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Resultado de imagen de arquia bankDe un tiempo a esta parte en Rankia, aparecen consultas sobre la recuperación (venta) de las acciones que clientes tienen de Arquia Bank.

El problema de las acciones es su no cotización en bolsa, y por tanto hay que cruzar ventas y las órdenes de compra, si las hay.

Hablando en general, esto tiene una raíz histórica, y no es solo de Arquia (Antigua Caja de Arquitectos), sino en general de todas las cooperativas de crédito, fueran éstas del negocio agrario y ganadero (cajas rurales) o sectoriales como la Caja de Arquitectos, la de Ingenieros, la de Abogados (hoy integrada en Bantierra, que por cierto sigue siendo caja rural), etc.

Estas cooperativas, y del mismo modo que un banco o cualquier empresa, precisan de un capital para funcionar como tales, bueno, un capital lo precisa cualquier empresa, pero en el caso del negocio financiero, además tiene que tener un volumen determinado de acuerdo con la regulación financiera de cada momento, que antes de la entrada en el euro, era competencia del Banco de España y ahora tal regulación, sigue en parte den dicho BdE y el resto se hace desde el Banco Central Europeo.

Estas cooperativas de crédito, y ya desde su inicio tenías que ser socio de la cooperativa para ser cliente, con lo cual solo podrías abrir cuenta si lo eras, por tanto junto a la apertura de la cuenta el nuevo cliente tendría que adquirir como mínimo una participación de la cooperativa. Ahora recuerdo que mi difunto padre fue cliente de una caja rural, hoy después de varios movimientos, está dentro de Bankia, y eran 5.000 ptas. (30,05 € ) cada participación. De esto hay de todo, cooperativas que tenían dos tipos de participaciones, estas de 30 o 60 € cada una y otras de mayores importes para inversores, y la rentabilidad de las mismas dependía del tipo de participación. Asimismo alguna cooperativa solo tenía configurada la obligación de ser socio no por ser cliente, sino por serlo de financiación (crédito, préstamo ,…) pero por la simple cuenta corriente no era necesario, según los estatutos. Precisamente estas participaciones configuran su capital social. 

Por una nueva regulación de capital mínimo, se exigió más capital si no tenían la configuración de banco, de hecho de las más de 60 cajas de ahorro que había en todo el territorio, hoy solo quedan dos, Caixa Ontinyent y Caixa Pollença. De cajas rurales como cooperativa no han cambiado la configuración, pero lo han hecho algunas cooperativas sectoriales como Caja Arquitectos, hoy Arquia Bank.

Al transformarse de Cooperativa a Banco, las participaciones pasan a ser acciones, como cualquier sociedad anónima.

Y se genera el problema que ya existía supongo en su momento, que cuando una participaciones o acciones no se negocian en el mercado continuo de la bolsa, no haría falta que fuera el IBEX, porque esto de para empresas muy grandes, pero en el mercado continuo hay un montón de sociedades cotizando cuyo volumen no tiene porque ser el de BBVA o Santander, ni siquiera 50 veces menos. Entonces si no hay cotización en el mercado el cruce de las compras y las ventas es a petición de una de las partes, y si a esto se le añade que en este momento el negocio bancario, no es precisamente la mejor inversión de un accionista (ver mi post de blog “Resultados contables empresas IBEX 2018 y comparativa con resultados bancarios *278*”), mucho me temo que vendedores muchos, pero interesados muy pocos, con lo cual hay que crear una lista por orden cronológico para cruzar las pocas operaciones de compra con las muchas de venta, con lo cual tal lista lejos de reducirse, tenderá a incrementarse, al menos hasta que el los tipos de interés suban, cosa que no parece que vaya a ocurrir pronto, y los resultados bancarios empiecen, no solo a mejorar, sino a acercase a la media de otros negocios.

