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Heredero de piso no quiere firmar, ¿Aplicacion del articulo 1005 del CC? - Herencia
Alguna protección tienes que tener.
Ese artículo es tan nuevo que no creo que haya alguien que ya sepa como protegerte, pero creo que cuando tu padre vaya a coger el dinero podrás ir al juez a decir que eres heredero, que tu padre va a coger una importante cantidad, que tiene 86 años y que quieres velar por ese dinero. El juez podrá disponer que lo ingrese en una cuenta inmovilizada o cualquier otra cosa.
Pero antes puedes solicitar al juez que no se venda el piso alegando que tu padre tiene 86 años, que dudas de sus capacidades mentales, que no tiene sentido que se quede sin piso puesto que no necesita el dinero, etc. Ten en cuenta que la razón moral está de tu parte.