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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#961

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días...acabo de coger la ayuda , ya que se agotó el paro, 6 meses me han dado por cargas familiares...
Tengo una duda ..si vendo unas acciones que me costaron 10.000 euros y saco 12.000 euros ... ganancias 2000, ésto me hace perder la ayuda ese mes que vendo las acciones. 
Un saludo...
#962

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No. Los pagos únicos hay que dividirlos entre 12 para saber la renta que hay que imputar 2000/12 no supera el límite.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#963

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias, entonces no hace falta avisar de la venta? Es así..
#964

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Entonces Fran, cual sería la cantidad máxima que no podría pasar para perder esa ayuda en caso de que continuara con ella a partir de esos 6 meses, estoy haciendo un curso que me va a llevar todo el año tranquilamente 
#965

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si no supera rentas, no es obligatorio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#966

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pongo otro ejemplo.
Cobrando subsidio52, hace más de 15 años no trabaja.
Se extingue subsidio por superar rentas 1 año.
Vuelve a trabajar 3 meses 
Solicita subsidio52 de nuevo.
Yo pienso que falta el requisito de los 2 años dentro de los últimos 15 y no lo conceden..
No es así?


#967

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

NO.

#968

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Por concluir:
Para acceder al subsidio de mayores de 52 años, hay que cumplir los requisitos de acceso a la prestación contributiva de jubilación SALVO la edad, lo cual supone cumplir años cotizados en forma de carencias (15, genérica y los famosos dos, de específica): si en su momento, el interesado obtuvo el reconocimiento del subsidio MAY, era porque acreditó ambas carencias. Todo este período va sumando meses de cotización. Si trabaja un año, tendrá acumulado a efectos de cotización: lo acreditado antes de solicitar el subsidio + lo cotizado por el subsidio + lo cotizado ese año trabajado. Tras volver a estar en SLD, cobrará la prestación contributiva y agotada ésta, podrá volver a solicitar el SUB MAY.
Si son tres meses de trabajo y éste no es a tiempo parcial, estaremos ante un caso de suspensión del subsidio, por lo que al finalizar ese trabajo, habrá que solicitar que sea reanudado el SUB.
Saludos.
#969

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si el subsidio se extinguió por superar rentas más de un año y creó una vía de acceso por trabajar por cuenta ajena tres meses, debe solicitar un nuevo subsidio y se le concederá. 
Puede poner cualquier supuesto que se le ocurra que en todos los casos, tiene salvado el cumplimiento del requisito de carencia específica.
#970

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Para concluir;
a ver si con el ejemplo de MANOLITO se ve mas claro.

#971

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

LOL.

#972

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas tardes,
Podría explicar un poco más en detalle lo de jubilarse a los 65 con la ley anterior si se lleva mucho tiempo en el paro?
Llevo 10 años en el paro pero según la ley actual no me podré jubilar hasta 2027, cuando cumpla los 67.
Muchas gracias.

#973

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Supuestos y Dudas .. ¿?

1.- Vendo unos fondos en 02/24, que obtengo una GP de 11.000 € /12 = 916 = Suspensión 1 mes.

2.- Mismo mes 02/24 vendo unas acciones con PP de -2.592 €
      +11.000 -2.592 = +8.408 / 12 = +700 €
      No hay suspensión ¿? ..
      Es decir las PP restan las GP no ¿? dentro del mismo mes ¿?..

3.- Mes 02/24 cobro de RCM intereses de un depósito a 36 meses 11.000 €
      Asigno al mes: 11.000/36 = 305 ? y sólo al mes de 02/24 y no a los 35 meses anteriores no        ¿?.................... Para nada 11.000/12 ¿?..

4.- Continúa habiendo 1 mes de espera desde que acabas la prestación contributiva (Paro) ?
      se había hablado de suprimirlo ¿?..

5.- Previsión de actualizar el IPREM 2024 ? , Actualizar bases de cotización Sub52 ¿?..

Muchas Gracias !! y agradecer tu colaboración en el Foro !!
#975

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

1.- Correcto
2.- Yo no conozco ningún criterio que permita restar perdidas patrimoniales de ganancias patrimoniales y el hecho de que las ganancias se imputen al día de la venta hace complicada esta interpretación. Yo no creo que se lo acepten.
3.- Los intereses de cuentas o de depósitos se dividen entre el número de meses a que corresponden, pero se imputa el cociente a cada mes y no sólo al último.
4.- La supresión venía en el RDL 7/2023 que no fue convalidado por el congreso. Por lo tanto, de momento sigue existiendo mes de espera.
5.- Desconozco ambas cosas no tengo ningún tipo de contacto con el gobierno. Mi teoría es que que el IPREM están esperando a subirlo cuando haya presupuestos, si consiguen aprobarlos. Sobre la orden de cotización que actualice las bases mínimas y, por lo tanto, la base de cotización del subsidio para mayores de 52 años, no tengo ninguna teoría, no veo ninguna razón para aplazarlo.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos