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Participaciones del usuario Captain Cook

Captain Cook 10/02/25 21:03
Ha respondido al tema El Bar de los Pufforeros. Inversión de la A a la Z: Fondos, ETF, planes de pensiones, acciones, metales preciosos, etc
"Regla 12 del Reglamento (define "falta") Se concederá un libre directo si, a juicio del árbitro, un jugador comete una de las siguientes faltas contra un adversario de una manera imprudente, temeraria o con el uso de una fuerza excesiva. (...)" Por tanto, según el Reglamento, pisar a un contrario (o en general cualquier acción contacto) *no necesariamente* es una falta. Se llama Fútbol, no es baloncesto, ni el ballet del Bolshoi. Para que exista falta, el contacto requiere, adicionalmente, apreciar que el jugador actúa " de una manera imprudente, temeraria o con el uso de una fuerza excesiva."Tsouameni disputa legítimamente un balón y ni de coña lo hace de forma imprudente, ni temeraria ni con uso de fuerza excesiva.En mi época de aficionado, no era extraño que si protestabas "- arbi, que me han hecho falta", el árbitro te cortara por lo sano: "anda, tira chaval, que solo te han pisado" (= un pisotón fortuito no es falta).La actuacion del VAR mostrando al arbitro de campo una foto fija y no la secuencia completa de la jugada con toda la información es claramente perversa y manipuladora.Estoy planteándome dejar de ver futbol profesional con VAR y ver exclusivamente competiciones de 1ªREF para abajo y cantera. 
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Captain Cook 28/01/25 22:03
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Muy divertido el casino esta semana.No entiendo de tecnología, pero lo que he estado leyendo me lleva a pensar que el juguete de los Chinos es un meteorito caído sobre la narrativa de mercado & las valoraciones de las grandes tecnológicas USA, un cambio de juego con consecuencias todavía no reflejadas en los precios suficientemente.Yo he aprovechado el rebote de hoy para afeitar algo de SP500 en la parte indexada algo por SP Equiponderado (y x cash). Quizás pierda rentabilidad, pero dormiré más tranquilo.
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Captain Cook 25/01/25 00:03
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La idea parece simple. Si las empresas cotizadas españolas pagan 40 mil millones en dividendos, basta aplicar un withhhoding tax del 50% para poner el objetivo de que el Estado se recaude unos 20 mil millones. Alguien tendría que explicarles que es una patochada que no tiene ni medio pase técnico y que parece salida de una asamblea de “la Facul” a partir del tercer calimocho. Más del 50% de las empresas cotizadas españolas están en manos de no residentes. En el caso de las grandes del Ibex35 el porcentaje de accionistas no residentes es mucho mayor. Son las empresas que mayor dividendo total bruto reparten. P.ej. SAN y BBVA tienen 80%.-90-% de accionistas no residentes (lo que es lógico porque son los emisores que están en los índices etc.)Los accionistas no residentes tributan en España en los dividendos repartidos por cotizadas como máximo al 10%-15% en el caso de países con Convenio de de Doble Imposición. El tipo máximo de gravamen sobre dividendos es del 0%-1% en el caso de que sean obtenidos por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva de la UE.Y estos tipos de gravamen no pueden modificarse a capricho del Gobierno a golpe de Real Decreto. Su fundamento jurídico último está en tratados internacionales firmados por España como son los Convenios de Doble Imposición e, incidentalmente, en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.En resumen, lo que la extrema izquierda podemoide propone es:  1) Aplicar un withholding tax del 50% a los dividendos de las Matildes del Tío Paco, 2) Mientras tanto los dividendos de las cotizadas obtenidos por los Larry Fink de la vida seguirían prácticamente exentos o con tipos super reducidos 3) Obviamente, en la práctica la recaudación real de la medida propuesta sería finalmente de risa (lejísimos de los 20.000 millones que estos fieras querían como objetivo recaudar). Lo que se echa de menos es que exista una oposición que proponga clara y directamente la dirección contraria , es decir, la exención plena de todos los dividendos puesto que 1) creemos que los dividendos de las empresas españolas no deberían tributar en España en sede del accionista, en la medida en que la sociedad ya ha tributado por el impuesto sobre sociedades (la tributación sobre dividendos de personas físicas es un caso evidente de DOBLE IMPOSICIÓN); 2) queremos crear una base de pequeños accionistas ahorradores que alcancen su IF y/o dependan lo menos posible de las paguitas del Estado; 3) queremos ayudar a las empresas españolas a capitalizarse lo que es una de las medidas más lógicas conocidas para aumentar la productividad de nuestra economía. Es lo que de verdad permitiría elevar los salarios,  los beneficios, la remuneración de los accionistas y - en el círculo virtuoso de la economía.- aumentar a la postre la recaudación.  
