Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Contenidos recomendados por ertuditu

ertuditu 22/05/24 07:31
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Ganancias y perdidas patrimoniales se pueden compensar completamente, sin límite. Lo que tiene límite, es compensar pérdidas patrimoniales con (el 25%) de rendimientos del capital mobiliario.
Ir a respuesta
ertuditu 22/05/24 00:07
Ha respondido al tema Cambio de Fondos con pérdida patrimonial, a otros Fondos: vía traspaso, o vía venta?
 Para el  primer caso, al no aflorar fiscalmente la pérdida patrimonial, ¿el nuevo balance pérdidas/ganancias del nuevo fondo “arrastra” el valor de pérdidas del anterior? Si, el balance fiscal en el traspaso queda igual. En el segundo de los casos, se me generaría un importe de pérdida patrimonial que posteriormente podría compensar con ganancias durante los siguientes 4 años según marca la ley Si generas pérdida patrimonial tienes 4 ejercicios fiscales para compensar con ganancias patrimoniales (que no tienes previsto obtener) o con el 25% de rendimiento de capital mobiliario anualmente. ¿Vas a obtener durante los próximos 4 ejercicios intereses de cuentas, depósitos, letras, cupones, etc que permitan compensar la pérdida patrimonial?Tampoco hay una solución única. Si calculas que vas a generar 1000€ anuales de rendimientos de capital mobiliario, puedes vender participaciones de fondos que te generen una pérdida patrimonial de 1000€ y en cuatro ejercicios compensarias la pérdida patrimonial.
Ir a respuesta
ertuditu 21/05/24 09:50
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Ya me pasó, en el IRPF de 2023 agoté la pérdida patrimonial de la venta de un piso en 2019.Ten en cuenta la cantidad de pérdida patrimonial y el máximo a compensar del 25% de ganancias de capital mobiliario. Si la pérdida patrimonial no supera los 8000€, la situación óptima es conseguir anualmente ganancias de capital mobiliario de 8000€ hasta que la compenses. Durante 4 años 2000€ se compensarían con la pérdida patrimonial y 6000€ tributarían al 19%.Si la pérdida patrimonial supera los 8000€ tienes opciones para aprovechar al máximo la compensación:Compensando solo rendimientos del capital mobiliario en cantidades anuales superiores a los 8000€, la desventaja es que una vez compensado el 25%, lo que supere los 6000€ tributa al 21%Usar también fondos monetarios para generar ganancias patrimoniales, estas se descontarían de la pérdida patrimonial pendiente antes de aplicar el 25% a las ganancias del capital mobiliario. Hay otras formas de generar ganancias patrimoniales (acciones y fondos), pero menos seguras, no creo que sea lo que buscas.  
Ir a respuesta
ertuditu 11/05/24 17:50
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Gracias por la información ;)Lo mismo de forma presencial también es posible fusionar resguardos comprados por la web, a mi no me compensa la cita previa y el viaje, pero habrá forer@s que les puede convenir.
Ir a respuesta
ertuditu 08/05/24 17:26
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Por si os parece de utilidad.Yo refinaría el lenguaje, si lees más atras en el hilo verás que crea muchas confusiones. Las letras se emiten "al descuento".El precio de las letras no es de 1000€/letra normalmente es menor, dependiendo del resultado de la subasta. El valor a vencimiento o de amortización o nominal de las letras si es de 1000€ y lo que ganas es la diferencia entre la amortización y el precio que pagas.Actualmente del depósito a transferir para acudir a las subastas de letras es del 100% por lo que hay que transferír 1000€/letra y dos dias despues de la subasta (cuando ya se sabe el precio) te devuelven lo que sobra, siempre sobra.La mayoría de los que lean acudirán a subastas no competitivas. Una sugerencia es no citar tipos marginales sino medios, que son los que se obtienen en las peticiones no competitivas.
Ir a respuesta
ertuditu 03/05/24 19:17
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Hoy he recibido la información fiscal fechada 19 de marzo.Sorpresa, solo la información fiscal de las letras, nada de los bonos que supongo que viene en otro caracol.Una hoja por sobre, impresas a 1 cara, con 20 líneas impresas por hoja. Será por papel...
Ir a respuesta
ertuditu 02/05/24 19:17
Ha respondido al tema Venta letras del tesoro por web tesoro - Letras del Tesoro
Buenas, hay que entender como rentabilidad la que tendrá la operación a un determinado plazo y precio.Lo que ves en la tabla es la oferta que hay ese día para 1.000.000€ en letras. Sin tener en cuenta comisiones:Te las compran a 993,489€/letra, el que las compre obtendría rentabilidad de 3,932%Te las venden a 994,24€/letra, si las compras obtendrías rentabilidad del 3,476%En enero pagaste 982,89€/letra, si las mantienes hasta julio rentabilidad 3,58%Los cuadros de la derecha de la tabla están vacios, no se han comprado ni vendido letras a esos precios.Según los datos de esa tabla tu operación no fué viable, nadie compró con una rentabilidad 3,476%, se pide más rentabilidad para comprar, solo venden, no compran a esa rentabilidad. Según la tabla el mínimo de rentabilidad que se pedía para asegurarte que te compran las letras era 3,932%La rentabilidad calculada irá variando de acuerdo a la cotización de letras que vencen en 2 meses, 1 mes...El precio de tus letras ira tendiendo a 100% segun se acerque el vencimiento en julio. Cada día que pase el precio irá subiendo hasta 100%, con los altibajos correspondientes para ajustarse a la cotización diaria.En la web del Tesoro pone esto:¿A qué precio puedo vender mis Valores?Existen dos posibilidades: | Sin límite de precio: en este caso la Sociedad de Valores y Bolsa de turno de oficio venderá sus Valores al mejor precio posible en ese momento en el mercado. | A un precio determinado, que Vd. deberá fijar de la siguiente manera:- Para Letras del Tesoro, tipo de interés con tres decimales (p.ej: 2,534%).- Para Bonos y Obligaciones del Estado, precio ex-cupón con tres decimales (p.ej: 98,846).En caso de fijar precio, sus Valores no se venderán hasta que se ofrezca por ellos el precio fijado. Si una vez finalizado el turno de oficio de ese mes no se hubieran vendido sus Valores, estos se traspasarán de nuevo al Banco de España, debiendo volver a solicitarse la venta de los mismos.
Ir a respuesta