Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
Artículo 19.2
En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.
👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?
Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:
📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.
La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.
Consejos para aplicar la deducción correctamente
✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.
Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
En el año junio de 2022 acabé mis estudios de grado. Siempre viví con mis padres.
En octubre de 2022 me concedieron una beca como personal investigador en una universidad de una Comunidad autónoma distinta.
Tuve que cambiar mi residencia habitual, tengo contrato de alquiler, contrato laboral para 3 años, estoy empadronado en la nueva localidad,...
Acabo de descubrir que tendría derecho a deducirme hasta 2.000€ por movilidad geográfica. Leyendo la casuística veo que es condición estar inscrito como demandante de empleo. No me inscribí como demandante de empleo.
Entiendo que al ser este mi primer trabajo remunerado tendría derecho a esa reducción.
¿Qué opináis?
Gracias.
Nuevo
#1039
09/02/24 13:03
Hola buenos días, yo por trabajo me mudé a otra ciudad, pero no estaba inscrito en la oficina como demandante de empleo, porque un mes antes tenía otro trabajo y cambié, Me trasladaba desde la casa de mis padres al trabajo hasta que me hicieron fijo y poder mudarme ¿Entonces no tengo derecho a deducción por movilidad geografía?
Nuevo
#1038
26/09/23 16:11
Hola, si soy un ciudadano extranjero, renuncio a mi trabajo y me mudo en España para otro trabajo, se aplica la movilidad geografica? La data que se considera para la acceptación del nuevo trabajo es la en que se firma el nuevo contrato? Gracias
Nuevo
#1037
13/04/23 21:50
En el año 2021 me encontraba en el paro y encontré un trabajo que me obligó a cambiar de domicilio a otra comunidad autónoma. Ese cambio de domicilio se produjo en enero de 2022. Puedo aplicar este año la deducción por cambio de domicilio? Y el año que viene?. Mi duda surge porque estaba en el paro en el año 2021 pero mi cambio de domicilio se produjo en el 2022. (En la declaración del año 2021 no practiqué ninguna deducción por cambio de domicilio).
en respuesta a
Pumuki26
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#1036
07/04/22 12:49
Vale;
Entonces pondria el valor de la "retribucion dineraria" o la "retribucion dineraria" - las retenciones?
Muchas gracias
en respuesta a
Mangelshot
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#1035
07/04/22 12:32
Buenas.
El valor que debes incluir es el del que te ha permitido aplicar la deducción, en este caso el de tu nuevo trabajo en Madrid, que es el que ha obligado el cambio de domicilio y municipio.
Un saludo
en respuesta a
Pumuki26
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#1034
07/04/22 12:07
Muchisimas gracias,
Me funciono pero una pregunta, luego de pinchar en la casilla 13 y pinchar en "contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio" y posteriormente pinchar en movilidad geografica, me pide que indique " Indique el importe del rendimiento neto previo (*) correspondiente al puesto de trabajo aceptado"
Este ultimo valor cual debo colocar? el rendimiento neto de mi antiguo trabajo o el nuevo aceptado?
Muchas gracias
en respuesta a
Mangelshot
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#1033
07/04/22 11:10
Buenas.
Como se comenta en el artículo, es conveniente estar empadronado en el municipio de nueva residencia para que hacienda no ponga problemas.
Para incorporar la deducción, tienes que ir: pichas en el lápiz de la casilla 0013/ dentro de ella, busca el apartado de datos adicionales (parte inferior derecha) y marcas el cuadrito donde pone "contribuyentes desempleados e inscritos en la en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio"/Dentro de la nueva pestaña que se te abrirá, tienes que activar el cuadrito donde pone movilidad geográfica y poner la cantidad que hayas cobrado de tu nuevo trabajo y que te da ese derecho.
Una vez hecho esto aceptas y te saldrá incorporada la deducción de 2000€ en la casilla 0021.
Espero haberte ayudado.
Un saludo
#1031
07/04/22 09:23
Buenos dias;
Estoy realizando el borrador de la renta 2021 y quiero aplicar por la reduccion por movilidad geografica. Desde enero hasta finales de abril 2021 estaba trabajando en Vigo, Galicia, se termino mi contrato y fui a paro alrededor de 3 meses y luego consegui trabajo en Madrid.
Al realizar el borrador, ratifico mi domicilio fiscal ahora en madrid pero no se como aplicar a esta reduccion?
Cabe destacar que no poseo contrato de alquiler porque me vine a donde un familiar y a penas pude alquilar un piso en enero 2022.
Como puedo activar las casillas 19 / 20? o ya esto esta activado automaticamente al cambiar mi domicilio fiscal al inicio del borrador?
Muchas gracias.
Un saludo.
