Jaimejube
12/06/25 13:27
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Reducción del 40% en el cobro del plan de pensiones
La reducción del 40% en los rescates parciales de planes de pensiones solo puede aplicarse una vez por aportaciones realizadas antes de 2007, y exclusivamente en el primer rescate que incluya esos importes.Si en 2019 ya se aplicó esa reducción parcial sobre las aportaciones anteriores a 2007, en rescates posteriores no corresponde aplicarla de nuevo, aunque el plan haya cambiado de banco o gestora.Por tanto, que en 2024 la nueva gestora haya vuelto a aplicar esa reducción del 40% parece un error. En ese segundo rescate, el importe debería tributar íntegramente sin aplicar la reducción.Además, el hecho de no haber cotizado a la Seguridad Social y aportar la documentación requerida para el rescate justifica el derecho a percibirlo, pero no afecta a la correcta aplicación de la reducción fiscal.