Bravepawn
15/04/14 22:47
Ha respondido al tema ¿Qué bancos trabajan ya con los adeudos directos?
Ir a respuesta
Creo que tucapital se ha referido a lo que ha deducido de ING leer respuesta de tucapital en burbuja
Pero para ING Adeudos directos ver mejor págs. 5 y 6 de este enlace Adeudos directos ING
Que dicen:
"En lo que se refiere a Adeudos Directos SEPA bajo el esquema CORE (o básico), se define un derecho de devolución para el deudor, que no necesita acreditar ninguna causa para la retrocesión de una transacción autorizada durante el periodo de ocho semanas que sigue a la fecha de cargo."Abono de adeudos domiciliados: Los fondos procedentes de aportaciones realizadas a través de adeudo domiciliado estarán disponibles en la cuenta del cliente y serán abonados en firme una vez hayan transcurrido los plazos de devolución, en su caso, o de anulación, establecidos en la normativa vigente que les resulte aplicable según su naturaleza. Ello no obstante, y en beneficio del cliente, ING DIRECT se reserva el derecho de anticipar total o parcialmente los abonos en firme de las mencionadas operaciones, siempre que el mencionado anticipo cumpla los criterios de riesgo de ING DIRECT."
Mientras la tabla de Enrique Valls está sacada del banco popular y es más general y exacta:
Tabla del banco popular
Y digo exacta porque es lo que he visto en la pág. oficial de Sepa España (pág. 9)
Plan de acción SEPA
Que dice:
"FICHA DE ADEUDOS DIRECTOS SEPA, versión básica...(Core)
Presentación con carácter general se deberán presentar al banco emisor con una
antelación respecto a la fecha de cobro de:
o 7 días hábiles para primeras operaciones o únicas y
o 4 días hábiles para operaciones recurrentes o últimas.
A partir de junio de 2013 además se ofrece la posibilidad de unificar los plazos y
acortar el plazo de anticipación de las presentaciones.
• Plazos de devolución
° Hasta 8 semanas a instancias del cliente deudor por cualquier motivo.
° Más de 8 semanas y hasta 13 meses para pagos no autorizados (por orden del
cliente). En este caso, el acreedor podrá oponerse a una devolución aportando
copia del mandato vigente."
Otro enlace de interés
http://www.sepaesp.es/sepa/es/faqs/sdd/