El registro no es obligatorio, por lo tanto, no creo que este pensando en favorecer a sus colegas, ya que si fuese asi lo haría obligatorio y todos a pasar por caja.
Creo que el tema va, y siempre pensando mal, en darle el regalito, como no, a la banca.
La banca cuando se adjudica una vivienda hipotecada, si tiene un inquilino, tiene que respetar un minimo de 5 años de contrato.
Y con esta ley,...ohhhh curioso, no tiene que respetar nada, si el contrato no esta inscrito.
Que hijos de la gran p.... son,...o que mal pensado soy yo.
Pues me temo que tienes toda la razón,....en España seguimos empeñado en seguir con el mismo modelo productivo y seguir removiendo el negocio del ladrillo, y no sabemos o queremos salirnos de ello.
Ya se que el amigo Rajoy no es santo de tu devoción, pero beneficiar a los registradores no creo que le importe demasiado, aunque seguirá teniendo muchos compañeros de profesión.,...
Realmente al que le interesa que se aplique esta norma es al amigo Botín y compañía, para poder echar a todos los inquilinos que hasta ahora no podía echarlos......
Facil no era , pero que casualidad que ahora que los bancos se estan quedando con todo apliquen esta norma:
"Cuando se compra una vivienda alquilada
Por otra parte, el comprador de una vivienda arrendada solo estará obligado a mantener al inquilino en los arrendamientos inscritos en el Registro de la Propiedad. En la normativa vigente, en los contratos de duración inferior a cinco años, el comprador está obligado a mantener al inquilino ese periodo de tiempo, esté o no inscrito. En los contratos superiores a cinco años, si no están registrados, el comprador debe mantener al arrendatario los cinco años y, si lo está, debe mantenerlo la totalidad del plazo del contrato.
Por otra parte, ha explicado que registrar una vivienda sigue siendo voluntario y "tanto el inquilino como el propietario pueden registrar".
Y claro a quien le beneficia esto, ......a los baños o sus filiales inmobiliarias para limpiar las viviendas de inquilinos.
Que inquilino se va a preocupar de gastar dinero para registrarlo?...nadie.
Se lo estan poniendo a huevo a los bancos
Agradecido por la contestación.
Por lo que lei del anteproyecto, me parecía que la obligación de estar registrado era una ventaja para los bancos que podrán vender las viviendas que se hayan comido con gusano....
Me imagino, y pensando mal, que como lo normal que dichos contratos no estan registrado, los bancos tienen fácil quitarse los inquilinos molestos,....el banco x vende a su filial inmobiliaria y,...y como no esta registrado el contrato de alquiler,...pues CHAS limpio de inquilinos....
Tal vez piense demasiado mal de los políticos y banqueros, pero no me huele bien este tema.....
Puedes dejar la cuenta corriente unicamente para el pago de las cuotas del préstamo.
En ese caso no te pueden cobrar comisiones de administración o de mantenimiento.
Si el banco ejecuta la hipoteca, la vivienda saldrá a subasta.
Si no hay ningún postor el banco se lo quedara por el 60% del valor de tasación
Si con ese valor no se cubre la deuda, el banco podrá iniciar un nuevo procedimiento, por el importe pendiente,contra todos los bienes que tenga o pueda tener tu madre.
Empezaría por embargar las cuentas corrientes, nominas si las hubiese y viviendas
Por lo que si te puede afectar a la vivienda donde tienes la hipoteca.
Te recomendaría que intentases negociar con el banco de tu madre antes que la ejecuten.
Si ves que no vas a llegar a un acuerdo, planteate que tu madre te venda el piso
Pero debes tener cuidado de hacerlo antes que inicien la ejecución hipotecaria, por que de no ser así se podría considerar alzamientio de bienes y eso es un delito.
Si lo que te preocupa es el cobro de comisión de mantenimiento, si solo tienes una hipoteca y no usas otros servicios, el banco no puede cobrarte comisones.
ya que el tener cuenta corriente es una obligación que te impone el banco.