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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
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  1. en respuesta a Davizzz
    -
    Top 100
    #160
    21/06/13 12:08

    Si la aceptación del nuevo trabajo y el cambio de domicilio habitual ha sido en 2012, podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en el ejercicio 2012 y 2013 (Declaración de la renta a realizar en el año 2013 y 2014).

    Un saludo.

  2. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #159
    21/06/13 11:18

    Buenos días Amparo. Muchas gracias de antemano por tu atención.
    Por favor, te pido que me aclares una cuestión. Si mi traslado de residencia se produjo en en año 2012, ¿tendría derecho a la reducción en las declaraciones de IRPF correspondientes a los ejercicios tributarios 2012 y 2013, presentadas en 2013 y 2014? O tendría que haber incluido ya la reducción en la declaración correspondiente al ejercicio 2011, que presenté en 2012, año en que efectué el cambio de residencia?
    Siento el peñazo, pero es que la reducción en cuestión repercute en unas buenas "pelas".
    Gracias otra vez.
    Un saludo.

  3. en respuesta a belcita
    -
    Top 100
    #158
    21/06/13 10:27

    Bienvenido a Rankia,

    Deberás acudir a la oficina de empleo y solicitar la tarjeta de demandante de empleo o el historial para ver si estuviste inscrito en la oficina de empleo antes de aceptar el nuevo trabajo en la localidad B, que comentas. Para aplicar esta reducción en tu Declaración de la Renta debes de marcar la casilla 19 del programa PADRE 2012. Un saludo.

  4. en respuesta a Davizzz
    -
    Top 100
    #157
    21/06/13 10:22

    Buenos días Davizzz,

    Podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta del ejercicio 2012 y el siguiente (es decir, el próximo 2013) ya que cumples con los requisitos necesarios:

  5. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.

  6. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.

  7. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio: con el contrato de alquiler es suficiente.
  8. Un saludo.

  9. en respuesta a Betina Jorge Carral
    -
    Top 100
    #156
    21/06/13 10:19

    Buenos días,

    Te comento, podrá aplicar la reducción por movilidad geográfica por el primer empleo de acepta en Galicia, ya que está empadronado con residencia habitual y demandante de empleo en Madrid y acepta un nuevo trabajo en Galicia que obliga al cambio de su domicilio habitual. Por tanto, la podréis aplicar en la Renta de 2012 y la de 2013 siempre que durante el tiempo que estuviera trabajando en Galicia tenga pruebas de vivir allí (contrato de alquiler o empadronamiento de nuevo en Galicia). Un saludo.

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #155
    20/06/13 22:07

    Hola, me sucede algo parecido a lo de nachogo27. Desde verano de 2011 estuve en una empresa (A) y cambié a otra (B) en agosto de 2012, ambas empresas en localidades distintas a la mía. Me inscribí en el paro antes de trabajar en A, pero al cambiar, fue la empresa B la que se encargó de los papeles. ¿Cómo puedo saber si me corresponde la reducción?
    Otra duda, en caso de que me corresponda, ¿dónde y cómo debo indicarlo? El año pasado tuve problemas porque no me reconocía la dirección, y al final no supe cómo reflejarlo :/
    Soy de números y estas cosas se me dan fatal!! Te agradecería cualquier tipo de ayuda/orientación
    Muchas gracias de antemano!! :)

