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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.

¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #20
    10/02/13 16:15

    Buenas,

    gracias por tu rápida respuesta.

    -tarjeta de demandante de empleo.- la tengo.
    -empadronamiento en nuevo municipio.- no lo tengo, ya que fue una estancia temporal (1 mes) en una pensión, tras la cual residí en una plataforma marina.
    -contrato de alquiler, facturas de luz y/o agua.- no tengo, ya que residí en un hostal pagado por la empresa (no tengo justificante), durante el primer mes. Después residí en la plataforma marina.

    Por este motivo proponía presentar el contrato de trabajo, ya que es el único documento que tengo donde se indica que en centro de trabajo está en un municipio diferente (Vinarós) al habitual en el que resido (Pontedeume).

    Gracias de nuevo.

  2. en respuesta a bonobox2002
    -
    Top 100
    #19
    10/02/13 12:12

    Bienvenido a Rankia,

    ¿Qué motivos te indica la notificación para desestimar la reducción por movilidad geográfica?

    Para poder justificarlo deberas presentar:

  3. La tarjeta de demandante de empleo

  4. Empadronamiento en el nuevo municipio, si es que lo tienes. Es el mejor modo de poder justificar el cambio de domicilio habitual

  5. Contrato de alquiler de la nueva vivienda

  6. Facturas de luz y agua de la nueva vivienda
  7. El contrato de trabajo no es necesario, porque que el centro de trabajo esté en un lugar diferente no implica que te hayas trasladado a vivir allí.

    Supongo que será indiferente la delegación en la que presentes estos documentos. De todos modos, puedes ir a la Agencia Tributaria más cercana y comentarlo allí.

    Un saludo.

  8. #18
    10/02/13 02:34

    Buenas,

    me han enviado una notificación con motivo de la comprobación de mi declaración 2011, diciéndome que la reducción por traslado de residencia es INCORRECTA (no indican nada más).
    El caso es que cumplo los requisitos:
    •Haber estado inscrito en la oficina de empleo: había estado inscrito todo el verano 2011.
    •Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual: mi residencia habitual era en un municipio de Galicia y acepté un puesto de trabajo en Vinarós (Castellón).
    •Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio: me trasladé y mi residencia fue en un hostal pagado por la empresa.

    ¿puedo justificar haber estado en el paro con la tarjeta de demandante de empleo?
    ¿puedo justificar el cambio de residencia con el contrato de trabajo (en el se indica el centro de trabajo)?
    ¿tengo que presentar copia compulsada de la documentación?
    ¿tengo que justificar cuál es mi residencia habitual?¿cómo?
    ¿puedo presentar la documentación en persona en otra delegación diferente a la que me envía la notificación (estoy trabajando fuera y sólo tengo copias en pdf de la documentación), en caso de que no esté obligado a aportar copia compulsada?

    Sé que son muchas preguntas, te agradezco lo que me puedas aportar.
    Gracias por la paciencia y la buena atención que muestras en el resto de consultas.

  9. en respuesta a nachogo27
    -
    Top 100
    #17
    08/02/13 09:27

    Bienvenido a Rankia,

    Solo podrías aplicarla en el caso de seguir trabajando en la empresa "madre" todavía. Como te has cambiado, o te vas a cambiar de empresa y esto supone un cambio en tu domicilio habitual; lo mejor es que te inscribas en el paro (aunque solo sea por un día) antes de empezar a trabajar en esta nueva empresa.

    Un saludo.

  10. Nuevo
    #16
    07/02/13 22:01

    Hola,
    acabo de incorporarme a una empresa de nueva creación, por lo que los primeros diez días estuve contratado en la empresa "madre". Y ahora hago contrato con la empresa de nueva creación. Ambas se encuentran situadas en un municipio distinto al mio actual y antes de incorporarme a la primera estaba dado de alta como demandante de empleo.
    ¿La reducción se me va a aplicar a la nueva empresa también o sólo a los diez días de la antigua?
    ¿Cómo podría hacerlo para poder disfrutar de la reducción para el nuevo contrato?
    Muchas gracias.

  11. en respuesta a Romanrdgz
    -
    Top 100
    #15
    06/02/13 13:59

    Si nunca has estado inscrita en el paro, no creo que al darte de baja de un empleo y de alta en otro consecutivamente, estés dada de alta en el paro. De todos modos, puedes ir a las oficinas de empleo y preguntar por tu historial, a ver si figuras.

    Un saludo.