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Captain Cook 24/01/25 21:56
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Hola GasparAlgo de mi play money esta en Raiffeisen Bank. Este chicharro es un banco austriaco con negocio en varios países de Europa del Este. Está valorado ok por el mercado salvo por el detalle de que ahora se valora en CERO su negocio en Rusia Bielorrusia que era 1/3 de su business antes de la guerra. Esta en PER 3.Paga dividendo - previsión 5% 6%La tesis es que 1) termina la guerra y el negocio de Rusia no vale cero. 2) Tiene banco en Ucrania y habrá si o si reconstrucción en Ucrania3) países como Polonia o Rumania no pintan mal IMHO y Europa del Este en general cuando termine la guerra
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Captain Cook 19/01/25 12:41
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Otro episodio de esperpento, de capitalismo de mesa camilla. Eres el máximo ejecutivo de un Ibex35. Te suena el teléfono a las 12 del viernes, te ponen reunión urgente esa misma tarde en La Moncloa. Estás cesado, te lo comunican en la sede del Gobierno.No se ha reunido (ni siquiera ha sido convocado) el consejo…https://theobjective.com/economia/telecomunicaciones/2025-01-19/reunion-moncloa-salida-pallete/
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Captain Cook 16/01/25 13:24
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Veo que en los ejemplos propuestos hay exención pese a que la renta se rebaja solo un 5%. No sé si hay algo nuevo o me he perdido algo: lo que Moncloa anunció fue una exención del 100% en IRPF para "propietarios que alquilen su vivienda según el Índice de Precios de Referencia, sin necesidad de que se encuentren en zonas tensionadas". La Moncloa. 13/01/2025. El presidente anuncia 12 nuevas medidas para fortalecer el derecho a la vivienda asequible [Presidente/Actividad]La "renta de referencia" (con precio estatal intervenido) me temo que va a tener en realidad una diferencia de +5% respecto a la renta de mercado.
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Captain Cook 14/01/25 18:12
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Es un truco más, una bomba de humo. No saldrán los números del arrendador (ni por consiguiente habrá renta rebajada para el arrendatario). Mucho cuidado con meterse en la boca del lobo de los precios intervenidos. Lo argumenta este artículo de hoy en Expansión:Exención fiscal para el alquiler: por qué no funcionará en ciudades como Madrid(Beatriz Amigot)Una de las novedades estrella planteadas por Sánchez es la exención fiscal del IRPF para aquellos propietarios que alquilen sus pisos según el índice de referencia sin necesidad de que estén en una zona tensionada. Esto supone en la práctica una bonificación del 100% y que estos contribuyentes no paguen impuestos por los rendimientos del alquiler.Con esta medida, el Ejecutivo busca que los propietarios no dependan de que las CCAA apliquen la Ley de Vivienda y soliciten la declaración de zona tensionada (de momento, sólo lo ha hecho Cataluña) para establecer un tope voluntario en los alquileres y beneficiarse de la tributación especial.La Ley de Vivienda redujo la exención fiscal general del 60% al 50% y sólo subía hasta el 90% para aquellos propietarios que realizasen rebajas del precio de hasta el 5%, reformas o alquilaran sus pisos a determinados colectivos en zonas tensionadas.Sin embargo, la ventaja fiscal anunciada por Sánchez, que sobre el papel parece atractiva, puede quedarse en nada. Está por ver si a los arrendadores les sale a cuenta bajar sus rentas (y acomodarlas a lo que marca el índice de referencia) para ahorrarse los impuestos.En Madrid, la propuesta planteada por Sánchez supondría dejar exentos hasta 6.000 euros del rendimiento neto para el propietario medio (que es por lo que ahora se tributa una vez deducidos gastos y aplicada la reducción del 50% vigente). Esto significa que este rendimiento neto dejaría de sumarse a la base imponible sobre la que se aplica el IRPF y los diferentes tipos según el tramo de renta. Suponiendo que tuviera que aplicarse el tipo máximo, resultaría una factura fiscal de 2.850 euros. Es decir, en el caso de mayor ahorro, ascendería a unos 2.850 euros.Pero, a cambio, tendría que cobrar un alquiler topado, que puede llegar a situarse hasta un 60% por debajo del precio de mercado. Es decir, por un piso por el que cobra una renta de unos 1.800 euros, sólo podría arrendarlo por 720 euros, lo que conlleva una merma de 12.960 euros al año. Con estas cifras, difícilmente le va a compensar a un propietario acogerse a los precios de referencia para aplicar la exención fiscal con una rebaja máxima de menos de 2.850 euros.Madrid no es un caso aislado. Cuando se lanzó el índice de referencia hace casi un año, Vivienda puso como ejemplo una vivienda en la calle Madrazo de Barcelona: mientras se ofertaba en el mercado por 1.172 euros, según el índice se establecía un rango máximo de 847 euros (un 38% por debajo). Habrá localizaciones donde no haya tanta diferencia, pero serán precisamente en los mercados menos tensionados por lo que el impacto real de la medida parece limitado.Además, para sacar adelante esta reforma fiscal, debe pasar por el Congreso y que sume los apoyos necesarios, algo con lo el Ejecutivo no cuenta de momento. De hecho, su socio de coalición en el Ejecutivo, Sumar, ya ha sido bastante crítico con esta ayuda tributaria para los propietarios." 
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