Acceder

Participaciones del usuario Avante - Bancos

Avante 24/05/10 02:13
Ha respondido al tema Quiero sacar todo el dinero del banco
Voy a hacer de abogado del diablo. Imaginemos que lo sacas en efectivo. Ahora toca meterlo en algún lado. Cuando vayas a cualquier entidad con una cantidad importante en efectivo informarán al SEPBLAC del Banco de España. La unidad que vigila el blanqueo de dinero, para entendernos. Te pueden marear lo que les dé la gana y si a tí te parece una buena idea jorobarles con el tema del efectivo creo que ellos prepararían una fiesta pensando en la inspección que te iba a caer. No me parece una buena idea. Aparte para ciertos importes es preciso recurrir a una empresa de seguridad para el traslado de efectivo. Es un tema legal que tampoco recomiendo saltarse. Lo mejor es un españolísimo corte de mangas al salir por última vez de ese antro. Saludos,
Ir a respuesta
Avante 20/05/10 03:09
Ha respondido al tema Esdinero...desmantelado
Es un tema complicado pero intentaré dar unas pinceladas en tono "coloquial". Una sociedad de inversión colectiva, una sociedad de agencia de valores o un banco cuentan con una autorización administrativa para operar en ciertas operaciones financieras (no todas, por cierto: por ejemplo no pueden hacer seguros si bien los venden como comisionistas). Tambien los Agentes Financieros están sujetos a control y registro administrativo y para poder ejercer comercializando productos de TERCEROS(importante) deben contar con un seguro de responsabilidad civil profesional. Por tanto, todas las actividades descritas deben contar con cobertura de Responsabilidad Civil derivada de su actuación profesional. Si entramos en las tripas de cualquier seguro de RC nos encontramos con que: -debe existir un nexo causal entre las acciones (culpa) u omisiones (negligencia) del asegurado causando un cierto daño. En caso contrario no hay responsabilidad. - Para que la misma sea civil tiene que ser ajena a la voluntad del causante puesto que si existe intencionalidad estaremos en el ámbito penal que, por cierto, se excluye en el seguro de RC. Está claro que una cierta forma de comercializar cualquier cosa no es accidental sino una decisión premeditada y, por tanto, que el servicio que se pretende ofrecer sea incapaz de retornar la rentabilidad prometida no es un tema de responsabilidades sino de incumplimiento contractual puro y duro. - si lo que se está produciendo es un Ponzi es delito y carecería de cobertura de seguro. - si se vende un producto de riesgo está claro, por definición, que el inversor asume que la operación puede tener un final desdichado. El seguro no está diseñado para bailar con la chica fea del baile pase lo que pase sino solo ante determinados supuestos que estarán relacionados no con lo pactado en el contrato sino ante una posible culpa o negligencia. - Si, además, la actividad se realiza fuera de la Ley estaríamos ante un ilícito y ningún seguro puede dar cobertura a algo contrario a la Ley. - Los profesionales firman contratos de servicios, no de obra. Por tanto no pueden garantizar el buen fin del contrato si bien están obligados a intentarlo con el estado actual de su ciencia. Por tanto el seguro no puede asumir competencias que ni siquiera tiene su asegurado. Algunos ejemplos: - Cubierto: el cliente solicita que se gestione compra de participaciones en el fondo A pero el asesor financiero se equivoca y formaliza la compra en el fondo B y al tener que desinvertir se pierden X euros. Sería una conducta culposa y daría lugar a responsabilidad (otra cosa es que el seguro lo cubra, que ya he visto de todo en este mundo). - Cubierto: el cliente ordena un reembolso del fondo A de renta variable pero el agente no lo realiza por descuido. Una semana más tarde el cliente reclama pero al reembolsar el valor liquidativo ha bajado y sufre pérdidas. Sería una conducta negligente y daría lugar a responsabilidad (ya veremos si se cubre). - Rehusado: promesa de que el fondo A dará un 7% de aquí a fin de año. El agente o entidad financiera carece de elementos de juicio para aventurar tal información y, con ello, vulnera el principio de veracidad y lealtad para con su cliente de un modo consciente. Deberá restituir pero estaremos ante una clara exclusión. - Rehusado: El vendedor informa un perfil MiFid falso para poder continuar con la contratación del producto: es una conducta penal, no civil. - Rehusado: El vendedor pacta con el cliente el reembolso del 100% de su inversión en caso de que no se conserve dicha cifra a una fecha dada. En un producto financiero de inversión el contratante asume el riesgo de la operación y, además, en todo contrato de seguro de RCP están excluidas las posibles indemnizaciones pactadas contractualemente siempre que las mismas no tuvieran que ser indemnizadas de no existir dicha cláusula. Es decir, el asegurador solo pagará si hubiera tenido que pagar sin que existiera la cláusula. En este tipo de seguros deben estar cubiertos los perjucios patrimoniales puros, sin que estén vinculados consecuencialmente a un daño material o personal. En el mercado español hay muy poca gente que trabaje esta línea de responsabilidad civil. Otro ejemplo: en mi empresa contamos con una cobertura de dos millones de euros por si cometemos un error. Pero si a un cliente con un hijo de 18 años le hacemos el seguro a nombre del padre mi seguro no me va a cubrir porque yo sé que ese contrato no puedo hacerlo así; no se trata de un error involuntario sino de una acción premeditada, consciente y equivocada. Por tanto, estaría actuando de forma contraria a Derecho y violando mis deberes profesionales :carecería de cobertura de seguro. Todo ello (y más) nos lleva a unas conclusiones: - Hay mucho burro por ahí que cree que el seguro de Responsabilidad Civil es una patente de corso, con lo que puede salir a hacer burradas sin miedo. - Hay un profundo desconocimiento de lo que significa el seguro y cómo funciona. - antes de firmar nada hay que leerse los contratos y verificar quienes son aquellos que nos ofrecen la suscripción del producto o servicio. Esta política es sensato seguirla tanto con los bancos y cajas como con otros espontáneos que puedan asaltarnos con la mejor oferta del mundo. Saludos,
Ir a respuesta
Avante 16/05/10 13:27
Ha respondido al tema Un año en el foro. Gracias a todos.
