La donación en Canarias está bonificada al 99;9%, prácticamente gratis. Por supuesto tendrás que pagar los gastos de registro; escritura; plusvalía municipal e IRPF. La diferencia entre precio de compra y precio actual de mercado será el factor más determinante en los costes de la transición; así como el tiempo transcurrido entre ambas operaciones. El Notario y su gestoría te podrán dar los costes si les facilitas la información. El donante tendrá que declarar en su IRPF anual por esta diferencia. Una vez echa la transacción recuerda que tienes 30 días para liquidar el impuesto.
Con un buen notario debería ser suficiente. Donaciones está transferido a las CC.AA. Es imprescindible que digas en que CA se produce la donación, en este caso donde se encuentra la vivienda.
No, no, no. La declaración del 720 solo afecta a acciones o fondos de inversión DEPOSITADOS FUERA DE ESPAÑA. Da igual que las acciones o los fondos sean españoles o extranjeros. MyInvestor está en España y no fuera, no se declara, ni se suma ni se resta. Si tienes BBVA en un broker extranjero TIENES QUE DECLARLO si tienes META en un broker español NO SE DECLARA. Ya no se como explicarlo.
A mi entender:Puede perfectamente exigirse el cumplimiento del contrato. Lo único que podrían hacer el resto de comuneros sería mejorar la oferta. Requerimiento notarial para presentarse ante notario, depositar en este la cantidad pactada y proceder según el acuerdo a la disolución del condominio. Salvo mejor opinión.
Myinvestor no se declara en el 720. Efectivamente tres bloque separados, inmobiliario, depositos, inversiones financieras. Lo que no se declara no se suma.