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Participaciones del usuario renciayera

renciayera 10/08/25 12:59
Ha respondido al tema Vender una vivienda parcialmente a nombre de un menor de edad - Herencia
La custodia exclusiva (o monoparental), no debes de confundirla con la patria potestad que seguramente la tendrás compartida con el padre de tu hija.La custodia exclusiva te autoriza a decidir sobre rutinas diarias de tu hija (alimentación, horarios etc.)Pero para cuestiones más importantes (educación, cambios de residencia, ventas del patrimonio de la menor etc.) se necesita el consenso de ambos progenitoresSalvo superior criterio
renciayera 09/08/25 12:23
Ha respondido al tema Coche de empresa
Si, estoy contigo "Juan" cualquier empresa que tenga un vehículo a su nombre es porque alguien o algunos lo utilizan.Ahora, si la empresa ese uso del automóvil lo considera retribución en especie de alguien, y se deduce por ello como más importe de sueldos y salarios, pues bien, ese alguien deberá de declarar ese rendimiento en especie.Si la empresa no lo declara, deberá de justificar que el vehículo se utiliza exclusivamente las 24 horas del día para la actividad empresarial lo cual como dices es bastante complicado
renciayera 08/08/25 17:57
Ha respondido al tema Subvenciones para rehabilitación energética Real Decreto 477/2021 de 29 de junio
Copio y pego Manual IRPF Para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la práctica de esta deducción serán necesarios los certificados de eficiencia energética expedidos antes y después de las obras.Capítulo 16. Deducciones generales de la cuota en el ejercicio 2024Los certificados de eficiencia energética expedidos antes del inicio de las obras serán válidos para acreditar el cumplimiento de los requisitos siempre que no hubiera transcurrido un plazo de dos años entre la fecha de su expedición y la del inicio de estas.Si el certificado energético previo a la realización de las obras, expedido en los dos años anteriores a la fecha de inicio de las mismas, no ha sido inscrito en el correspondiente registro de certificados energéticos, habiendo transcurrido el plazo establecido en la normativa para dicha inscripción, no procede la deducción. De no haber transcurrido dicho plazo, no resultará de aplicación la referida deducción en tanto no se proceda a la inscripción del certificado emitido.Tampoco es posible acreditar la eficiencia energética de la vivienda previa a las obras mediante un certificado emitido con posterioridad a las mismas.Los certificados de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras determinan el periodo impositivo en el que se practica la deducción y deberá ser expedido antes de 1 de enero de 2025 (tras la modificación prevista en el artículo 16 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre).Si bien la deducción se genera en el período impositivo en el que se expide el certificado energético, hasta que el certificado no esté inscrito en el correspondiente registro, el contribuyente no podrá aplicarse la deducción. En consecuencia, si se expide en 2023 y se registra en 2024 el derecho a la deducción se habrá generado en 2023, con independencia de que el registro se produzca en el año 2024.Atención: los certificados constituyen el único medio establecido por la Ley del IRPF para acreditar la reducción o mejora. Por tanto, si no se dispone del correspondiente certificado previo al inicio de las obras o del expedido por el técnico competente con posterioridad a las mismas no queda acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos y, en consecuencia, no procede la aplicación de la deducción.En todo caso los certificados de eficiencia energética deberán haber sido expedidos y registrados con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.Importante: los contribuyentes con derecho a esta deducción deberán cumplimentar en el apartado correspondiente a la misma del Anexo A.2 de la declaración la información que se solicita sobre el inmueble, el NIF o NIE de la persona o entidad que ha realizado las obras, las fechas de los certificados de eficiencia energética anterior y posterior a las obras así como la demanda energética de calefacción y refrigeración que figure en cada uno de ellos, dato que podrá extraerse de la suma de los indicadores globales de demanda de calefacción y refrigeración contenidos en el apartado 3 del Anexo II de cada uno de los certificados, y las cantidades satisfechas.Ámbito subjetivo de la deducciónÚnicamente podrán aplicar la presente deducción los contribuyentes que ostenten el título de propietarios de la vivienda objeto de tales obras.Cada copropietario de la vivienda podrá practicar la deducción por las cantidades que haya satisfecho por la realización de las obras en la parte que proporcionalmente se corresponda con su porcentaje de titularidad en la vivienda habitual, con independencia de que la factura correspondiente a las obras se haya expedido únicamente a nombre de uno de los cotitulares de la vivienda.Por tanto, quedan excluidos los nudos propietarios, usufructuarios y arrendatarios.
renciayera 08/08/25 12:16
Ha respondido al tema Subvenciones para rehabilitación energética Real Decreto 477/2021 de 29 de junio
No es que no te la puedas deducir, es que no la tienes que integrar en tu base imponible.Es decir, que no la debes de considerar a efectos del IRPF
renciayera 05/08/25 16:31
Ha respondido al tema Epígrafe 654.1 Comercio menor de vehículos terrestres
¿
renciayera 03/08/25 12:47
Ha respondido al tema Epígrafe 654.1 Comercio menor de vehículos terrestres
Indagando sobre el tema, localizo la consulta vinculante de la DGHT V1542-18 del 06/06/2018pero la veo muy enrevesada de entender (para mi por lo menos)Espero comentarios 
renciayera 01/08/25 09:48
Ha respondido al tema Duda cómo hacer donación a un familiar
Si es que te quieres acoger a alguna bonificación, entonces SI que la donación la tienes que hacer en documento público.
renciayera 01/08/25 09:19
Ha respondido al tema Duda cómo hacer donación a un familiar
No es necesario acudir al notario, puedes hacer la donación en documento privado, después cuando confecciones el modelo 651 (telemáticmente) te va a solicitar en que tipo de documento has realizado la donación.Un saludo
renciayera 31/07/25 17:23
Ha respondido al tema Epígrafe 654.1 Comercio menor de vehículos terrestres
¿¿¿
renciayera 30/07/25 13:11
Ha respondido al tema Epígrafe 654.1 Comercio menor de vehículos terrestres
¿¿¿