estoy de acuerdo que si se mira a 5- 10 años vista siempre se verá una rentabilidad tras el paso de ese tiempoNo he dicho eso. De hecho, si atendemos al elevado múltiplo (CAPE) del S&P 500, en el percentil 96 de su historia, esperaría más bien una rentabilidad prácticamente nula o solo ligeramente positiva para dicho índice en el conjunto de los próximos 10-12 años, incluyendo dividendos. Sin ánimo de generar polémica (que no conduciría a nada), únicamente como aclaración para que no se me malinterprete. Cuando hablo de largo plazo no estoy hablando de 5-10 años.
Creo que no está del todo bien planteado. Me explico. En realidad, no es una cartera, sino más. Habría que planteárselo en diferentes pasos sucesivos, atendiendo a los diferentes objetivos. En primer lugar habría que “apartar” el dinero que dices querer tener rápidamente disponible para la entrada de un piso. Eso será una cantidad x de euros que consideres apropiada. Que represente un 40% o el porcentaje que sea del total de tu patrimonio financiero es irrelevante. Es una cantidad determinada para un objetivo concreto que colocarás financieramente en consecuencia y que no debe mezclarse ni considerarse conjuntamente con la cartera de inversión. La adecuación de la colocación que indicas (letras y depósito) dependerá de lo que entiendas por “inmediatamente disponible”. Más inmediatamente disponibles son los fondos que indicas en tu segundo bloque, salvo que las letras te venzan muy proximamente y el depósito lo mismo o puedas reembolsarlo sin penalización del principal. El dinero restante una vez apartado lo anterior todavía no está disponible para inversión. ¿Por qué? Por que pueden surgir imprevistos, tanto por el lado de los gastos (gastos extraordinarios, reparaciones, …) como tal vez también por el de los ingresos. Convendrá apartar también un dinero para eso (lo que por aquí denominamos a menudo “colchón”). Y de nuevo esto será una cantidad x de euros, independientemente del porcentaje que represente de tu patrimonio financiero. Como en el caso anterior, no debe mezclarse ni considerarse conjuntamente con la cartera de inversión. Productos apropiados para ello: activos de bajo riesgo y volatilidad, como cuentas remuneradas, monetarios y fondos renta fija corto plazo de calidad. Y ahora ya sí. Una vez apartado lo anterior, lo que reste queda disponible para construir la cartera de inversión. Que dependerá del plazo y de cómo sobrelleves las pérdidas. En mi opinión, si pensamos en largo plazo, el núcleo debería ser renta variable, acompañado, según el caso y en la medida que estimes conveniente, de otros activos que puedan amortiguar o contrarrestar las pérdidas que se produzcan en la misma. Por último, en la parte de renta variable que presentas considero que hay excesiva concentración en gestoras nacionales y estilo value. Si es intencionado y por convicción, no tengo nada que decir, pero me parece que es como pelear con una mano atada a la espalda. Saludos
Ya lo dije hace tiempo, antes de que los bancos centrales comenzasen a bajar sus tipos de interés: cuidado con dar por sentado que las bajadas de tipos por parte de los bancos centrales traerán consigo bajadas de tipos de los bonos a largo plazo y, consecuentemente, ganancias en las carteras o fondos que los lleven. No olvidemos que partimos de una curva de tipos invertida.La Fed bajo su tipo de interés el 18/09/2024 (hace ahora un mes). ¿A cuánto estaba entonces el tipo del bono del Tesoro estadounidense a 10 años? A 3,685%. ¿A cuánto está hoy? A 4,016%.¿Y el bono a muy largo plazo, 30 años? A 4,008% el 18 de septiembre; a 4,299% hoy.Lo dicho, cuidado con las reglas (supuestas reglas) simplistas que no tienen en cuenta el marco en el que se producen las cosas.
Para tu mayor tranquilidad, ya que preguntas por consultas vinculantes, aquí te indico cinco consultas vinculantes en las que la Dirección General de Tributos recoge en los mismos términos el criterio establecido por la Resolución del TEAC que te indicaba en mi mensaje anterior: V1567-23, V1616-23, V1650-23, V1779-23 y V1823-23.Puedes verlas aquí: https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas
Hay una Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 24/10/2022 en la que se se establece el siguiente criterio: Cuando se reciban prestaciones de diversos planes de pensiones, la reducción prevista en el art. 17.2.c) TR de la Ley del IRP.F, por aplicación del régimen transitorio de la D.T. duodécima de la Ley 35/2006, podrá aplicarse a todas las cantidades percibidas en forma de capital (pago único) en el ejercicio en el que acaezca la contingencia correspondiente y en los dos ejercicios siguientes, y no solamente en un ejercicio.Te la enlazo aquí.
Para eso tengo dos respuestas.1) Lo de esperar dos meses antes de volver a invertir en un fondo es en el caso de que reembolses con pérdidas. Si traspasas a un monetario y luego vuelves a traspasar al fondo inicial, no aplica.Nota: No es que esté prohibido reinvertir en el fondo inicial antes de dos meses si has reembolsado con pérdidas. Sí puedes hacerlo, lo que pasa es que el reconocimiento fiscal de las pérdidas se difiere al momento en que vuelvas a reembolsar el fondo.2) Si lo que pretendes es mantener los mismos fondos, yo me decantaría por el cambio de comercializador, salvo que tuvieses mucha urgencia por abandonar el que tienes o salvo que la comercializadora de origen te cobre comisión por el cambio de comercializador. La razón es que de este modo estarías permanentemente invertido en el fondo, esté donde esté.
Creo que lo más rápido sería ordenar en R4 un traspaso externo directamente a los fondos de destino que desees, sin el paso intermedio del monetario. Según la CNMV (ver aquí), el plazo para traspasos externos se estima en ocho días hábiles.Mantener los mismos fondos de origen a destino sería lo que llaman "cambio de comercializador" y ahí pueden tardar lo que quieran.
Los planes de pensiones no forman parte de la masa hereditaria. A tu fallecimiento los reciben los beneficiarios que hayas designado libremente, sin que tributen por Sucesiones. Tributarán como rendimientos del trabajo de los beneficiarios cuando estos los rescaten.
Entrando por Inversis, en Valoración cartera despliega en la (i) que hay a la izquierda del fondo en cuestión y selecciona Plusvalías/minusvalías fiscales. Ahí tienes todo el detalle de cada una de las partidas vivas, así como el total (y debajo las realizadas).
Ya he manifestado aquí en más de una ocasión la desconfianza que me producen los mixtos pero, con todo respeto, comparar un mixto o, para el efecto, cualquier cartera que no lleve 100% RV con la rentabilidad del MSCI World durante un mercado alcista como el que llevamos desde 2008 no me parece muy procedente.