Bueno, Jexs, ha llegado el momento de la verdad. Tras esta enorme muestra de afecto estoy seguro de que a una mente despierta como la tuya no le asombrará descubrir que se esconde un cierto interés. ¿Dónde está la fiesta? ¿Qué hay para comer? Je,Je,...
Ir a respuesta
Avante 15/05/10 03:48
Ha respondido al tema Presentación de la marca coorporativa de Banca Cívica
Espero que lo de "cívica" implique la oferta de sus productos financieros y de seguros sin imposiciones, coacciones o chantajes. Es decir, no caer en el error estratégico en que caen otras entidades que dañan su reputación a la par que vulneran los derechos de sus clientes y del mercado. Sea bienvenida toda banca cívica. Pero que lo sea de verdad. Saludos,
Ir a respuesta
Avante 10/05/10 02:56
Ha respondido al tema Traspaso planes de pensiones
Efectivamente, puedes traspasar tu plan de pensiones tantas veces como desees. Primera cuestión: ten claro que el fondo de pensiones (los activos que realmente componen las inversiones del Plan) están sujetas a valoración diaria. Ello implica que en el momento en que ordenes un traspaso tus participaciones serán convertidas en dinero a un cierto valor liquidativo, traspasadas al otro fondo y vuelto a convertir el dinero en participaciones. Eso significa que si vendes cuando está bajando vas a perder valor y si compras cuando está subiendo idem. Normalmente la renta fija y variable siguen corrientes contrapuestas. Si vendes en variable puede ser interesante subirte a fija temporalmente y viceversa. Vende caro y compra barato. Otra cuestión: no aportes en diciembre cuando todo el mundo se sube al carro y las participaciones son caras por la demanda. Haz pequeñas aportaciones a lo largo del año: no solo tendrás más tiempo invertido tu dinero sino también te beneficiarás de una cierta dispersión de valores liquidativos de compra lo cual redundará en una mayor solidez de tu cartera. Saludos,
Ir a respuesta
Avante 05/05/10 00:28
Ha respondido al tema Seguro tarjeta banesto master card
Que yo sepa los seguros de accidentes vinculados con tarjetas de crédito solo surten efecto en caso de accidentes ocurridos en medios de transporte colectivos cuyos billetes hayan sido abonados mediante pago con dicha tarjeta. Aparte, en dichos seguros se cubre normalmente el fallecimiento (una situación que no deja lugar a dudas) y la incapacidad permanente absoluta que significa la imposibilidad definitiva de realizar CUALQUIER trabajo o actividad humana. En este sentido si estamos hablando de una secuela (incapacidad permanente parcial) no daría lugar a cobertura alguna al no ser absoluta. En todo caso sugiero solicitar copia del contrato de dicha tarjeta y revisar atentamente las condiciones de contratación de dicho producto específicamente. Saludos.
Ir a respuesta
Avante 30/04/10 09:47
Ha respondido al tema ¿Adónde iremos a parar?
Rsanjose, Es una pena que esa lúcida conclusión a la que fácilmente llegas no asalte a las víctimas con frecuencia. Para honra de mi cliente he de decirte que ya no es cliente de La Caixa. Saludos,
Ir a respuesta
Avante 23/02/10 02:40
Ha respondido al tema Cada vez hay mas foreros en Rankia que trabajan en bancos o cajas de ahorro
La falta de uniformidad enriquece. Ojala todos pudiéramos exponer abiertamente nuestras experiencias y escuchar las ajenas sin despertar iras sino aprendiendo de ellas y conociendo el punto de vista de los demás. Ahora bien, sí que considero que los talibanes con el cerebro lavadito a alta temperatura podrían refrenar algo su vena friki. La realidad es tozuda y ya somos demasiado mayorcitos para tragar según qué bolas. En general me gusta mucho la intervención de los compañeros bancarios y leo con interés sus aportaciones que me dan esa visión particular. Confieso que a veces meto baza si el asunto lo exije. Abrazos,
Ir a respuesta