  11. #154
    20/06/13 18:50

    Hola, buenas tardes!
    En el pasado 2012 me encontraba desempleado e inscrito como demandante de empleo hasta el mes de junio, residiendo hasta entonces en casa de mis padres, en Cuenca. En ese mes de junio, me nombraron como funcionario de carrera y tomé posesión de la plaza que se me asignó. La plaza se me asignó en Toledo,por tanto localidad distinta a la de mi residencia habitual, distanciadas casi 200 kilómetros una de otra. Por este motivo, desde junio de 2012 estoy viviendo de alquiler en Toledo, habiéndome visto obligado a trasladar a esta ciudad mi residencia habitual real y efectiva, pero no me he empadronado en ésta, ni había cambiado el domicilio fiscal hasta hace unos días, aunque sí que dispongo de contrato que pueda acreditar el cambio.
    He presentado la declaración de la renta 2011 y este mismo año la del ejercicio fiscal 2012 incluyendo como residencia habitual la que tenía antes de desplazarme a Toledo, porque desde que vivo aquí he cambiado varias veces de vivienda y considero que lo más seguro es recibir las posibles notificaciones que se me envíen en el domicilio de mi familia, donde vivía antes.
    El caso es que he conocido hace unos días por una amiga este incremento en la reducción de los rendimientos del trabajo, una vez había presentado ya mi declaración. Al enterarme de esto, cambié mi domicilio fiscal y he presentado una solicitud de modificación de mi declaración, para que me incluyan el incremento en la reducción previsto en el artículo 20.2.b) de la Ley 35/2006. Mis preguntas son:
    - ¿Crees que esta reducción se aplica también a aquéllos que, como en mi caso, estando desempleados e inscritos como demandantes de empleo, obtengan un puesto de trabajo como funcionarios públicos?
    - ¿Crees que, pese a haber trasladado de manera real y efectiva mi residencia habitual a la ciudad de Toledo y poder acreditar mediante los correspondientes contratos de arrendamiento esa circunstancia, al no haber cambiado antes mi domicilio fiscal e incluir en mi declaración como residencia habitual la anterior, la Agencia Tributaria considerará que no tengo derecho a la reducción en cuestión?
    - Por último, en caso de que la Agencia Tributaria me reconozca este año el derecho a la reducción, al tratarse del segundo año y no haberlo aplicado en el ejercicio impositivo en el que me vi obligado al traslado, podría reclamar de alguna manera que se me aplicase en la declaración que hice en 2012, correspondiente al ejercicio fiscal 2011?

    Muchas gracias por tu atención.
    Un saludo.

  12. Nuevo
    #153
    20/06/13 18:37

    Hola,
    Les comento el caso de mi marido,
    Vivimos en Galicia y él estaba como demandante de empleo en Galicia. El año pasado (2012) marcha a Madrid a buscar trabajo, estuvo en entrevistas y mientras esperaba también estuvo viendo la posibilidad de montar una empresa con un familiar, por ello le recomendaron q se anotara como demandante de empleo en Madrid y se empadronara allá también, sobre todo para ayudarlos con las asesorías q se dan en las oficinas para PYMES.
    Lo llaman de Galicia para trabajar en contratos de 2 meses (aprox.) y luego lo llaman de Madrid para trabajar con un contrato de un año. Ahora está trabajando allá.

    Nuestra duda está en si este cambio q se hizo como demandante de empleo de Galicia a Madrid puede afectar la deducción por movilidad geográfica.

    Espero se entienda el caso y que puedan aclararnos la duda.

    Gracias!

  13. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #152
    19/06/13 11:49

    Gracias por la respuesta, haré lo que comentas.

    Un saludo.

  14. en respuesta a Angel 2.0
    -
    Top 100
    #151
    19/06/13 10:55

    Bienvenido a Rankia,

    Te comento, la ley del IRPF especifica que uno de los requisitos para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica debes de haber estado inscrito en la oficina de empleo antes de aceptar el nuevo trabajo que ocasiona el desplazamiento de tu domicilio habitual, es necesario haber estado inscrito en el INEM aunque solo haya sido un día. Por lo que en este caso no podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica.

    De todos modos, más que consultarlo con la Agencia Tributaria te recomiendo que acudas a un asesor fiscal. Un saludo.

  15. #150
    18/06/13 21:22

    Hola Amparo, tengo una duda-problema con el tema de la movilidad geográfica. Te comento:

    Soy profesor interino y el año pasado me llamaron de varios IES para sustituciones. La bolsa el año pasado se movía muy bien y al terminar en una me llamaban de otra en no más de 24-48 horas. No tenia tiempo físico para sacarme la tarjeta, requisito que te piden.

    Ayer en Hacienda me comentaron que al pasar solo 1-2 dias no habia problema pero no sé donde puedo asegurarme de ello.

    Un saludo

  16. en respuesta a Togomi
    -
    Top 100
    #149
    18/06/13 10:50

    Genial, desconocía esto que me comentas pero es completamente lógico y seguro que con la declaración jurada del presidente de la comunidad no hay ningún problema y podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta.

    Un saludo.

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #148
    17/06/13 18:59

    Hola Amparo,

    Hoy me comentó una conocida que trabaja en una asesoría que, además de poder justificarlo con el contrato de alquiler, facturas de luz o agua, o estar empadronado, se puede justificar con una declaración jurada del presidente de la comunidad conforme viví en esa comunidad. Precisamente, quien me alquiló el piso es el presidente y no tengo problema para que me haga esa declaración.

    Espero que con eso sea suficiente.
    Pedirme contrato es absurdo. Puedo vivir en casa de un amigo. Las facturas de la luz o agua, otro tanto. Por qué van a venir a mi nombre?

