Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
Artículo 19.2
En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.
👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?
Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:
📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.
La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.
Consejos para aplicar la deducción correctamente
✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.
Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
Correcto, estaba inscrito en el paro en Zaragoza,como siempre, además decirte que los meses que estuve sin trabajar, Enero, Febrero y Marzo de este año tampoco he dejado de vivir en el municipio de Huesca, porque sabía que me iban a volver a llamar. Entiendo que para la declaración de la renta 2015 aún lo puedo solicitar.
He leído en otros sitios por internet que con tener cambiado el domicilio fiscal al municipio de Huesca (para comunicaicones y notificaciones con Hacienda si fuera necesario) a Hacienda le es suficiente con este requisito, que no es necesario ni contrato de alquiler ni estar empadronado. El domicilio de Zaragoza es el de mis padres por lo que entiendo que el resto de cartas de otras Administraciones, bancos, etc, me seguirián llegando a Zaragoza que es lo que quiero.
Buenos días, ¿te apuntaste al paro en Zaragoza o en el municipio de Huesca? Tienes que acreditar que desde Abril te has trasladado a este nuevo municipio, y por lo que me comentas parece que estás viviendo allí desde hace más tiempo. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para consultar tu caso concreto.
Saludos,
en respuesta a
Amparo Sisternes
-
#778
02/05/16 19:40
Buenas tardes Amparo, mi caso es el siguiente: (voy a intentar explicarme lo mejor posible)
Soy de Zaragoza, pero vivo y trabajo en un Municipio de Huesca desde Junio del año pasado hasta el 31/12/2015, y he empezado a trabajar en el mismo sitio (Ayuntamiento) desde el mes de abril de este 2016.
No tengo contrato de alquiler pero si los recibos mensuales que me hace mi arrendadora. No estoy empadronado a día de hoy en el municipio, sigo en Zaragoza, si bien me costaría poco empadronarme en dicho municipio. Tengo la tarjeta de demandante de empleo guardada desde Enero hasta Abril de este año, que es cuando he empezado a trabajar de nuevo. Entiendo que cumplo los requisitos, mi pregunta es la siguiente: Valdría con los típicos recibitos mensuales como que he pagado y un escrito firmado por mi arrendadora como que estoy viviendo desde finales de junio del año pasado??.
Buenos días, si has estado inscrito al paro aunque solo haya sido 1 día es suficiente para aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta siempre que cumplas los 3 requisitos que se necesitas (inscrito al paro, aceptar un empleo en otro municipio, hacer el traslado de tu vivienda habitual al nuevo municipio).
Buenos días, aunque ya hubieras aplicado la reducción por movilidad geográfica en otros años, si en 2014 y 2015 tenías derecho podías volver a aplicarla. Al no haber aplicado la reducción en el ejercicio pasado, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal ya que tendrías que modificarla para poder aplicarla en esta Declaración de la Renta de 2015 si se cumplen los 3 requisitos:
Haber estado inscrito en la oficina de empleo. Si que lo cumples.
Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual. Si que lo cumples.
Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio. Tienes que ver como lo acreditas, con la fecha de la compra de la vivienda en 2014, el mismo mes que el cambio de trabajo, empadronamiento... o cualquier otra documentación.
Buenos días, cito lo que se indica en este artículo y creo que es tu caso por ser el segundo año de aplicación de la reducción por movilidad geográfica:
Los trabajadores que hubieran tenido derecho a aplicar en 2014 la reducción por movilidad geográfica como consecuencia de haber aceptado en dicho ejercicio un puesto de trabajo, y continúen desempeñando dicho trabajo en el período impositivo 2015, pueden aplicar en 2015 la citada reducción del artículo 20.2.b) de la Ley del IRPF, en su redacción a 31 de diciembre de 2014, en lugar del gasto que por este concepto (movilidad geográfica) está previsto para este ejercicio.
