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¿Cómo declarar los dividendos extranjeros [2026]?

Los dividendos extranjeros pueden sufrir doble imposición: retención en origen (hasta 30% según el país) y tributación en España entre el 19% y el 28%. Gracias a los convenios fiscales, puedes recuperar hasta un 15% en la renta. Aquí te explico cómo evitar evitar el doble peaje.
Decía Benjamin Franklin que solo hay dos cosas seguras en la vida; morirse y pagar impuestos. Y por supuesto, el cobro de dividendos no está exento de ello.

¿Pero sabías que si tienes acciones que no son españolas en cartera -lo que es bastante probable-, te podrías enfrentar a una doble tributación con la consiguiente pérdida de rentabilidad en el cobro del dividendo?

fiscalidad dividendos españa
¿Cómo se declaran los dividendos extranjeros en España?


Precisamente para  evitar esa doble imposición, o al menos minimizar su impacto, en este artículo vamos a tratar cómo tributan los dividendos extranjeros.

¿Qué tiene de especial el cobro de dividendos extranjeros?

A fecha 2026, gracias a la democratización de los brokers online se puede comprar cualquier empresa del mundo a costes muy bajos, e incluso de forma fraccionada.

Sin embargo, la tecnología avanza mucho más rápido que la fiscalidad, motivo por el que de acuerdo a la legislación española, la tributación de los dividendos podría grabarte un doble impuesto por un único hecho imponible, el cobro de dividendos de compañías extranjeras.

Y si eres uno de esos inversores que sientes pasión por las carteras de reparto, porque priorizas la inversión en dividendos, estoy casi seguro que tendrás en cartera varias empresas extranjeras, que ofrecen payouts de prácticamente todos sus beneficios. 

¿Cómo es el problema de la doble imposición por dividendos extranjeros en España?

invertir en empresas extranjeras que reparten dividendo tiene un doble peaje fiscal para dicho dividendo. Se pagan impuestos dos veces por un mismo hecho fiscal.

  • Por un lado, cuando una empresa extranjera reparte el dividendo, se aplica una primera retención en el país donde reside fiscalmente la empresa (retención de origen). 

  • Y luego, cuando el dividendo llega a la cuenta de saldo del broker del accionista, este tendrá que declararlo como rendimiento del capital mobiliario, dentro de la base imponible del ahorro (segunda en destino) en el país donde reside fiscalmente 

Por ejemplo, si recibes un dividendo anual de 100€ de una empresa extranjera, que ya tributa en origen a un gravamen del 30%, antes de llegar el dinero a tu bolsillo, ya habrás pagado 30€ de impuestos en otro país.

doble tributación dividendos españa
¿Cómo funciona la doble tributación por dividendos en España?
 
Pero una vez el resto del dividendo lo tengas que declarar en España (en la Renta), lo tendrás que declarar (a un tipo mínimo del 19%) sobre la cantidad neta cobrada. Es decir, sobre los 70€ que ingresaste en su día.

Con lo cual, tras un cobro de 100€ en dividendos, a tu bolsillo, correrías el riesgo de tan solo ingresar 56,70 euros. O dicho de otro modo, un 43,3% del dividendo se ha quedado en diversas arcas gubernamentales.

Por ejemplo, estas son algunas de las retenciones en origen de los países donde más suele operar la comunidad inversora
País 
Porcentaje de retención
USA
30%
Holanda
15%
Francia
25% (aunque tal vez tu broker te aplique una retención del 30%*)
UK
 0%
Alemania
26,375%
Suiza
35%
*En Francia la retención en origen para ciudadanos franceses no residentes el del 12,8%. Pero es posibles, que muchos brokers sigan aplicando el 30%

Y é aquí el problema, una vez pasada esta retención, debemos pasar por la leyes de fiscalidad de dividendos de la Hacienda de España. Más abajo te dejo las tablas de retención en España. 