    Un saludo y gracias por tu ayuda.

  18. en respuesta a Togomi
    -
    Top 100
    #147
    17/06/13 16:09

    Buenas tardes Togomi,

    Te comento, para poder justificar la aplicación de la reducción por movilidad geográfica, es necesario que tengas bien el contrato de alquiler de la nueva vivienda, o bien que estés empadronado. Por lo que me comentas, en la nueva vivienda no tienes contrato de alquiler y por tanto no tienes documentación que acredite este cambio de domicilio.

    En tu caso, yo no aplicaría la reducción por movilidad geográfica ya que aún cambiando de trabajo y de domicilio, no tienes con que acreditarlo (con el contrato de trabajo no es suficiente) y en caso de que la Agencia Tributaria te pidiera documentación para comprobarlo no tendrías; de todos modos, consultalo con un asesor fiscal para ver que te comenta.

    Un saludo.

  19. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #146
    14/06/13 18:35

    Hola Amparo,

    Me han comentado el tema de la movilidad geográfica y me estoy planteando marcala.
    Mi caso es que me he tenido que trasladar a otra localidad que está a casi 300 km de mi domicilio habitual. Estaba en el paro.
    Pero mantengo mi vivienda en mi localidad habitual porque la comparto con mi pareja, donde vengo los fines de semana. Así que pago el alquiler de mi vivienda habitual (con contrato de alquiler) y el de la nueva en la nueva localidad por tabajo (sin contrato de alquiler).
    Lo hice en septiembre de 2012 y terminaré mi contrato en junio de 2013.
    Lo hablé en la Agencia tributaria y no me saben decir bien qué me van a pedir, si es me llaman para que lo justifique.
    Tengo el contrato de trabajo, pero lógicamente no me he empadronado en la nueva localidad.
    Y no hice contrato de alquiler porque pensé que no me valía para nada al seguir pagando el alquiler de la vivienda de siempre.

    Ahora mi duda es si puedo alegar movilidad geográfica si sigo teniendo alquilada a medias otra vivienda donde he vivido habitualmente, antes del contrato.
    Yo pienso que con el contrato es más que suficiente. No pensarán que voy a conducir todos los días 300 km para ir a trabajar.
    Y mi vivienda a medias con mi pareja no veo razón para tener que dejarla.

    Y lo de cambiar la vivienda habitual en la renta no le veo sentido. Mi contrato va de sept de 2012 a septiembre de 2013, pero a 30 de junio volveré a mi ciudad de siempre. Trabajo de docente.

    Gracias por cualquier aclaración y un saludo

  20. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #145
    12/06/13 12:12

    Muchas gracias nuevamente.
    Un saludo

  21. en respuesta a Rm2009
    -
    Top 100
    #144
    12/06/13 12:10

    Basta con estar inscrito como demandante de empleo para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, no tienes que tener marcada ninguna casilla adicional. Un saludo.

  22. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #143
    12/06/13 12:06

    Muchas gragias Amparo, por contestar tan rapido, solo una cuestion mas, es que me habian comentado que en el INEM tenias que estar inscrito ademas de como demandante de empleo con una opcion o casilla marcada por este organismo como "movilidad geografica", esto es asi, o basta con la inscripcion previa a comenzar a trabajar.

    Un saludo

  23. en respuesta a Rm2009
    -
    Top 100
    #142
    12/06/13 11:50

    Buenos días,

    Por lo que comentas si que tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica, ya que si que cumples con los 3 requisitos establecidos: Haber estado inscrito en la oficina de empleo, aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual y trasladar la residencia habitual a un nuevo municipio. Además, podrás aplicar la deducción por alquiler de vivienda habitual.

    Un saludo.

  24. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #141
    12/06/13 11:39

    Hola, soy nuevo en el foro y queria hacerte respecto a mi caso referente a la movilidad geografica unas consultas, mi caso es el siguiente:

    En 2012 estaba cobrando la ayuda familiar del INEM, consecuentemente estaba inscrito en dicho organismo en la fecha en la que me contrato mi actual empresa, soy de Granada y me desplace para trabajar en Cadiz, traslade mi residencia y familia, y desde entonces estoy de alquiler en un piso del cual tengo contratos de arrendamiento y facturas. Mis preguntas son:

    ¿Tengo derecho a aplicar reduccion por movilidad geografica?
    ¿Puedo deducirme el alquiler como vivienda habitual?