gastos educativos se pueden deducir realmente.
Te explicamos cómo declarar la pensión compensatoria y las anualidades por alimentos en la Renta 2025/2026, qué es la casilla 527, cuánto desgrava la manutención de un hijo y qué ocurre en caso de custodia compartida.
Descubre cómo funciona la deducción por alquiler de vivienda en la Renta 2025/2026, qué requisitos debes cumplir, cuánto puedes desgravar según tu comunidad autónoma y qué puede deducirse también el propietario del alquiler.
Consulta las deducciones autonómicas de la declaración de la Renta 2025-2026 por comunidad autónoma, con acceso a la guía oficial de la AEAT y a los requisitos de cada territorio.
Puedes ahorrar más de 1.000€ en la declaración de la renta 2026 compensando pérdidas de inversiones, deduciendo hasta 1.500€ en planes de pensiones (ahorro fiscal de 450€-555€ según tramo), recuperando doble retención de dividendos, y usando deducciones autonómicas.
La declaración de la renta 2026 empieza el 8 de abril y no el 2, como aún indican algunos contenidos desactualizados. Hacienda ya ha confirmado las fechas clave de la campaña del IRPF 2025, que termina el 30 de junio y fija el 25 de junio como límite general para domiciliar.
La fiscalidad de las acciones en 2026 exige declarar plusvalías al vender (base del ahorro IRPF: 19%-30%), dividendos cobrados (retención 19%) y venta de derechos de suscripción. Se aplica norma FIFO y puedes compensar pérdidas hasta el 25% con rendimientos mobiliarios.
La fiscalidad ETFs UCITS en España implica tributar en el IRPF por plusvalías al vender (19% hasta 6.000 €, 21% hasta 50.000 €, 23% hasta 200.000 €, 27% hasta 300.000 €, 30% más de 300.000 €). No hay traspaso fiscal. Los dividendos tributan como capital mobiliario.
Si en tu declaración de impuestos incluyes algún inmueble, ya sea tu vivienda habitual, un inmueble en alquiler o una propiedad a disposición de los titulares, es necesario introducir la referencia catastral en el borrador de la renta, ¿qué significa la referencia catastral?
Para declarar tus inversiones en DEGIRO en la declaración de la renta 2026, descarga el informe anual 2025, separa ganancias (ejemplo: 5.400€), pérdidas (-2.000€), dividendos (345€) e intereses (100€), y tributa según tramos IRPF: 19% hasta 6.000€, 21% hasta 50.000€, etc.
Fiscalidad de los fondos de inversión en 2026: personas físicas tributan en el IRPF al reembolsar, con tipos del 19% (hasta 6.000 €), 21% (hasta 50.000 €), 23% (hasta 200.000 €), 27% (hasta 300.000 €) y 30% (más de 300.000 €); empresas tributan en el IS al 25%, sin diferimiento.