De entrada no puedes hacer nada para evitar la doble imposición, pero no te preocupes porque SI se puede minimizar y recuperar en gran parte. 

Veamos pues, cuál es el proceso que se debe realizar a la hora de realizar la declaración de la renta.

¿Cómo reducir la retención en origen?

Para evitar la "fuga de dinero" del país, las naciones han creado un impuesto al dividendo antes de que el dividendo emigre al bolsillo del emisor. 

En la siguiente tabla podrás encontrar las retenciones en origen actualizadas de varios países

Retenciones en origen por cobro de dividendos
Retenciones en origen por cobro de dividendos | Fuente: Euronext

Como se observa, existen países donde la retención en origen es nula o muy baja. Y de forma coloquial, a los países que aplican una retención de origen por debajo del 15% se les llama, países ‘amigables’ con los dividendos.

¿Por qué el 15%?.

Porque España tiene un convenio de doble imposición con muchos países que permite limitar dicha retención en origen en un 15%. O dicho de otro modo, ese 15% se puede recuperar más tarde en la declaración de la renta.

¿Qué sucede si la retención es mayor?

Por un lado, podrás recuperar el 15% en la declaración de la renta, y el restante solicitarlo a la hacienda del país donde está situada fiscalmente la empresa (aunque ahí la maniobra fiscal se puede complicar).

Lo cierto es que no hay un patrón claro, dependiendo del país recuperar este exceso es muy sencillo, o harto complicado:

  • En Estados Unidos, por ejemplo, hay que rellenar el formulario W-8BEN, que por norma general te lo proporciona el broker y te lo tramita. Este formulario le dice a la Hacienda estadounidense que no eres residente fiscal en Estados Unidos y, por lo tanto, que no te tiene que aplicar la retención del 30%.

Formulario W-8BEN
Ejemplo del Formulario W-8BEN a rellenar para evitar la doble imposición en EEUU

  • Otra posibilidad, para los que no quieran hacer estos trámites y tengan un volumen de dividendos suficientemente grande como para que el importe recuperado justifique el coste del servicio, es mediante el uso de Dividend Refund (página web especializada en recuperar estas retenciones).

¿Y si no hay acuerdo por doble imposición?

Si el país donde inviertes no tiene convenio de doble imposición con España, la tributación puede ser menos favorable.

En estos casos, el país de origen puede aplicar una retención completa según su normativa interna, y no el tipo reducido que suele fijarse en los convenios fiscales.

Aun así, cuando hagas tu declaración de la renta en España podrás aplicar la deducción por doble imposición internacional. Esta deducción permite recuperar parte de lo pagado en el extranjero, pero con el límite de solo deducirte la menor de estas dos cantidades:

  • Lo que hayas pagado efectivamente en el extranjero por ese dividendo.
  • Lo que corresponda pagar en España por ese mismo dividendo.

Por eso, cuando la retención en origen es muy alta, parte de ese impuesto puede no recuperarse, lo que reduce la rentabilidad neta de la inversión.

En consecuencia, muchos inversores prefieren invertir en países que sí tienen convenio de doble imposición con España, ya que estos acuerdos suelen limitar la retención en origen a alrededor del 15%.

Retención en destino

Tras haber pasado el dividendo por la retención en origen, le toca el turno a la retención en destino.

Hasta la reforma de 2015, los primeros 1.500 euros de dividendos estaban exentos de tributar, pero a día de hoy se tributa desde el primer céntimo recibido de dividendo.

¿Cuántos impuestos pagarás por los dividendos? Entre un 19% y un 28% dependiendo del resto de tus inversiones. Y es que, antes de aplicar las tablas del ahorro, hay que sumar los rendimientos de capital mobiliario a las ganancias y pérdidas patrimoniales (acciones, fondos de inversión, ETF...).