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #14
    06/02/13 13:01

    Mi caso es similar al de Nacho: he trabajado unos meses en Asturias, y posteriormente me he trasladado a Madrid a un nuevo empleo. Nunca he ido a apuntarme al paro, pero tengo la duda sobre si al habérseme dado de baja en un empleo y de alta en otro estoy automáticamente inscrito en la Oficina de Empleo y por tanto me aplica la reducción) o no.

    ¿Tú que opinas?

  13. en respuesta a Nacho001
    -
    Top 100
    #13
    30/01/13 10:42
    Bienvenido a Rankia, Según indica la ley 35/2006, artículo 20.2 b) podrán aplicar la reducción por movilidad geográfica;
    Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. Este incremento se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.
    Por lo que para poder aplicar la reducción es necesario haber estado desempleado e inscrito en la Oficina de Empleo, si bien, no requiere ningún periodo de inscripción anterior al nuevo trabajo, con lo que entiendo que un par de días es suficiente para poder aplicar la reducción. De todos modos, puedes acudir a la oficina de la Agencia Tributaria más cercana y comentarles tu caso concreto. Un saludo.
  14. Nuevo
    #12
    29/01/13 21:27

    Buenas tardes,

    Tengo un caso un poco complicado. Días antes de acabar la carrera (Abril 2012) encontré trabajo y el día que acabé firmé el contrato, por lo que no estoy inscrito en el inem.

    Este trabajo me supuso un traslado de mi residencia habitual de Salamanca a Bilbao (mi empresa tiene el domicilio fiscal en Navarra). Tengo contrato de alquiler y contrato que acredita que trabajo en Bilbao. Pero entiendo que, como no he estado inscrito en la oficina de empleo, no tengo derecho a deducción por el año pasado.

    Ahora bien, el 1 de Marzo me traslado con la misma empresa a Madrid. De nuevo, estoy fuera de mi domicilio habitual. Les he preguntado si me dejarían hacer un contrato nuevo, extinguiendo el actual, para poder ir a Salamanca e inscribirme en las oficinas del INEM y luego firmar uno nuevo, pero me han dicho que no es necesario estar en situación de desempleo para inscribirse en ellas. Por lo que tengo pensado ir a Salamanca a inscribirme en el INEM antes de moverme a Madrid y solicitar una vez allí la movilidad geográfica (a Madrid desde Salamanca).

    Mi pregunta es, ¿puedo hacerlo así, o no?

    Muchas gracias por adelantado,
    Nacho

  15. en respuesta a joseanpa
    -
    Top 100
    #11
    24/01/13 11:47

    No se si en Bizkaia se aplica la reducción por movilidad geográfica. En el caso de que te empadrones en Aviles y tengas que realizar la Declaración de la Renta en Asturias si que se podrá aplicar la reducción, aunque el desplazamiento sea desde Bizkaia.

    Lo mejor será que preguntes en la oficina de la Agencia Tributaria tu caso concreto, y que ellos te comenten. Un saludo.

  16. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #10
    24/01/13 11:23

    Gracias Amparo,
    En el caso que no puedas empadronarte y halla optado por el alquiler de una habitacion en una casa particular (mi caso actual), es posible?
    Sabeis si la Hacienda en Bizkaia aplica tambien estas deducciones por movilidad geografica?
    En el caso que no, si me empadrono en Aviles mi declaracion deberia hacerla en Asturias, pero se contemplaría movilidad gegrafica el desplazamiento desde Bizkaia ( que posee un Sistemas de Hacienda propia)a Aviles??
    Que me convienes?

    Muchisimas gracias

  17. en respuesta a joseanpa
    -
    Top 100
    #9
    24/01/13 09:21
    Bienvenido a Rankia, Por lo que me comentas, parece que cumples los tres requisitos que se exponene en el artículo para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica:
  18. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  19. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  20. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
  21. Para poder acreditar que el nuevo puesto de trabajo a supuesto el traslado de residencia deberás de estar empadronado en el nuevo municipio, Aviles; o bien poder acreditar un contrato de alquiler y facturas de luz y agua de la nueva vivienda. Un saludo.
  22. #8
    22/01/13 19:05

    Hola,

    Estando en situacion de deseempleo, concretamente el 24-12-2013 agote las prestaciones de deseempleo, y apuntado a la oficina de desempleo de mi comunidad me ofrecieron un puesto de trabajo en Aviles (a partir del 14-1-2013) el cual acepte. Por este motivo he cambiado de residencia desde Bizkaia, donde estoy empadronado, a Aviles. De cara a la declaracion de la renta del 2014 como me afecta a mí como empadronado en Bizkaia la reduccion del IRPF por movilidad geografica. Que debo hacer para poder beneficiarme de este concepto. Debo empadronarme en Asturias? No hace falta? Estoy un poco perdido....., ademas en Aviles estoy ocupando una habitacion compartida (claro esta algo asequible).
    Gracias de antemano por toda la informacion que me ayude en esto.