Por tanto lamentablemente, un socio de una cooperativa de crédito o caja rural, aunque la entidad se hubiera transformado en sociedad anónima, y por tanto su condición de socio cooperativista, sería de accionista, no tiene manera de recuperar su inversión sino es por la compra de de sus títulos por parte de tercero , puede reclamar donde le parezca, al juzgado incluso (*)  que no va a conseguir resultado, alguien las compra o no recupera. Ni siquiera la entidad tiene posibilidades de reducir capital, porque el capital mínimo está regulado y tiene relación con el volumen de negocio de la entidad financiera, por tanto tal volumen debería reducirse mucho, para poder reducir tal capital. Pero es que ni con esas, porque tal hipotética reducción, nunca podría para pagar a unos cuantos socios   o accionistas, tendría que repartirse de manera proporcional a todos.

(*) Salvo que las hubieran adquirido con engaños del vendedor (error de consentimiento), se demostrase ese judicialmente, sin embargo no se venderían las acciones sino hubiera comprador, igual que antes, pero en tal supuesto, quien las hubiera vendido con tal engaño debería cubrir la pérdida, quedarse con las acciones para venderlas cuando le fuera posible.

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  1. #5
    Ilusi
    10/12/20 13:10
    Arquia Bank, la antigua cooperativa Caja de Arquitectos, nos tiene a más de 200 clientes retenidos sin poder cerrar la cuenta bancaria, al habernos asignado unas acciones que ahora queremos vender y no podemos.
    Como se cuenta en el artículo, desde que Arquia se transformó de cooperativa a banco, han sido todo trabas y excusas para no dejarnos salir y cerrar la cuenta. Las acciones no están reguladas y su valor es ficticio, marcado por el banco sin ningún tipo de control, por lo que no hay terceros interesados en adquirirlas.
    Los afectados por esta situación nos estamos organizando para reclamar al banco e intentamos que esta información llegue a todos los clientes. Recomiendo informarse de la situación de Arquia y unirse al grupo de Telegram que hemos creado:
    https://t.me/joinchat/G7EDfxif_f5fmiD8DvqbYg 
    Un saludo.
  2. en respuesta a Manu Chao
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    #4
    12/12/19 12:56

    Application of pre-trade transparency by FBA systems
    ESMA considers that trading venues operating FBA systems initiating auction calls based on the first incoming order pending a potential match should inform market participants that an auction has started, thereby making market participants aware that there might be a trading opportunity and enabling them to participate in the auction.

    The price determination process of FBA systems
    ESMA’s Opinion sets out several practices which may undermine the price formation process and details three functionalities which would result in non-price forming FBA systems. Notably, systems that allow only for the submission of pegged orders and/or ‘adjusted limit orders’, the use of price band limitations and systems that lock in the prices at the beginning of an auction.

    Next Steps

    ESMA will keep monitoring developments in the market, including how trading venues adapt their systems to meet the guidance on the operation of FBA systems set out in this Opinion.

    Should it prove necessary, ESMA will issue further guidance in order to ensure the convergent application of the MiFID II / MiFIR requirements across the EU, in particular with respect to transparency and price formation.

  3. en respuesta a W. Petersen
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    #3
    12/12/19 12:54

    Visita la web de la ESMA y entenderas lo que digo, mientras tanto echale un vistazo a este articulo de la MIFIR
    Article 3 of Regulation (EU) No 600/20142
    (MiFIR) sets out pre-trade transparency
    requirements for equity instruments in order to inform market participants of trading opportunities and prices and to ensure that the price discovery process is not impaired by the fragmentation of liquidity

  4. en respuesta a Manu Chao
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    Top 10
    #2
    11/12/19 16:14

    Si eres tan amable de detallarme un poco esto técnicamente, modifico la entrada ..... !!!!!

  5. #1
    11/12/19 15:06

    Lo que dices arriba no es totalmente cierto, el libro de ordenes no solo existe en el mercado continuo, de hecho no es obligatorio listarse en un continuo para correr un libro de ordenes, en cualquier Prospectus aceptado por la CNMV se debe especificar la distribucion y el mercado secundario afectado, siendo un derecho del inversor el conocer la lista de ordenes del libro