Y en caso de ser positivo, los tramos de tributación por el ahorro, son los siguientes
Tramos 
Porcentaje de tributación
De 0 – 6.000€
19%
Entre 6.000,01€ – 50.000€
21%
Entre 50.000,01 - 200.000,00€
23%
Entre 200.000,01€ - 300.000€
27%
Mas de 300.000,01€
28%
Como aclaración, si tu broker es extranjero, esta retención en destino no la realiza, por lo que eres tú quién debe informar a tu Hacienda para que cobre dicha retención.

Además ten en cuenta que los dividendos en metálico tributan de forma distinta que los dividendos en forma de acciones.

¿Cómo se recuperan los dividendos extranjeros?

Por último, veamos de forma práctica como recuperar esas cantidades retenidas al hacer la declaración de la renta.

Para ello hay que descargar el programa padre de la Renta.
En primer lugar, hay que introducir los datos en el Programa Renta Web, para lo cual es necesario tener el certificado del banco o bróker con las retenciones practicadas. Esto te explicamos como hacerlo en los siguientes 3 artículos de ejemplo: 


Posteriormente, hay que calcular las retenciones, tanto las practicadas en España como en el país de procedencia, sobre los dividendos extranjeros. Por ejemplo, veamos un caso práctico de doble imposición internacional:
  • Dividendos brutos: 500 €
  • Retenciones en origen: 500 x 0,15 = 75 €
  • Retenciones en destino: (500 – 75) x 0,21 = 89,25 €
  • Dividendos netos: 500 – 75 – 89,25 = 335,75 €

Y ahora sí, empezamos a realizar realizar nuestra declaración para recuperar esas  retenciones: 

  • Acudimos a la sección B. ‘Rendimientos de Capital’ → ‘Rendimientos de capital Mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro’ → Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades (casilla 0029). Tal y como se marca en la escala de flechas amarillas. 


  • Al clicar sobre el lápiz se abre una ventana donde tenemos que poner atención en las casillas: 
    • ‘Ingresos íntegros’: aquí se incluyen todos los dividendos brutos recibidos, tanto nacionales como extranjeros.
    • ‘Retenciones’: se incluyen todas las retenciones en destino.


  • Para incluir en la renta las retenciones en origen hay que acudir: 
    • Cálculo del impuesto resultado de la declaración → Cuota resultante de la autoliquidación -> Deducciones → Por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero (casilla 0588).
        
    • Después hacemos click en el lápiz y se abrirá una ventana.


 
Al hacer click en el lápiz de ‘Rentas incluidas en la base del ahorro’ se abre una nueva ventana.

En la casilla de ‘Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base de ahorro’ se incluyen todos los dividendos brutos de aquellos países donde se haya realizado alguna retención en origen.

En la casilla ‘Impuesto satisfecho en el extranjero’ se incluyen todas las retenciones en origen hasta el máximo de un 15%.

👉 Y por cierto, si vas a invertir en dividendos, permíteme que te recomiende leer el siguiente artículo: Mejores brokers para dividendos

Conclusiones sobre la fiscalidad de los dividendos extranjeros

El problema de la doble imposición en los dividendos extranjeros no se resuelve al principio. Como inversor, no puedes hacer nada al respecto por el hecho de que se te aplique una retención en el país de origen y, posteriormente, la Hacienda española te retenga el correspondiente 19%.

En todo caso, esto sí que puedes resolverlo a la hora de realizar la Declaración de la Renta (marcando la casilla 588). España es un país firmante del convenio de doble imposición y, la mayor parte de países en los que invertirás probablemente también lo sean (la lista es muy extensa). Con lo cual, lo único que tienes que tener presente es que efectivamente te retengan un 15% (el límite establecido en el mencionado convenio).

En caso contrario, tendrás que solicitar las cantidades restantes a la Hacienda del país de origen.

Por otra parte, si percibes dividendos de empresas de un país que no pertenezca al convenio de doble imposición, el asunto se complica algo. Pero estas situaciones son menos probables que te suceda.

Contrata el servicio de un asesor fiscal experto para realizar tu declaración de la renta sin errores y aplicándote las máximas deducciones posibles.
 
