Staging ::: VER CORREOS
Acceder
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  1. en respuesta a fprado
    -
    Nuevo
    #920
    11/04/18 20:53

    Estoy en la misma situación que varios de los que han escrito en este foro, cumplo los requisitos pero no puedo modificar la casilla 19 del borrador ¿Alguien ha encontrado la manera de solucionarlo?
    Un saludo y muchas gracias.

  2. en respuesta a Estheruky
    -
    Top 100
    #919
    11/04/18 09:52

    Hola Esther, lo ideal es que te empadrones a la vez que inicias el contrato laboral. ¿Vas a alquilar un piso? Si el contrato de alquiler del piso tiene inicio en junio, igual que el trabajo, podrías acreditarlo con el contrato de alquiler en lugar de con el empadronamiento.

    Saludos,

  3. en respuesta a Sergio 1990
    -
    Top 100
    #918
    11/04/18 09:51

    Hola Sergio, podrás aplicar la reducción en la Renta 2017 y 2018, o bien elegir en el periodo de 2018 y 2019, en función de donde más ventaja fiscal tengas, pero solo 2 años consecutivos.

    Saludos,

  4. Nuevo
    #917
    10/04/18 20:53

    Buenas tardes,
    En mi caso estoy inscrita como demandante de empleo y empadronada actualmente en Guadalajara, Castilla la Mancha. A primeros de junio firmaré contrato indefinido en Palma de Mallorca, pero pensaba empadronarme allí a primeros de mayo para tener descuento en el ferry y los vuelos para la mudanza. ¿Tendré algún problema para solicitar la reducción por empadronarme antes de firmar contrato?
    Muchas gracias de antemano. Un saludo.

  5. Nuevo
    #916
    10/04/18 11:43

    Hola,

    Mi caso es el siguiente, conseguí mi primer trabajo en Madrid por obra y servicio (año fiscal 2017). Tengo derecho a la reducción geográfica por haber estado inscrito en el INEM de Asturias. El contrato duró unos meses y tras eso me volví a Asturias donde me volví a incribir en el INEM. Unos meses después conseguí de nuevo trabajo indefinido en Madrid (año fiscal 2018) por lo que me volví a desplazar.

    Mi duda es ¿sólo tengo derecho a la reducción 2 años desde el primer trabajo o puedo aplicarlo en el año del primer trabajo y de nuevo al empezar este nuevo trabajo, es decir en la renta de 2019?

    Muchas gracias por la ayuda.

  6. en respuesta a Patricia92
    -
    Top 100
    #915
    10/04/18 11:16

    Tienes que tener el certifican como demandante de paro para poder aplicarlo. Si que son compatibles las dos deducciones, por alquiler y reducción por movilidad geográfica.

    Saludos,

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #914
    10/04/18 10:54

    Buenos días Amparo,
    Yo terminé de trabajar a finales de agosto (dfin de contrato), por tanto al finalizar me apunté en el paro, pero no lo pedí. Lo que pedí fue participar en la garantía juvenil y empecé en septiembre a trabajar con garantíua juvenil. ¿Así, se considceraría lo que me has dicho anteriormente?
    Finalmente, también en la delclaración hice la deducción por alquiler, ¿son compatibles ambas deduccciones?
    Muchas gracias por adelantado!

  8. en respuesta a Danielopz
    -
    #913
    fprado
    10/04/18 10:08

    Hola,

    Tengo exactamente el mismo caso que @Danielopz respecto a la deducción por movilidad geográfica. Ya me apliqué la movilidad en la declaración del año pasado porque el cambio de residencia fue en 2016 pero este segundo año no puedo modificarla la casilla 19. ¿Alguna solución o explicación?

    Gracias.

  9. en respuesta a Patricia92
    -
    Top 100
    #912
    10/04/18 09:56

    Buenos días Patricia, si, con el contrato de alquiler ya se puede aplicar la reducción por movilidad geográfica, siempre que hayas estado en el paro antes de iniciar el nuevo contrato laboral. Saludos,

  10. en respuesta a Mar0608
    -
    Top 100
    #911
    10/04/18 09:54

    Buenos días, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal ya que seguramente tendrás que hacer una declaración complementaria del ejercicio 2016 para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta de 2017.

    Saludos,

  11. en respuesta a Pagonal93
    -
    Top 100
    #910
    10/04/18 09:51

    Buenos días,

    Tienes que justificar el desplazamiento y cambio de residencia habitual con el empadronamiento o con el contrato de alquiler. Si no los tienes, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta.

