Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Participaciones del usuario Ghost Maltijo - Bolsa

Ghost Maltijo 10/05/20 21:11
Ha respondido al tema Duda sobre excel e importación de datos de bolsa
Hola !!!Prueba a usar esa consulta web en una hoja excel aparte, nueva y virginal.Deshabilita que se actualice automaticamente al abrir el libro. Hazlo manualmente solo esa conexion, no todas las conexiones. Posteriormente puede programarle una macro o que lo haga cada x minutos. Selecciona la tabla de datos que quieres, no toda la hoja. Hay veces que de tanto probar las conexiones se escoñan y no hay manera que funcione. Rescata alguna version previa y funcional de tu hoja, hazle una copia y trabaja sobre ella. Si te funciona la conexion en la hoja aparte copia luego esa pestaña al libro.S2
Ir a respuesta
Ghost Maltijo 12/06/18 00:07
Ha respondido al tema GOWEX
https://blog.bankinter.com/economia/-/noticia/2016/8/18/pueden-vender-acciones-suspendidas-cotizacion.aspx     https://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/2413928-venta-acciones-suspendidas-cotizacion-particulares-sniace?page=2   S2
Ir a respuesta
Ghost Maltijo 19/04/18 13:50
Ha respondido al tema Abertis, seguimiento del valor
Buenas Ignacio !!   Calculadora Abertis: https://www.abertis.com/es/relacion-con-inversores/presencia-en-bolsa/calculadora-de-rentabilidad   Info fiscal de los distintos ejercicios (el que interesa es el del 2005): https://www.abertis.com/es/relacion-con-inversores/presencia-en-bolsa/la-accion-y-su-capital-social/informacion-fiscal   S2   PD: Alguna vez hago algo con fondos, tenemos inquietudes similares. Puedes verlo en la firma de mi perfil, que aunque ha quedado ligeramente desfasado, conserva gran parte de su utilidad.
Ir a respuesta
Ghost Maltijo 18/04/18 23:22
Ha respondido al tema Abertis, seguimiento del valor
Siendo tan antiguas poco importa cuando y por cuanto. La fiscalidad se computa desde el valor a efectos de la declaracion de patrimonio de 2005. Usa la propia calculadora de la web de Abertis.   Una opcion, para determinados casos y cumpliendo requisitos, seria contratar un seguro de rentas vitalicias de reinversion. Como estoy vago, 'corto pego' de web de una correduria (elena beser): Desde el 1.1.2015 tras la última  reforma fiscal se amplia la exención a cualquier plusvalía obtenida por la transmisión que efectúen las personas  mayores de 65 años, de otros bienes distintos de la propia vivienda habitual, pero siempre que, con el importe obtenido en la venta, en un plazo máximo de 6 meses, se constituya una  renta vitalicia hasta un máximo importe de 240.000€.   En caso de venta de la vivienda habitual, por el simple hecho de ser mayor de 65 años ya se esta exento de tributar sin la necesidad de convertir las plusvalías en una  renta vitalicia. En este caso tampoco es obligatorio el declarar la venta en la declaración de la renta. ¿Y de que elementos patrimoniales estamos hablando? Viviendas secundarias. Garajes y trasteros. Terrenos. Acciones. Fondos de inversión. Bienes afectos a actividades económicas: como traspaso de negocio o venta licencia taxi. Etc. El ahorro tributario es brutal, pues puede superar los 55.000 euros, en el caso de que desgraves los 240.000 que están permitidos como máximo. ¿Qué ocurre si no reinvertimos todo el importe de la venta? Si el importe reinvertido en la renta vitalicia es inferior al de venta, entonces sólo quedará exenta la parte proporcional de la ganancia obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida.   ¿Qué ocurre si reinvertimos más de 240.000€ obtenidos en la venta? En este caso quedaría exenta la ganancia proporcional al límite de los 240.000€.   Ejemplo práctico 1 Vendemos con 66 años, una casa secundaria en 2018 por 190.000€ adquirida en 2004 por 150.000€, lo que genera unas plusvalías de 40.000€. Tributa por la base imponible del ahorro por una cantidad de 8.280€. Si reinvertimos los 190.000€ en una renta vitalicia, estaremos exentos de tributar por la totalidad de las plusvalías. Sin embargo, si solo reinvertiesemos 95.000€ de los 190.000€, estaría solo exenta el 50% de la ganancia, es decir, 20.000€. Ejemplo práctico 2 Una persona de 70 años, vende unas acciones por valor de 1.000.000€. El precio original de compra de dichas acciones fue de 700.000€, por lo que la ganancia patrimonial, es de 300.000€. Del total de la venta, reinvierte 600.000€ en una renta vitalicia. En este caso, al superarse el limite de reinversión de los 240.000€, estará exento el 24% del total de la venta, es decir, el 24% de los 300.000€, concretamente 72.000€. Por lo que los 