En definitiva, es importante saber como declarar los dividendos extranjeros, ya que en caso contrario veríamos una merma bastante importante de nuestra rentabilidad como inversores. 
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  1. #52
    04/02/26 15:14
     
    Hay un aspecto que no queda claro ¿Se puede recuperar el 100% de esa retención 15% en origen al cobrar dividendos de acciones Usa, o de otro país? O al menos poder compensarlos al 100% en mi declaración de la renta en España 

    No es una pregunta sin sentido: Cuando cobro dividendos de acciones españolas, la Aeat española retiene un 19%, pero es recuperable. En la declaración de la renta se puede recuperar hasta el 100% de esa retención del 19%, según la situación de cada uno, si me han retenido mas de lo que me corresponde pagar, y sale declaración a devolver. Puede darse el caso que AEAT me tenga que devolver el 100% de todas las retenciones que me han hecho (según la situación de cada uno); esto en la practica es que te devuelven el 100% de las retenciones por dividendos, entonces te quedas el 100% del dividendo sin retención ni impuestos. 

    Pero que pasa si la Hacienda Usa ha retenido previamente un 15%, ¿tambien es compensable en la declaración de la renta en España de igual forma, y engrosa la cantidad a devolver igual que las retenciones que hace Aeat en los dividendos? 
    Porque si no es asi, en realidad no se evita la doble imposición. Si USA retiene “solo” un 15% en lugar del 30%, y luego España me retiene un 19%, pero solo puedo compensar-recuperar ese 19% español y no el 15% Usa, no es evitar una doble imposición, ES UNA DOBLE IMPOSICIÓN (solo que del 15% + 19% en lugar del 30% + 19%). 
  2. #51
    03/10/25 03:40
    Muy buenas, resido en Asia donde tengo mi residencia fiscal y mi única actividad económica en España son unas acciones de una empresa que cotiza en Holanda, he recibido un ingreso por dividendos de 350 euros - 15% 52,50 euros de retención en origen que me han cobrado   también  en mi cuenta de España el último año, pero en España no me aplican ninguna retención (en España es del 19%). 

    Lei en algún sitio que si la cantidad es menor de 500 euros no tendría que presentarla, es esto cierto o estoy obligado a presentar declaración con el modelo 210 sobre estos dividendos,
    De ser así que porcentaje se declararía en España el 4% (19% -'15 %) o también seria del 15%.

    Muchas gracias por su ayuda!
  3. en respuesta a Sitodine99
    -
    #50
    27/04/24 00:17
    España sólo hay que presentar la declaración de la Renta a Hacienda, cuando no habiendo obtenido rendimientos de otro tipo, se hayan obtenido beneficios por la venta de acciones o dividendos derivados de éstas superiores a 1.000 euros o pérdidas de 500 euros o más.
  4. #48
    25/04/24 00:57
    En el ejemplo expuesto de caso práctico de doble imposición internacional donde se especifica:

    • Retenciones en destino: (500 – 75) x 0,21 = 89,25 €
    Mi pregunta es ¿porqué se multiplica x 0, 21 y no x 0.19? 
  5. Nuevo
    #47
    06/04/24 21:04
    Buenas tardes, deseaba hacer una consulta pero no sé bien si es en este apartado. El año pasado 2023, he tenido acciones de la empresa ARCELOR y ha repartido dividendo flexible en dos ocasiones a lo largo del año. En las dos he optado por el dividendo en acciones, de tal forma que al vender, he vendido más acciones que las que compré inicialmente. En mi banco, me han hecho retención sobre el valor que tendrían las acciones al considerarlas dividendo en especie. Correcto, no pasa nada. Pero ahora... COMO DEBO LLEVAR ESTO A LA RENTA? DEBO TRIBUTARLO COMO RENDIMIENTO DEL CAPITAL MOBILIARIO? entiendo que no puedo tributarlo como dividendo y si lo debo hacer como ganancia o perdida patrimonial a la venta de las acciones. Pero... que hago con las retenciones?
    Un saludo de antemano, gracias.
  6. en respuesta a 123ABC123
    -
    Román Vilares
    #46
    05/04/24 15:49
    Buenas,

    He consultado el tema con el asesor fiscal que me lleva la declaración de la renta y me comenta que hay que introducir los dividendos brutos.

