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Participaciones del usuario Emilio44 - Subsidios

Emilio44 08/07/25 21:17
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Maytep, gracias por compartir tus sentimientos y tu situación. Es completamente normal sentirse así, con emociones encontradas. Por un lado, es un alivio que hayan reconocido tus patologías, pero por otro, entiendo la frustración de que no lo hayan hecho en el grado que realmente refleja tus limitaciones. En tu caso, siendo administrativa y con las dificultades que mencionas, parece complicado encontrar una alternativa laboral que se ajuste a tus capacidades actuales. Te envío mucho ánimo y fuerza para que sigas peleando por hacer justicia. Si entiendes que con una IPT no es suficiente porque no contempla la realidad de tu día a día, sigue luchando, no pares, no ahora que has conseguido lo que muchos ansiamos y no podemos conseguir. Sigue a por la IPA, es lo que te mereces y lo que deberías tener. Y por cierto, felicidades por la IPT (hay que valorarlo también). Un saludo!
Emilio44 08/07/25 21:08
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
😂 Qué tiempos aquellos … y mira ahora, aquí seguimos! Y sigues sin estar segura de que no soy un robot o una IA eh? O un abogado robot o no recuerdo que más me decías jajaja. Gracias por ese cariño tan bonito!. Tú también eres única, y lo sabes! ❤️ Seguimos, como siempre, con verdad, con humor y con fuerza. Y espero que estés ya mucho mejor después de que hicieran justicia con lo tuyo, al menos más tranquila y menos ansiosa seguro! 
Emilio44 08/07/25 20:12
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Lo siento mucho… sé lo que duele darte cuenta de que esos 4 días naturales ya han pasado. Es muy frustrante cuando el sistema te pone plazos tan cortos justo en momentos en los que uno está desbordado y necesita tiempo para asimilar.Pero aun así, no está todo perdido. Has estado muy atento a los pasos, y eso ya es mucho. Ahora toca seguir con fuerza por la vía de la reclamación previa, con todo el respaldo médico que puedas reunir. No es justo que tengamos que pelear tanto por lo evidente, pero aquí seguimos, paso a paso.Mucho ánimo, de verdad. 💪
Emilio44 08/07/25 19:59
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Algo que me parece importante y suele causar mucha confusión. Se suspende el alta médica si presentas una manifestación de disconformidad dentro del plazo legal (4 días naturales).Esto está regulado en el artículo 170.2 de la Ley General de la Seguridad Social y desarrollado en el Real Decreto 1430/2009, y lo explican claramente fuentes jurídicas actualizadas:Efectos de presentar la disconformidad con el alta médica (tras 365 días de baja o más)Plazo: 4 días naturales desde la notificación del alta.Dónde: Ante el INSS, preferiblemente por sede electrónica o en un CAISS.Efecto inmediato: Se suspende el alta médica y se prorroga la situación de incapacidad temporal durante la tramitación del procedimiento.Duración de la suspensión: Hasta un máximo de 11 días naturales desde la notificación del alta. En casos excepcionales, puede ampliarse a 18 días si el Servicio Público de Salud discrepa del alta y obliga al INSS a revisar.Durante ese tiempo:No tienes que reincorporarte al trabajo.Se mantiene el pago de la prestación por incapacidad temporal.Debes comunicar a tu empresa que has presentado la disconformidad, el mismo día o al siguiente día hábil, para evitar problemas.Saludos a tod@s y a seguir con la lucha diaria! 💪 
Emilio44 08/07/25 19:48
Ha respondido al tema Fibromialgia - Compartiendo Experiencias y Apoyo Mutuo - Incapacidad Permanente Total
Marisa, gracias a ti por compartirlo todo con tanta honestidad. Has dado pasos muy importantes: tener ya la cita con riesgos laborales y con tu doctora es clave, sobre todo si ahora puedes aportar el diagnóstico actualizado de fibromialgia. Eso puede marcar la diferencia en la reclamación al INSS.Lo del teletrabajo suena a maniobra defensiva por parte de la empresa, pero el reconocimiento médico puede jugar a tu favor: si el servicio de prevención constata que no estás en condiciones o que necesitas adaptaciones, la empresa no puede mirar hacia otro lado.Y después de casi 20 años, lo mínimo que mereces es respeto y protección, no que te empujen a irte por la puerta de atrás.Muchísima fuerza para el jueves. Y gracias por seguir compartiendo: tu voz también ayuda a otras personas que se sienten igual de perdidas. 💪
Emilio44 08/07/25 19:37
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Yareley, es importante aclarar los plazos bien porque hay mucha confusión con agosto.Sí, el mes de agosto cuenta como hábil para presentar una reclamación administrativa previa ante el INSS.Es decir:Tienes 30 días hábiles (no naturales) desde la notificación de la resolución.Se excluyen sábados, domingos y festivos, pero no se excluye el mes de agosto.Por tanto, agosto es un mes hábil a efectos administrativos, salvo que el día concreto sea festivo.Lo que sí es inhábil en agosto es el ámbito judicial (por ejemplo, para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social), salvo en casos urgentes como despidos o impugnación de altas médicas.Así que si estás dentro del plazo de los 30 días hábiles para reclamar al INSS, no te confíes con agosto: los días siguen corriendo. Saludos!
