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Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años

7 respuestas
Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años
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Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años
#1

Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años

Buenas tardes, Grupo !
Estoy percibiendo la ayuda para mayores de 55 años.
Quiero plantearos la siguiente situación para saber si el razonamiento es el correcto y para que me resolváis un par de dudas.
Supongamos que, este Diciembre, realizo unas ventas de productos financieros y, como consecuencia, supero el 75% del S.M.I.
Una vez lo comunique al SEPE, se suspenderá la ayuda del siguiente mes de Enero.
A continuación, puedo volver a solicitarla para que el SEPE analice las rentas actuales para saber si supero los 750 €, o no.
Dichas rentas, serán las fijas mensuales que tenga y las que se generen por las ventas realizadas.
En caso que no supere el 75% del S.M.I., se volverá a conceder el Subsidio, a partir de Febrero.
1º ¿ Qué plazo se tendrá en cuenta para contabilizar todas las ventas ? Supongo que las de los últimos 12 meses ... No se considerarán, p.e., la venta de un Fondo de Inversión realizada 13 meses atrás ...
2º  En cuanto a la valoración de las ventas, el SEPE considera que dicho importe tiene una revalorización anual del 3%. Ahora bien, en el caso que se pueda demostrar se tratará del 3% de la Plusvalía generada. ¿ Es así ? 
Agradeciendo vuestra colaboración, os saludo

#2

Re: Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años

El SEPE mira las rentas mensuales, no anuales y el subsidio se suspenderá con rentas únicas superiores a 9000 euros y se reanudará si lleva un mes sin superar esa cantidad.
Nada de sumar lo de varios meses ni nada por el estilo.
Mientras no vendió los fondos tenía una renta presunta del 3% en los meses que ha tenido el fondo, que ahora lo venda obteniendo más o menos no cambia nada, es otro mes y otra situación diferente.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años

Gracias por tu respuesta, FRANJGR.
Sin embargo, permíteme que discrepe.
Supongamos que rescato un Plan de Pensiones de 45000 €. Lo primero es saber la Plusvalía del Plan. Supongamos que es del 30%; es decir, 13500 €. Como supera los 9000, se suspende el Subsidio del siguiente mes. 
A continuación, se calcula el interés generado por este importe al tipo legal del 3%; es decir, 
13500 x 0,03 = 405 €/año. Se prorratea en 12 meses, resultando 33,75 €/mes.
Si dicha cantidad sumada a otras posibles rentas no superan el máximo permitido (75% del S.M.I.), se volverá a conceder la ayuda.
Esto es tal como yo lo tenía entendido. Si estoy equivocado, dímelo, por favor.
Saludos
#4

Re: Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años

Los planes de pensiones se consideran y declaran, en su integridad, como rentas del trabajo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años

No veo la discrepancia, puede que no le haya interpretado bien en algún punto pero no estamos diciendo cosas diferentes.
El razonamiento es correcto, excepto en un punto. Todo el capital que no tenga un interés explicito, tendrá un interés presunto del 3%, por lo tanto ese 3% se aplicará sobre el total del dinero rescatado del plan de pensiones, a no ser que demuestre que ha gastado el dinero o lo ha invertido en un producto con interés explicito y no sólo a los 13500 que fueron incremento patrimonial.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#6

Re: Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años

No, era así con anterioridad. Actualmente, sólo se tiene en cuenta el beneficio generado.
Saludos
#7

Re: Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años

Gracias por tu interés. saludos
#9

Re: Análisis de las Rentas percibiendo el Subsidio para mayores de 52 años

Correcto !