me extinguen el subsidio por completo y ya no lo puedo seguir cobrando por pasar de rentas el mes anterior al de la solicitudSi te pasaste de rentas un mes, la suspensión sería solo de ese mes; para luego seguir percibiendo el subsidio normalmente.Si es así, comunícalo al SEPE para que te lo regularicen; es obligatorio hacerlo.
Mi consejo es que esperes a que el SEPE genere el cobro indebido y que te lo notifiquen.Te harán llegar un documento con el importe exacto a ingresar y con las instrucciones para la devolución.No lo hagas antes.
Son eso, atrasos; que se imputan a cada mes.Las cantidades correspondientes antes del mes anterior al de la solicitud del subsidio, NO cuentan.Tiene que centrarse en las cantidades percibidas dentro del mes anterior al de la solicitud y durante la percepción del subsidio.Excluyendo el importe del subsidio, ¿ha superado en algún momento de ese periodo los 850,50 euros ?Si la respuesta es no, NO hay nada que comunicar.
En la última reforma de este subsidio en 2019, recuerdo que hubo infinidad de denegaciones, ya que el cambio fue sustancial en muchos aspectos.En primera instancia los subsidios los denegaban -muchos por ignorancia y por desconocimiento- y le pasaban la patata caliente al cuerpo de letrados del SEPE.Finalmente muchas de estas denegaciones fueron corregidas en reclamación previa.Me huelo que va a pasar lo mismo, y eso que este subsidio no ha cambiado en nada en lo sustancial.
la ley no dice eso,nunca que cobrar Rai o sed no tienes derecho al subsidioEfectivamente, ni en las instrucciones del SEPE ni la Ley dice nada de eso.La nueva Ley lo que refleja claramente es que no se puede invocar el RAI y el SED como vías de acceso, y que esa era precisamente la voluntad del legislador con la nueva normativa; cerrar esas vías porque los tribunales la estaban a asimilando a la prestación por desempleo.