    Saludos,

  12. Nuevo
    #909
    09/04/18 16:22

    Buenas,
    Queria saber si podria optar a la reduccion por movilidad geografica ya que he estado casi dos años en Barcelona y mi residencia habitual esta en Málaga.
    Leyendo los requisitos no me queda claro si podria optar a ella o no, porque por conveniencia propia no realize el empadronamiento alli y tampoco tuve contrato de arrendamiento en el piso en el que estuve por lo que solo podria justificar mi estancia en Barcelona con los contratos de trabajo.

  13. Nuevo
    #908
    08/04/18 19:58

    Hola Amparo,

    Soy de Almería, estaba allí en paro y me salió un trabajo en Madrid en Abril de 2016 con lo que tengo derecho a la movilidad geográfica durante dos declaraciones consecutivas (2016 y 2017). Al realizar la declaración de la renta del ejercicio 2016 desconocía la existencia de esta deducción con lo que no la incluí dentro de la declaración de la renta y este año dentro de mi borrador no me deja modificar la casilla 19, que es la que se corresponde con dicha deducción. ¿Sabrías decirme si al no haber hecho uso de dicha deducción el primer año pierdo el derecho a deducirme el segundo año? También, ¿Existiría alguna forma de subsanar el error de no acogerme a esa deducción en el ejercicio de 2016?

    Muchísimas gracias

  14. #907
    08/04/18 15:51

    Buenos dias,
    Tenía una duda referente a la deducción por movilidad geográfica.
    El año pasado tuve que empezar a trabajar en otra isla, a partir de septiembre. Mi problema es que no me he empadronado, aunque estoy pagando un alquiler y me desplazo cada tanto a mi domicilio habitual. Este año seguiré en otra isla trabajando.
    ¿Tendría opción de hacer esta deducción solo con el contrato de alquiler?
    Muchas gracias por adelantado!

  15. Nuevo
    #906
    05/04/18 19:31

    Hola buenas tardes, quería saber cómo aplicar el importe del rendimiento neto previo del trabajo aceptado, es decir,¿a qué se refiere exactamente? Tanto mi pareja como yo cumplimos los resiquisitos de la movilidad geográfica, antes de aceptar el trabajo nuestros ingresos eran 0€.

  16. Nuevo
    #905
    05/04/18 11:13

    Buenos días, te comento mi situación:

    Soy de León y siempre he estado empadronado en León a pesar de haber pasado varios años en Galicia.

    EJERCICIO 2016:
    Trabajé en A Coruña desde 2012 hasta Julio de 2016, de aquí me cambio de empresa a Bilbao y trabajo en Bilbao hasta diciembre de 2016. Luego me despiden y voy al paro. (En el ejercicio 2016 tengo mi residencia fiscal en A coruña y declaro en Galicia por que pasé 7 de los 12 meses allí).

    EJERCICIO 2017:
    A finales de diciembre de 2016, después del despido de Bilbao, me vuelvo a casa de mis padres en León, y estoy un mes de alta en el paro, llegando a cobrar incluso un mes (oficinas de león), hasta que a finales de Enero de 2017 vuelvo a encontrar trabajo de vuelta en A Coruña, hasta ahora.

    Mi pregunta es si tengo tengo derecho a la reducción por movilidad geográfica en 2017, al haber estado dado de alta en el paro en león en enero, y aceptar un trabajo en A Coruña, a pesar de que la residencia fiscal sea la misma en 2016 y en 2017, incluso el piso, ya que vuelvo a la casa que había dejado 6 meses antes (esta vez sin contrato). Y de ser así, qué documentación podían pedirme.

    Un saludo

  17. en respuesta a Daniruiz27
    -
    Top 100
    #904
    05/04/18 09:26

    Buenos días Dani, tendrías que aportar datos que acrediten que vives en Madrid: recibo de la luz o del agua ya que no tienes contratos de piso ni empadronamiento es lo que creo que podría servirte. Saludos,

  18. en respuesta a Felipemcm
    -
    Top 100
    #903
    05/04/18 09:19

    Buenos días Felipe, si ha sido un traslado dentro del mismo contrato laboral y no has estado en el paro, no puedes acogerte a esta deducción en tu Declaración de la Renta. Saludos,

  19. Nuevo
    #902
    04/04/18 22:21

    Buenas noches.
    Yo llevo trabajando en la misma empresa durante 7 años pero el año pasado me trasladaron a otra oficina de la misma empresa en una comunidad diferente, puedo acogerme a este plan? Y como justificarlo
    Saludos

  20. Nuevo
    #901
    04/04/18 20:47

    Buenas tardes,

    Tenía un par de dudas sobre el movimiento geográfico.
    Yo soy de Asturias pero me vine a madrid a trabajar, no estoy empadronado aquí porq no tengo contrato en el piso.
    La pregunta es, si marco en la declaración de la renta como movilidad geografía si revisan mi caso y me tienen que pedir algo ¿valdría con entregarles el contrato de trabajo?