Saludos,
#774
29/04/16 15:47
Buenas tardes,
quería exponerles dos cuestiones con respecto a la declaración de la renta 20165 que tengo que hacer ahora a ver si alguien me lo puede aclarar.
Soy de Castilla y León y en el 2011 estando en paro acepté un trabajo en Extremadura. En dicho trabajo estuve en 2011 y 2012 y en ambas declaraciones de la renta me deduje por movilidad geográfica. Después en 2013 volví a Castilla y León y de nuevo en 2014 estando en paro acepté un trabajo, esta vez en Cantabria, que me ha durado hasta 2016. La primera duda que tengo es si me puedo volver a desgravar por movilidad geográfica en estos 2 ejercicios (2014 y 2015) habiéndome deducido ya en 2011 y 2012, ya que ahora es otra comunidad autónoma y distinto trabajo. He estado repasando mis declaraciones del 2011 y 2012 y ya en el propio borrador me incluyeron la movilidad geográfica sin incluirlo yo pero no me lo han incluido en el borrador de 2014 y 2015 por eso me surge la duda.
Además ocurre que en el 2014 ni siquiera me planteé el solicitarla porque me devolvieron todo lo que me habían retenido por lo que no fue necesario solicitar la movilidad ya que no me iban a devolver más dinero. Pero en el 2015 sí me supondría una desgravación importante (aunque en el 2015 no he estado en paro, ya que es el mismo contrato que el del 2014) y quiero saber si puedo meter la movilidad geográfica
La segunda cuestión es que mi domicilio fiscal está en Palencia, donde vivía con mis padres (la casa no es mía) y me compré en 2014 una casa en Cantabria (al 50% con mi pareja, no tenemos ninguna unión legal, estamos solteros) que es donde he residido todo el 2015 mientras he trabajado allí y la cuestión es que me han gravado por esta vivienda como una 2ª residencia. Yo no tengo más viviendas de mi propiedad y además he residido allí todo el 2015 (aunque no he estado empadronado allí). Por otro lado, mi pareja si tiene otra casa en Castilla y León donde reside y a ella sí le viene su casa como 1ª residencia y ésta que compramos a medias le grava como 2ª residencia y esto es correcto en su caso, pero en el mío la única que tengo en propiedad al 50% es la de Cantabria donde he residido en 2015 por lo que creo que debería estar como primera residencia.
La duda es si debo cambiarlo en la declaración a primera residencia y en relación con la primera duda si eso afectaría a algo en la movilidad geográfica. Es decir si puedo desgravarme por las dos cosas, sólo por una de ellas o por ninguna.
Os estaría muy agradecido si sois capaces de responderme a estas cuestiones, muchísimas gracias de antemano por vuestra ayuda.
en respuesta a
Amparo Sisternes
-
Nuevo
#773
28/04/16 17:14
Amparo,
es el segundo año que lo aplico, y me aparece un 10% de la casilla 001 (en la que pone, juraria, lo que he ganado este año...).
El numero que aparece en la 021 es ligeramente superior a 2000€, que tampoco entiendo...?
#772
27/04/16 23:07
Buenas noches:
En mi vida laboral, aparece en la misma fecha, en este orden: mi alta como demandante de empleo en la localidad de origen (el día anterior perdí mi trabajo a jornada completa) y como trabajador a tiempo parcial en la nueva localidad. ¿Tengo derecho a la deducción por movilidad o debería haber estado al menos un día completo desempleado?
Gracias de antemano,
Un saludo
#771
27/04/16 22:56
Buenas noches,
En mi caso, se me acabó el contrato a tiempo completo el 14 de septiembre de 2015 y al día siguiente aparezco en mi vidad laboral como demandante de empleo (en la localidad de origen) y como contratado a jornada parcial (en la nueva localidad), por este orden. ¿Tengo derecho a la reducción por movilidad?
