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Subsidio por desempleo 2026 - paro
No tiene que esperar ningún día desde que termine lo que tiene concedido.A partir del día siguiente al 23/01 se puede prorrogar el subsidio. Si lo pide en los 15 días hábiles siguientes se lo prorrogarán desde el 23/01, si pasa este plazo pero no pasan 6 meses se lo prorrogarán desde el día de la solicitud.
franjgr09/01/26 15:23
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
¿Han puesto seguimiento de las presolicitudes por la sede electrónica? Eso es nuevo Tengo que echarle un vistazo.
franjgr09/01/26 15:17
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Denegado el subsidio para mayores 52 años
El SEPE debería hacer esa comprobación de oficio al reconocer el subsidio y solo pedir la declaración en caso de alguna duda. Pero si lo piden se hace y listo.La DAR debería hacerse en el aniversario de su concesión, en este caso en el tercer aniversario.Esto dicho con las reservas propias de que no hay nada escrito para su caso concreto, como bien dice Angelneu
franjgr09/01/26 12:43
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
¿Donde dice que si?Una presolicitud tampoco es una solicitud. Ni presolicitudes ni declaraciones estáb recogidas en la Ley de procedimiento administrativo como de obligada notificación
franjgr08/01/26 22:57
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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Ya le he respondido que las rentas periódicas se dividen entre el número de meses a que corresponden y se imputa el cociente a cada mes. y que los depósitos son un ejemplo de renta periódica.Y todas las rentas se miran por el importe bruto
franjgr08/01/26 22:47
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
DAR es la abreviatura de "Declaración Anual de Rentas" Usted declara que mantiene los requisitos, si el SEPE lo considera correcto el seguir cobrando es respuesta suficiente. Sólo tienen que comunicarle si hay cualquier cambio.
franjgr08/01/26 16:17
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Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52
No, es una declaración, no una solicitud.Si no supera rentas no recibirá ninguna respuesta.
franjgr08/01/26 12:41
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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Las rentas periódicas se dividen entre el número de meses a qué corresponde y se imputa el cociente a cada mes. Aquí entran intereses de cuentas, dividendos, depósitos, alquileres...Los pagos únicos se dividen entre 12 y el cociente se imputa solo al mes que se percibe. Aqui entran sorteos, promociones, venta de patrimonio, fondos de inversión, letras del tesoro...El límite de ingresos mensual es de 888 euros al mes.Por un pago de 200 euros (que debe dividirse entre 12), no le van a suspender el subsidio, salvo que tenga otras rentas que sumadas lleguen a 888 euros mensuales.
franjgr07/01/26 23:01
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Rentas del alquiler para cobrar subsidio mayores 52
Si no se superan rentas ningún mes no hay problema aunque no se declaren las rentas exactas.Si se supera rentas algún mes hay plazo para comunicarlo hasta la siguiente DAR, pero el SEPE contabilizara los ingresos mensualmente y eso puede implicar la suspensión de varios meses, según cuantos meses haya superado rentas.
franjgr07/01/26 17:16
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El dividendo es una renta periódica, hay que dividirlo entre el número de meses a que corresponda e imputar el cociente a cada mes. Por lo tanto no hay ningún mes sin renta a la que puedan imputar una renta presunta.