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Participaciones del usuario Rucko

Rucko 20/01/26 13:27
Ha respondido al tema Alquiler con opción a compra, punto vista arrendador
Estamos de acuerdo. En la propia resolución vinculante V0032-24:“Por tanto, la concesión de la opción de compra sobre un inmueble produce en el concedente una ganancia de patrimonio según lo dispuesto en el artículo 33.1 de la LIRPF, que nace en el momento de dicha concesión” que se incluye en la base imponible del ahorro. Yo le dije:”Los primeros 3.000 euros recibidos como verdadera opción de compra tributan como ganancia patrimonial en el año que se reciben.”
Rucko 20/01/26 09:50
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Es vergonzoso que después de más de 3000 mensajes siga sin comprenderse la DT34. Está claro que la voluntad del legislador es la extorsión a través de  información borrosa diseminando ignorancia. Tengo un amigo, salió en un ERE en 2020 y en convenio especial pagado por la empresa desde ese año hasta este año que cumple 63. Hace una consulta por escrito con toda la información detallada de si puede jubilarse anticipadamente con 63 en 2026 al amparo de la DT34. Esta es la respuesta: Por supuesto, en los teléfonos ofrecidos es imposible comunicar y si comunicas te dan información incorrecta.  ¿Jubilación voluntaria? No tienen ni idea pero la amenaza de una reducción del 19% sobre la pensión les funciona. Ya que los sindicatos no defienden a los trabajadores, debería intervenir la justicia. 
Rucko 18/01/26 18:31
Ha respondido al tema IRPF - Compensando ganancias y pérdidas.
* Ganancias  procedentes de los intereses de un plazo fijo.* Ganancias procedentes de los dividendos de un fondo de inversión.Son rendimientos del capital mobiliario. 100% de compensación entre ellos. * Ganancias procedentes de la venta de un fondo de inversión.* Pérdidas procedentes de la venta de un fondo de inversión.Son ganancias/pérdidas patrimoniales. 100% de compensación entre ellas.Si después de la compensación queda saldo negativo en uno de ellos puedes compensar hasta el 25% del saldo positivo del otro bloque. 
Rucko 18/01/26 13:13
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
Se deducen como gastos de administración y custodia formando parte del capital mobiliario. Aminorarían directamente rendimientos por dividendos e intereses, por ejemplo. Normalmente esos gastos aparecen en tus datos fiscales, no sé qué hace EBN en este caso.
Rucko 16/01/26 20:27
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Si lo haces, lo haces para todo. Si tienes que declarar cambios, solo declaras los que hayan cambiado. 
Rucko 16/01/26 20:26
Ha respondido al tema Evitar problemas con hacienda
Todo eso igual que lo hacías. 
Rucko 16/01/26 16:36
Ha respondido al tema Herencia con usufructo: ¿puedo mover el dinero a una cuenta online?
No es obligatorio que estéis los tres, tú madre puede estar sola. No tienes porque tener problemas fiscales, dejarlo todo bien documentado que luego pasa el tiempo y se olvida. Hacéis un pequeño documento, lo más simple posible, explicando lo que hacéis y la razón, lo firmáis los tres y le grapas la transferencia enviada de una cuenta a la otra.  Guardáis el documento por si alguna vez lo necesitáis. Estoy seguro que no lo usaréis.  No hay ningún problema. Ten en cuenta que, en cualquier caso, toda la rentabilidad de esos fondos le pertenece a tu madre. 
Rucko 16/01/26 12:30
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
No
Rucko 16/01/26 10:28
Ha respondido al tema Evitar problemas con hacienda
Tú no haces ni alquiler turístico ni actividad económica alguna. Declaras el alquiler sin deducir el 50% por alquiler de vivienda habitual, es todo. 
Rucko 16/01/26 09:12
Ha respondido al tema Evitar problemas con hacienda
La reducción del 50% se aplica en caso de una utilización efectiva como vivienda por parte del arrendatario, art 23.2 LIRPF. La carga de la prueba recae sobre el arrendador que es quien así lo declara  y además quien obtiene dicho beneficio fiscal.  Si hacienda lo detecta te reclamarán la devolución de estas reducciones, los intereses de demora y muy probablemente una sanción que, no será grave, si no se puede probar que existió mala fe de tu parte, básicamente que tú lo conocías.