228.000€ restantes si que tributarán por la base imponible del ahorro por una cantidad de 51.320€. Con la última reforma fiscal se pagan más impuestos por ganancias patrimoniales, al suprimir los coeficientes de corrección aplicados a los valores de adquisición. La consecuencia son mayores plusvalías y, por ende, mayor tributo. Los coeficientes de abatimiento que permiten disminuir parte de las plusvalías en las ventas de bienes no relacionados con actividades económicas adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 se mantienen, pero se limitan a 400.000€. Condiciones que deben cumplir dichas  rentas vitalicias aseguradas según la propia legislación: El contrato de renta vitalicia deberá suscribirse entre  el contribuyente, que  tendrá condición de beneficiario, y una entidad aseguradora. En los contratos de renta vitalicia podrán establecerse mecanismos de  reversión o períodos ciertos de prestación o  fórmulas de contraseguro en caso de fallecimientouna vez constituida la renta vitalicia. La  renta vitalicia deberá tener una  periodicidad inferior o igual al año, comenzar a percibirse en el plazo de un año desde su constitución, y el importe anual de las rentas  no podrá decrecer en más de un cinco por ciento respecto del año anterior. El contribuyente deberá  comunicar a la entidad aseguradora que la renta vitalicia que se contrata constituye la reinversión del importe obtenido por la transmisión de elementos patrimoniales,  a efectos de la aplicación de la exención.   El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas indicadas anteriormente o la anticipación, total o parcial, de los derechos económicos derivados de la renta vitalicia constituida, determinará el sometimiento a gravamen de la ganancia patrimonial correspondiente. Debemos de elegir un buen seguro de  rentas vitalicias, y no contratarlo sin previo análisis y estudio. Puedes ampliar información sobre las rentas vitalicias en nuestro artículo  Diez claves para entender el seguro de rentas inmediatas temporales y vitalicias   http://www.elenabeser.es/comparativas/comparativa-seguros-rentas-vitalicias-ELENABESER.pdf   S2
Ir a respuesta
Ghost Maltijo 18/04/18 17:24
Ha respondido al tema Abertis, seguimiento del valor
Pues tampoco estaba bien calculado. El tipo de las plusvalias es progresivo, con tres tramos. Para 38.000 euros de plusvalia son 8.000 euros de impuestos.     https://www.bolsasymercados.es/docs/BME/docsSubidos/Guía_Fiscal_2017_28FB.pdf   S2
Ir a respuesta
Ghost Maltijo 18/04/18 11:47
Ha respondido al tema ¿Pagar la hipoteca, o invertir?
Al final me pasa como a tí, que tampoco se nada y no acabo de entender  el argumento de Javi01 (por una parte dice que ya ha pagado muchos intereses y por otra, que aun son muchos los intereses por pagar).   Lo mejor en estas situaciones de ignorancia  es instruirse y aprender de los que saben.   Como por ejemplo, del AKA forero Youbank (cambió el nick), que proponia el novedoso ' Sistema Francés inverso', con una linea de argumentacion muy similiar, me parece a mí, a la de Javi01. Con la autoridad que asiste a quien compareció ante el Parlamento Europeo para exponer la situacion de los prestamos hipotecarios en España, tambien otrora director de Zona de una caja rural andaluza, la cual le hizo rectificar judicialmente por injurias a la entidad (rectificacion publicada en Rankia, medio donde se difundió la injuria), se despachó con este bonito hilo (recientemente resucitado por el mismo) sobre las maldades bancarias con el sistema de amortizacion frances.  https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/592663-sistema-amortizacion-frances-otro-engano-prestamo   S2    
Ir a respuesta
Ghost Maltijo 17/04/18 23:01
Ha respondido al tema ¿Pagar la hipoteca, o invertir?
Ad hominem de libro.   Posiblemente no le hayas dedicado el tiempo necesario a averiguar como se liquidan y amortizan los préstamos hipotecarios (y los otros) en este pais. Te lo indica Malargo (sistema francés), que también, desde este momento, es sospechoso de trabajar en banca, pues tambien te enmienda la plana.   S2
Ir a respuesta
Ghost Maltijo 17/04/18 22:47
Ha respondido al tema ¿Pagar la hipoteca, o invertir?
La MAYOR PARTE de los intereses de la duda YA están pagados, y por lo tanto NO te interesa acelerar la amortización (ya que la mayor parte de los intereses de ese dinero que te falta por devolver   YA ESTÁN PAGADOS, insisto   He oido ese mantra en multiples ocasiones. No sé a quien fue el primero que se le ocurrió (seguro que a uno muy desinformado), pero es totalmente FALSO. Encima, insistes. ;)   S2
Ir a respuesta