    Un saludo.
  7. en respuesta a Sitodine99
    -
    Román Vilares
    #45
    05/04/24 15:46
    Buenas Sitodine 99,

    Esta duda queda algo lejos de mi alcance, pero al ser poco dinero no creo que tengas que hacer la declaración.
    De todas formas te invito a que hagas el borrador, por si cualquier tema te sale a devolver.

    Un saludo.
  8. Nuevo
    #44
    03/04/24 13:53
    Si no estoy obligado a presentar la declaración de la renta porque gano poco, pero tengo dividendos en el extranjero en el broker Degiro (pongamos que unos 100 anuales) ¿Estoy obligado a realizar la declaración o es recomendable por el tema dividendos?

    Gracias.
  9. #43
    26/03/24 21:34
    En la casilla de ‘Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base de ahorro’ se incluyen todos los dividendos brutos.

    Creo que no es correcto ahí, en mi opinión, se mete el neto después de retenciones en origen co.o literalmente pone y las retenciones, el sistema si metes el bruto los cálculos intermedios que hace (donde lo que hace es mostrar una cantidad a deducir a la base de los dividendos brutos por los impuestos ya pagados) se puede ver qué no coincide con lo que deberia, lo que pasa que el código que tienen hecho coge el valor mas bajo entre la retención que has puesto y la retención teórica que tendrían lo que rellenas con el bruto que debería ser neto, y por tanto por lo que he visto yo siempre lo calcula bien igualmente y por tanto no parece tener demasiada importancia.

    Lo expliqué en este post más extendida mente hace un año.

    https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/5848555-declaracion-renta-dividendos-extranjeros-sujetos-doble-imposicion

    Un saludo.
  10. #42
    23/07/23 12:21
    buenas,
    gracias por el artículo. Mi situación es que en los años 2019, 2020, 2021 y 2022 recibí unos dividendos por unas acciones de la compañía sueca Ericsson que tengo con DeGiro.
    Como la hacienda sueca me retuvo el 30% he solicitado la devolución que me corresponde por la doble imposición.
    La hacienda sueca me solicita una serie de datos sobre dicha retención y pago a la hacienda sueca que hizo DeGiro. He requerido en numerosas ocasiones a DeGiro esta información (nombre del custodio, nº cuenta custodio, etc) que me pide la hacienda sueca y siempre me da largas. Ya han pasado 5 meses y lo he solicitado muchas veces por escrito y teléfono, y nada. Me dicen que esa información lleva mucho tiempo conseguirla. 
    ¿Es esto normal? ¿A alguien más le ha pasado? ¿qué puedo hacer?
    La hacienda sueca ha denegado mi solicitud de devolución hasta que les dé la información requerida. Aparte de la cantidad de tiempo que estoy perdiendo, mientras tanto me quedo sin unos 2.000€ que me corresponden porque DeGiro no me da la información. ¿Puede ser que DeGiro no ha tributado correctamente y por eso se está negando a darme la información?
    Muchas gracias y un saludo.
  11. en respuesta a Carrera2002
    -
    Nuevo
    #41
    07/06/23 18:07
    Buenas 

    EL PEL tienes que déclarar los intereses qur recibas una vez pagados por el banco donde lo has suscrito. Si vence en 2024 et no has retirado antes el monto de lo investido sera en tu declaration de 2025 una vez que el conozcas el monto de lo percibido.
    Aqui en Francia se llama revenus du capital mobilier y tienes que integrarlo en tu declaration con tus otros intgresos esta sujeto à 30%  (flax tax o puedes pedir que s'applique el barémo progresivo).
    Un saludo