Emilio44 08/07/25 19:30
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Gracias por la aclaración, Jesús. Si en el informe de situación laboral actual figura que sigues de baja, entonces la empresa no puede darte de alta para cotizar ni computarte vacaciones mientras no haya una resolución médica que indique lo contrario.Es importante que lo tengas por escrito, como ya has hecho con ese informe. Si la empresa insiste en darte de alta sin que haya finalizado la baja médica oficialmente, estarían incurriendo en una irregularidad.Sobre los 35 días de vacaciones, no se pierden: quedan pendientes y podrás disfrutarlos (o cobrarlos) cuando te reincorpores, siempre que no haya prescrito el derecho (normalmente tienes 18 meses para disfrutarlas desde el final del año en que se generaron).Según el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores, si no puedes disfrutar tus vacaciones por estar de baja médica, tienes derecho a recuperarlas una vez recibas el alta, incluso si ha terminado el año natural al que correspondían. Pero hay un límite:Tienes hasta 18 meses desde el final del año en que se generaron para disfrutarlas.Por ejemplo: si generaste vacaciones en 2024 y no pudiste disfrutarlas por estar de baja, tienes hasta junio de 2026 para cogerlas una vez te den el alta.Este plazo fue confirmado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y está plenamente incorporado en la legislación española. El derecho a vacaciones no prescribe al acabar el año, pero sí caduca a los 18 meses si no se han disfrutado.
Emilio44 08/07/25 19:17
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Reclamación contra el alta médica del INSSPlazo: 4 días naturales desde la notificación del alta médica (no hábiles).Procedimiento: Se presenta una manifestación de disconformidad ante el INSS.Efecto: Se suspende el alta y se mantiene la baja mientras se resuelve (máximo 11 días naturales).Resultado: El INSS puede ratificar el alta o revocarla. Si la ratifica, puedes acudir a la vía judicial.Esto aplica especialmente cuando el alta se produce tras más de 365 días de baja  Reclamación administrativa previa (por ejemplo, denegación de incapacidad)Plazo: 30 días hábiles desde la notificación de la resolución del INSS.Efecto: Es un paso obligatorio antes de poder presentar demanda judicial.Respuesta del INSS: Tiene 45 días hábiles para contestar. Si no lo hace, se entiende denegada por silencio administrativo (no es realmente, ya que tienen la obligación de contestar, pero tú ya podrías poner la reclamación judicial). Así que sí: 4 días naturales para impugnar un alta médica, y 30 días hábiles para reclamar una resolución administrativa como una denegación de incapacidad. Mucho ánimo!
Emilio44 08/07/25 19:07
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola José Luis, qué alivio leer que la valoración fue respetuosa y sin sorpresas incómodas. Que la profesional ya conociera tus informes y tu situación antes de entrar dice mucho, y bien, del trato que recibiste. Que proponga grado 2 es un paso importante, y aunque falte la validación de la comisión técnica, ya es un reconocimiento claro de tus necesidades.Ahora sí: ese “poco de relax” está más que merecido. Ojalá llegue pronto la resolución definitiva y con ella algo de respiro también en lo práctico. Un fuerte abrazo 💪
Emilio44 08/07/25 18:02
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Jesús, gracias por compartir tu duda —es muy habitual y totalmente comprensible querer ganar algo de tiempo en una situación así.La respuesta es clara: los efectos administrativos (como el cómputo de vacaciones o la reincorporación laboral) comienzan desde la fecha en que el INSS dicta resolución y la empresa recibe la notificación, no desde que tú recojas la carta certificada.Esto se debe a que, legalmente, la notificación al trabajador se considera realizada cuando el INSS comunica la resolución a través de medios oficiales, como el sistema RED (que recibe la empresa) o mediante notificación electrónica si estás dado de alta en el sistema de notificaciones telemáticas.Aunque tú no abras el SMS ni recojas la carta aún, la empresa ya ha sido notificada, y eso activa los plazos.Si necesitas ganar tiempo para preparar una reclamación previa o consultar con un abogado, puedes hacerlo, pero los días de vacaciones o de ausencia ya estarían corriendo desde esa fecha.Un abrazo y mucho ánimo con todo este proceso!  💪