  23. en respuesta a elgallego1001
    -
    Top 100
    #7
    22/01/13 10:02

    Bienvenido a Rankia,

    Al aplicar la reducción por movilidad geográfica puede que la Agencia Tributaria te pida que le justifiques el cambio de domicilio fiscal; en este caso que vas a vivir en casa de uno amigos, creo que los más conveniente será que te empadrones en el nuevo municipio, ya que no puedes aportar contrato de alquiler o recibos de la vivienda.

    Un saludo.

  24. Nuevo
    #6
    21/01/13 18:12

    Hola a tod@s.
    En hacienda me solicitan como unico trámita para la movilidad geográfica es el cambio de domicilio fiscal.
    Les comento que no tendré documentos que acrediten mi residencia ya que me hospedo en una casa,que unos amigos me ceden de forma gratuita.
    Que opinais al respecto. ¿Tendré problemas al no poder presentar contrato de alquiler o recibos de la vivienda?
    Gracias por vuestro interes y por vuestros comentarios.

  25. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #5
    07/01/13 21:55

    Muchas gracias Amparo!

  26. en respuesta a annadelfina1900
    -
    Top 100
    #4
    07/01/13 08:58

    Bienvenida a Rankia Anna,

    Como ya he comentado anteriormente, no es obligatorio, pero si conveniente que el contribuyente tenga el contrato de alquiler y esté empadronado en el nuevo municipio, con el fin de tener pruebas reales de que el nuevo trabajo obliga al cambio de residencia.

    En el caso en que la Agencia Tributaria estudiara tu caso de movilidad geográfica, supongo que el empadronamiento es suficiente para probar que ha cambiado de domicilio.

    Podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Es decir, esta se podía haber aplicado en la Declaración de la Renta del pasado año, y en esta que se va a realizar.

    Un saludo.

  27. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #3
    06/01/13 14:25

    Buenos dias Amparo,
    muchas gracias por la informacion!

    Resulta que desde abril de 2011 estaba en paro en provincia de Tarragona y en Junio del mismo año encontre trabajo en provincia de Barcelona. Eso se concidera como cambio de municipio? Antes estaba empadronada en Reus (provincia Tarragona) y ahora por el nuevo trabajo estoy empadronada y vivo en Barcelona. No tengo contrato de alquiler, solo tengo empadronamiento. Eso sirve?

    Al hacer declaracion de la renta en 2012 no sabia de que existe reduccion por movilidad geografica, por eso no presente nada para esta deduccion, pero ahora al declarar en 2013 puedo todavia optar por ella?

    Muchas gracias!!!
    Un cordial saludo!
    Anna

  28. en respuesta a Charo84
    -
    Top 100
    #2
    02/01/13 09:40

    Bienvenida a Rankia,

    Para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica es necesario que se cumplan estos tres requisitos:

  29. Haber estado inscrito en la oficina de empleo. No se indica ningún periodo mínimo, por lo que entiendo que con 15 días es suficiente.

  30. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.

  31. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
  32. No es obligatorio, pero si conveniente, que el trabajador tenga un contrato de alquiler en el nuevo municipio y se empadrone en este con el fin de tener pruebas reales de que el nuevo trabajo obliga al cambio de residencia. En el caso en que la Agencia Tributaria estudiara su caso de movilidad geográfica, supongo que el contrato de alquiler es suficiente para probar que ha cambiado de domicilio.

    Si tienes más dudas puedes acudir a la oficina de la Agencia Tributaria o llamar al teléfono de información gratuita 902 335 533.

    Saludos.

  33. Nuevo
    #1
    31/12/12 10:05

    Hola,

    estoy a punto de realizar un cambio de domicilio por trabajo y tengo un par de dudas respecto a esta reducción que espero me podais resolver.

    Yo me encuentro empadronada en la casa de mis padres y me interesa seguir aquí. Me traslado a otra ciudad donde tendré que alquilar un piso ¿es suficiente el contrato de alquiler para justificar el cambio de residencia o también tendría que empadronarme en la nueva casa?

    El nuevo contrato quería pasarlo por la Junta de Andalucía (mi comunidad autónoma) para poder conseguir la reducción por alquiler ¿son compatibles estas dos reducciones?

    Este año también he estado trabajando fuera, pero termino el contrato 15 días antes de empezar el nuevo. Si en estos días me doy de alta en el desempleo de mi ciudad ¿es tiempo suficiente?

    Muchas gracias por la ayuda, un saludo