Si la verdad es que de eso no se mucho ms bien nada, pero según este abogado del enlace que supongo algo sabrá del tema dice que sí.Si intervino la policía habrá un informe de la policía al respecto, eso es una prueba probatoria. Los accidentes de tráfico sin un responsable correctamente identificado o que no se encuentre asegurado también pueden reclamarse, si tenemos el material probatorio oportuno. En lugar de la aseguradora del vehículo, la indemnización correrá a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros (o CCS). Saludos
El Consorcio de Compensación de Seguros, cuando alguien sufre un accidente de tráfico con un vehículo desconocido, indemniza los daños ocasionados por dicho vehículo, al igual que si éste fuera robado o careciera del seguro obligatorio. ¿Cómo actuar en caso de accidente con vehículo desconocido, robado o sin seguro?Cuando suframos un accidente a consecuencia de un vehículo en alguna de estas situaciones, para que pueda hacerse cargo de indemnizar los daños el Consorcio de Compensación de Seguros, habremos de rellenar una solicitud, la cual será diferente en función del tipo de daños que se reclame y de la condición concreta del vehículo causante; bien robado, bien sin seguro o bien desconocido.Esta solicitud de indemnización habrá de ser presentada lo antes posible, principalmente si hay daños materiales que reclamar. Deben determinarse las circunstancias en que tuvo lugar el siniestro y los daños sufridos.No obstante, cabe mencionar que este procedimiento varía en casi cada caso, pues en función de las circunstancias y particularidades del siniestro, habrán de llevarse a cabo unas u otras gestiones de trámite, por lo que lo más aconsejable es acudir a un especialista para velar al máximo y en la mejor forma de tus intereses como perjudicado.El procedimiento puede extenderse bastante. Obligatoriamente hay que tratar de llegar a un acuerdo. Para ello se interpone la reclamación previa, la cual habrá de ser contestada en el plazo legal establecido para ello.Esa contestación puede ser una oferta motivada que reconozca los daños y ofrezca una determinada indemnización, o por el contrario una respuesta motivada desestimando las pretensiones.En cualquier caso, a falta de conformidad puede reclamarse una segunda vez. Si tras ésta no se alcanza ningún acuerdo, será entonces por vía judicial como habrá de solucionarse el asunto. Reclamación al Consorcio Compensación de Seguros: Guía 2022 (juantorroba.es) Saludos.