Ghost Maltijo
22/08/14 22:00
Ha respondido al tema
Cancelación de un solar como aval de una hipoteca
Respecto a la liberacion de hipoteca del solar, aunque es un único préstamo, la responsabilidad hipotecaria esta distribuida entre las fincas
Ley Hipotecaria
Artículo 119
Cuando se hipotequen varias fincas a la vez por un solo crédito, se determinará la cantidad o parte de gravamen de que cada una deba responder.
Artículo 124
Dividida la hipoteca constituida para la seguridad de un crédito entre varias fincas, y pagada la parte del mismo crédito con que estuviere gravada alguna de ellas, se podrá exigir por aquel a quien interese la cancelación parcial de la hipoteca en cuanto a la misma finca. Si la parte de crédito pagada se pudiere aplicar a la liberación de una o de otra de las fincas gravadas por no ser inferior al importe de la responsabilidad especial de cada una, el deudor elegirá la que haya de quedar libre.
Resumiendo: si del principal del préstamo solo has devuelto 4.000 euros, para liberar el solar has de amortizar anticipadamente los 11.000 que te indican. Lógicamente, la cuota mensual se rebajará en proporción a ese capital entregado (si optas por mantenimiento de plazo) o pagarás la misma cuota, acortandose el plazo.
Los 700-800 euros es el 'clavo' de algunas entidades para el levantamiento de carga hipotecaria, cosa que por otra parte están obligados. Resulta que de esa obligacion hacen negocio, cobrando conceptos como 'preparación de escritura de cancelación', 'desplazamiento de apoderado', la minuta de su notario, Registro y su Gestoría. Yo no aceptaria firmar ningun documento al respecto asumiendo esa gestión.
Si no te da apuro mover papeles (supongo que no), el encargar la escritura en la Notaria, que le notifiquen a la sucursal que se pase un apoderado a firmar, pagar al notario, retirar la escritura y presentarla en el Rº son tramites que puedes hacer tu mismo, con un ahorro considerable.
S2