Buenos días, ¿tampoco te empadronaste por tanto en el nuevo municipio a diciembre de 2014? Si no tienes nada que acredite que el cambio de domicilio fue a la vez que el nuevo empleo, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica, de todos modos te recomiendo que acudas a un asesor fiscal. Saludos,
Nuevo
#769
27/04/16 15:06
Buenas tardes,
No sé si puedo desgravar por movilidad geográfica...
El caso es que cambiénde provincia por trabajo en diciembre de 2014, pero no alquilé una vivienda hasta abril del 2015.
El caso es que la vivienda alquilada no está en el mismo municipio que el puesto de trabajo, si no en uno cercano. ¿Tendría derecho a desgravarme? Muchas gracias
Si 2015 es el primer año donde aplicas la reducción por movilidad geográfica, debes saber que este año se considera un gasto deducible de 2.000€ que se indica en la casilla 001 y se traslada a la 021. ¿Es este importe el que te aparece? Saludos,
Nuevo
#767
27/04/16 11:27
Buenas a todos,
A mi me aparece un numero en la casilla 21 del borrador, correspondiente a esta reduccion por movilidad geográfica, dado que efectivamente cumplo todos los requisitos para ello, pero...
mi duda es: por qué ese numero, y no otro? cómo se calcula? Llevo un par de horas buscando por internet y en ningun sitio lo dejan muy claro....
Alguien que arroje algo de luz a esto?
Gracias!
Nuevo
#766
27/04/16 01:14
Buenas noches,
Comento mi caso a ver si podéis resolver mi duda que se resumen en 2 puntos:
-Si cambie de Comunidad -trabajo y domicilio- en Octubre 2013 pero tras estar trabajando en un trabajo temporal (la ultima vez que estuve registrada en el paro fue en Abril 2013), ¿podría haber solicitado la reducción en 2013 y 2014?
-De ser que sí , y no haberla solicitado por desconocimiento, ¿hay alguna manera de presentar algún tipo de "correctivo" para reclamar esa deducción? He calculado y era bastante dinero.
Buenos días, si no tienes contrato de alquiler ni empadronamiento a fecha de mayo 2016, no es posible acreditar que al aceptar el trabajo cambiaste de domicilio. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y le consultes tu caso concreto.
Saludos,
Buenos días, la reducción por movilidad geográfica en la Renta 2015 es un gasto deducible en la casilla 001. A través de esta casilla lo podrás modificar sin problemas. Saludos,
Bienvenido a Rankia, si que tendrás que poner el cambio de domicilio habitual ya que durante el año 2015 has estado más de 183 días, durante el año natural, en este nuevo municipio; y también aplicar la reducción por movilidad geográfica si cumples los 3 requisitos. Saludos,
Nuevo
#762
21/04/16 20:51
Buenas tardes:
voy a detallaros mi caso a ver si es posible aplicarme esta deduccion o no.
Baja voluntaria en empresa en Diciembre de 2015
Alta como demandante de empleo en Andalucía en marzo de 2016
Contrato en Barcelona en Mayo de 2016
Vivo actualmente en una habitación alquilada pero no tengo contrato.
¿Es posible aplicarme la deducción habiendo causado baja voluntaria en una empresa? He leído en algunos sitios que no es posible.
¿En caso de ser posible es necesario acreditar ese cambio de residencia de alguna manera? Empadronamiento nuevo por ejemplo?
¿La deducción en caso de ser posible tendría que ser en esta declaración de la renta o en la del año que viene?
Muchas gracias por contestar de antemano
en respuesta a
sergiof3
-
#761
19/04/16 23:43
Buenas tardes, en mi caso cumplo los requisitos para aplicar la movilidad geográfica, pero sin embargo no soy capaz de aplicarla en mi declaración. ¿Cómo podría hacerlo?
En la casilla 017 que corresponde a esta reducción no puedo modificar el valor, ni tampoco encuentro nada en mis datos personales.