Yo en tu lugar, me pondría en contacto con Tesoro Público.https://www.tesoro.es/contactoHasta que no identifiques dónde está el error, mejor dejar al margen a la Agencia Tributaria.Un saludo.
En la fecha de la amortización (fecha de vencimiento), reinviertas o no, obtienes un rendimiento que tienes que declarar. Y el Banco de España (Departamento de Sistemas de Pago) te tiene que haber enviado por correo postal extractos con esa fecha.Un saludo.
Por lo que yo he leído, los rendimientos de las letras sí que aparecen en el borrador. Por tanto comprueba bien las fechas o repasa tus datos fiscales de la Agencia Tributaria.De todas formas, puedes calcular los rendimientos por los movimientos bancarios del año 2022 (de donde sale el dinero con destino a la compra) y teniendo en cuenta los gastos deducibles en el año año 2023 (comisiones a la hora del reembolso). Yo he reinvertido, y el Banco de España sí que me ha enviado las comisiones aplicadas en la amortización. Compré en 2023 y reinvertí en 2024.Un saludo.
No te han cobrado ninguna comisión.Cincuenta letras al 97,825% de precio medio, son 48.912,50 euros.Te devuelven por tanto 50.000 - 48.912,50 = 1.087,50 euros.https://www.tesoro.es/deuda-publica/subastas/resultado-ultimas-subastas/letras-del-tesoroLa inversión la tienes menos de 9 meses: días entre la fecha de liquidación y la fecha de vencimiento. Me da un resultado de 266 días.Y no inviertes 50.000 euros, sino que la cantidad que desembolsas son 48.912,50 euros.Por tanto 48.912,50 al 3,009% (interés medio) dividido entre 360 días, 4,088 euros diarios. Que multiplicados por 266 días, da un resultado de 1.087,48 euros. Dos céntimos que bailan.Un saludo.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/presentacion-declaraciones-ayuda-tecnica/presentacion-documentacion-complementaria.htmlEn el botón "Campaña Renta 2023", pinchar en "Todas la gestiones"->"Presentar documentación"->"Aportar documentación complementaria".Un saludo.
Las tiene que declarar en el ejercicio del vencimiento, que al parecer es año 2024 que se presenta en el año 2025.La información que has recibido por correo del Banco de España, es por si tienes la obligación de presentar la declaración del Impuesto de Patrimonio del año 2023. En esa documentación te indicará la situación al 31.12.23.Un saludo.
Yo no sé si al hacer reinversión el Banco de España cobra o no comisión.Es evidente que si no cobra, no te puedes deducir nada.Solamente sé que en el momento de la subasta, te devuelve la diferencia entre 1.000 euros y el valor al que se emite sin cobrarte.En el momento de la reinversión en que amortizas unas letras y compras otras nuevas emitidas, tiene que existir un importe que sobra. Comprueba que en ese importe no te cobran nada y te abonan la diferencia entre 1.000 y el importe de la nueva emisión. Yo no he hecho reinversiones de letras. Y sé que si no hago reinversión, me va a cobrar en el momento de la amortización. 1,50 euros por letra. Y mi rendimiento será 1.000-valor emisión-1,50.En el caso de que en la reinversión no te cobraran comisión, tendrías que declarar como rendimiento 1.000 - valor emisión de las letras amortizadas.Un saludo.
Estoy hablando de NO competitivas.Acudo a una subasta de letras del tesoro. Hago una transferencia de 1.000 euros y en el momento de la subasta la letra se emite a 970 euros. El Banco de España me devuelve en el momento de la subasta 30 euros.En el momento de la amortización (pasado el año), el Banco de España me ingresa 1.000 euros menos el 1,5 euros de comisión.¿Cómo se declara la operación?: (1.000 - 1,5) - (970) = 28,50 de rendimientos.Este es el supuesto que podríamos llamar normal.Como tu has reinvertido, comprueba en la fecha de la reinversión (es decir en la amortización de las antiguas), cuál es la cantidad que te han cobrado de comisión para restar ese importe de los 1.000 euros.Un saludo.