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Participaciones del usuario José Luis 54 - Subsidios

José Luis 54 23/02/25 10:47
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
De verdad me gustaría saber que cambios han hecho y a que comunidades afecta, yo con mi IPT y el 65% de discapacidad pago según me corresponde por la pensión.De hecho en diciembre me subieron del 8 y algo al 18 y algo, todo lo contrario a estar exento del copago Un saludo 🫂
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José Luis 54 23/02/25 10:42
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Una última cosa Silvia, alguien explicó por aquí hace mucho tiempo que la antigüedad no afecta mientras el contrato está suspendido así que ese año de IPT también contaría en la antigüedad.No estoy seguro de que sea así pero por aquí lo explico alguien una vez.Un saludo 
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José Luis 54 23/02/25 10:39
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Pero Mayte, la lógica dice que tú tienes una reserva de puesto por dos años, si te quitan la incapacidad al año tu tienes que volver a tu puesto de trabajo y si la empresa no quiere que vuelvas te tendrán que despedir.Si no fuera así no tendría sentido la reserva de puesto de trabajo por dos años.Un saludo 😃
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José Luis 54 23/02/25 10:34
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Eso es Silvia, sería un despido improcedente donde el dinero que te pagarían sería el correspondiente a la indemnización por los años trabajados (creo que es a 20 días por año con un máximo de 365 días a cobrar).Pero no tendrías derecho a paro porque el paro acumulado se borró en el momento en que te concedieron la IPT.Si quieres que te asesoren mejor yo pediría cita en el SEPE pero de momento a ti te han hecho una revisión de oficio y no sabes el resultado así lo puedes consultar pero no puedes gestionar nada hasta que no tengas resolución.Y por cierto, aunque salieras con mala impresión no sabes el resultado con lo cual solo te queda lo de siempre, seguir esperando.Un saludo 
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José Luis 54 23/02/25 10:12
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Me imagino que estabas en pago directo y lo que han hecho es darte el alta porque te han denegado la IP.Ahora tienes que cobrar el día 28 de febrero el pago que va desde el 14 o 15 de enero hasta el 1 o 2 de febrero.Si te pagaba la mutua el último pago se les suele "olvidar". Eres tú la que lo tiene que reclamar con la resolución y el alta y te hacen el pago, ten cuidado porque como no lo reclames ellos no van a hacer nada por pagarte Un saludo 
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José Luis 54 23/02/25 10:02
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
No tienes paro, el paro acumulado de pierde en el momento que te conceden la IP y la empiezas a cobrar.Antes la pregunta, me quitan la IP y no hay vuelta posible a la reserva de trabajo que tienes son muchas las cosas a discutir,Primero, no hay finiquito porque tú contrato estaba suspendido y durante ese tiempo no se genera nada. El finiquito se debió de cobrar a los 545 días de IT y las vacaciones como muy tarde a la concesión de la IP.Te tienes que mover antes de que mueva ficha la empresa y solicitar al día siguiente de la retirada de la IP una baja de nuevo, normalmente por otro motivo, con ello te aseguras seguir cobrando lo que cobrabas de IT por la mutua porque sigues perteneciendo a la empresa.Si no hay manera de coger una baja de nuevo, la empresa te despide, etc, te pasa todo lo peor, hasta el pasado 1 de noviembre del 2024 tenías derecho a cobrar 480 euros al mes durante 6 más 6 más 6 meses, en total 18 meses, por el concepto mejoría de una IP. Ahora eso ha desaparecido y ya no se si tenemos derecho a alguna ayuda, si puedes cobrar directamente el subsidio de mayores de 52 años, en eso me pierdo porque no he visto ningún caso, los pocos casos que conozco con retirada de IP antes de los dos años han vuelto a coger la baja por otro motivo y el INSS la ha admitido.Un saludo 
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José Luis 54 23/02/25 08:56
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Es lo mismo que el texto que has puesto en el anterior mensaje en negrita, el texto que has puesto dice que si trabajas con la IPT todo el tiempo que trabajes vas generando derecho a paro, y si i te despiden, se acaba el contrato, etc puedes cobrar a la vez ese paro generado con la IPT.Lo que ya no puedes cobrar nunca es el paro que tenías acumulado cuando te concedieron la IPT y empezaste a cobrarla, eso se perdió.Un saludo y buenos días 🥱
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José Luis 54 23/02/25 08:47
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Joaquín, desde el momento que te concedieron la IPT y la empezaste a cobrar todo el tiempo que tenías acumulado de paro desapareció.El contador de días acumulados para el paro es cero, la única manera, con 50 años, y si tus dolencias te lo permiten, de ganar más dinero ahora mismo es buscarte un trabajo compatible con la IPT, aunque sea media jornada. Todo el tiempo que acumules trabando ahora con la IPT si se va acumulando para el paro. La verdad es que la salud es la que es y no se puede hacer mucho más pero cuando tienes una base reguladora media o baja y menos de 55 años, las pensiones que quedan con el 55% son muy bajas para lo cara que está la vida.Un saludo 
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