#1030
07/04/22 01:49
Buenas. Una vez leído muchos artículos sobre la deducción, me surge una duda al respecto. A ver si me podéis ayudar:
En mi borrador, este año aparece marcada la deducción por movilidad geográfica. La cuestión, es que tengo dudas de poder aplicarla o no, y si debo desmarcar la deducción o no. Los requisitos para obtener la deducción son haber estado dado de alta en el paro, trasladar tu residencia por cambio de trabajo a otro municipio;
En mi caso, a comienzos del año 2020 me encontraba inscrito en el paro en Alicante, posteriormente comencé a trabajar en una empresa de mi misma localidad, pero en septiembre de ese mismo año me llamaron de Canarias para trabajar como profesor y me vine, cambiando así de residencia en septiembre de ese mismo año. El año pasado, al hacer la renta de 2020 (en abril de 2021), no me venía marcada la opción de deducción por traslado y creía que no podía acogerme. Pero este año 2022 (al ir a hacer la renta del ejercicio 2021), me viene marcada y añadida directamente, haciéndome dudar si podría o no aplicarla, o si debo desmarcarla para quitarla. Mi duda es si para poder acogerse a ella, basta con cumplir todas los requisitos, en este caso yo los cumpliría uno por uno, o es necesario que el trabajo que te haga cambiar de residencia, sea justo el que se acepta justo después de estar inscrito en el paro. En mi caso, tras estar en el paro, primero acepte uno en mi localidad, y luego ya cambié de trabajo y me traslade de Comunidad, haciéndome cambiar mi residencia. ¿Con eso estaría cumpliendo los requisitos para poder aplicar la deducción?
Espero que alguien pueda despejar mi duda. Muchas gracias de antemano.
Para poder aplicar la deducción de la vivienda es obligatorio el empadronamiento del nuevo municipio y también poseer un contrato de alquiler.
Si tienes alguna otra duda, te animo a que te apuntes a nuestro webinar del miércoles, 6 de abril, mediante este enlace. Podrás consultar tus dudas a expertos del tema.
Un saludo! (:
Nuevo
#1028
29/03/22 11:08
Hacía más de un año que estaba cobrando el subsidio y anotado en el INEM en la Comunidad de Madrid.
En 2021 (septiembre) me desplazo por trabajo a Cornellà (Barcelona) en concepto de alquiler pero sin contrato de alquiler porque en un principio era un contrato hasta fin de obra y acabaría en Navidades.
En 2022 me vuelvo a desplazar de nuevo a Cataluña pero ahora mi centro de trabajo es en Martorell y en teoría hasta fin de marzo pero de nuevo prolongan mi contrato de manera indefinida. Sigo sin estar empadronado por pensar que sería temporal.
Es imperativo estar empadronado para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica? también es necesario el tener un contrato de alquiler?
Respecto a tu primera pregunta; te aplican la deducción de tu domicilio fiscal.
Creo que te resultaría útil apuntarte a nuestro próximo webinar el 6 de abril, el tema a tratar será; cómo mejorar el resultado de tu declaración de la Renta. Contaremos con expertos que podrán resolver todas tus dudas en el momento, podrás preguntarles lo que quieras. A través de este enlace puedes apuntarte.
Un saludo!
Nuevo
#1026
22/03/22 23:48
Buenas noches tengo dos dudas sobre la deduccion por movilidad geográfica.
La primera si firmo el contrato en 2021 de trabajo con residencia en Cataluña, viviendo en Sevilla....cuando solicito la deduccion en la declaración de irpf 2021. O desde que tengo el contrato de alquiler firmado que en mi caso es 2022. Y la segunda, si el contrato de alquiler esta puesto a nombre de dos personas, el mio y el de mi compañero, a cuanto asciende la deducción a 2000 € o como pagamos a medias el piso solo puedo 1000€.
Un saludo y gracias.
Nuevo
#1025
07/11/21 17:03
Hola,
Mi duda es la siguiente: Cambié de trabajo(tras un despido) a otra comunidad, cambiando de vivienda, pero no me dió tiempo a inscribirse en el INEM, ya que fué a los 4 días…. Tendría derecho a la deducción por movilidad geográfica?
Gracias
en respuesta a
Pepinperez
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Nuevo
#1024
19/07/21 11:54
Además de los 2 años tras el cambio de trabajo, hay límite de "veces" que se puede aplicar esta deducción?
Nuevo
#1022
29/05/21 11:31
Buenos días.
En mi caso el cambio de domicilio se produjo en 2018. En la declaración de ese año no conocía la deducción por movilidad geográfica. Sin embargo, en la de 2019 si me pude beneficiar de ella. Ahora, en la declaración de este año, ¿podría incluirla de nuevo?. Porque ya han pasado las declaraciones de los 2 primeros años pero solo la he incluido en la declaración de uno de ellos. Gracias.
en respuesta a
Vane21
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Nuevo
#1021
24/05/21 07:53
Hable con una persona de Hacienda y me confirmó que SOLO se puede aplicar 2 años y que no tenía ni idea de porqué el programa aplicaba la deducción, cuando ya no correspondía.
La obligación de declarar correctamente es de cada persona por lo que un error del programa es un error de la declaración de IRPF de la persona y no es imputable a Hacienda...
Por lo que decidí anular la deducción, por si acaso...