Génesis tiene mejores coberturas. La más significativa, desde mi punto de vista, es que con la edad que tiene tu vehículo, en caso de siniestro total, Línea Directa te daría valor venal y Génesis, valor venal + 30%.
Un saludo.
Bueno, como dije que me pasaría por el hilo cuando tuviera noticias, aquí estoy. La semana pasada cargaron puntualmente el recibo del seguro...
Yo le he dicho a mi tío que vaya a la oficina bancaria y devuelva el recibo en virtud de la Ley de Servicios de pago, que en caso de que le pusieran un monitorio, ya tendría tiempo de pagarlo si no tiene intención de oponerse, pero dice que no tiene ganas de líos, que asume el error y el año que viene estará más atento al escribir el nombre de la aseguradora.
Un saludo y gracias nuevamente a Emmamani, Certamente y Patocles.
Que alguien me corrija si me equivoco, pero si no han pasado más de 30 días desde la contratación del seguro de vida, podrías anularlo sin problema según el artículo 83.a.1. de la Ley de Contrato de Seguro. Específicamente, habla de un plazo de 30 días para resolver el contrato desde que te entregan la póliza o documento de cobertura provisional.
Un saludo.
Muchas gracias por entrar al debate, patocles. A raíz del comentario de certamente, estuve indagando un poco por Internet sobre el tema y es verdad que te encuentras algunas opiniones diciendo que no hace falta preavisar con 2 meses en seguros de vida, pero otros afirman lo contrario. La verdad es que no sé si hay jurisprudencia al respecto. Dejo un enlace que encontré de certamente donde da más detalles y de otros 3 hilos con opiniones diversas.
Un saludo.
https://www.rankia.com/foros/seguros/temas/1384937-posibilidad-anulacion-seguro-vida-preaviso-2-meses
https://www.rankia.com/foros/seguros/temas/1587417-consecuencias-anulacion-seguro-vida
https://www.rankia.com/foros/seguros/temas/1931313-monitorio-por-seguro-vida-dudas
https://www.rankia.com/foros/seguros/temas/1918557-devolucion-seguro-vida
Muchas gracias, certamente. La verdad es que desconocía por completo que no fuera aplicable el artículo 22 de la LCS para los seguros de vida.
Un saludo.
Muchas gracias por responder, Emmamani. La prima es de casi 600 €. Habrá que esperar a la semana que viene para ver qué ocurre. Me pasaré por el hilo para contarlo.
Un saludo.
Te comento lo que hice yo en un caso parecido. Mi madre quería dar de baja un seguro de vida que tenía con un banco (tuvo que "tragar" el primer año para que el banco le concediera una hipoteca a mi hermana al ir de avalista). Lo más fácil habría sido pasarse por la oficina bancaria, pero no tenía muchas ganas de ver a los del banco.
Como hay que avisar con al menos un mes de antelación, cuando faltaba mes y medio, desde el perfil de Facebook de mi madre y por mensaje privado, envié solicitud de no renovación con los datos habituales (nombre del tomador, DNI, nº de póliza...) y adjunté imagen escaneada con escrito firmado y fotocopia del DNI. Como en Redes Sociales, aunque no solucionen nada, suelen tener un trato bastante correcto, me contestaron que pasaban nota al departamento correspondiente.
A los pocos días nos llamaron de la central del banco diciendo que teníamos que ir a firmar la baja a la oficina. Yo les dije que, según el art. 22 de la Ley de Contrato de Seguro, el único requisito para cursar la baja es que el tomador se oponga por escrito a la renovación con al menos un mes de antelación, y ya se había hecho a través de la página oficial que la entidad tiene en Facebook para atención al público, y me habían contestado "que pasaban nota" por lo que había constancia de la recepción. Al final, sin mucho entusiasmo, dijo que no creía que hubiese problemas y que se tramitaría la baja...
Es únicamente una experiencia a título particular que nos salió bien, pero no sé si, llegado el caso, un juez lo consideraría válido o diría que si no hay burofax, no hay comunicación fehaciente.
Un saludo.