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Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

48 respuestas
Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes
3 suscriptores
Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes
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#16

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

Si, muchas gracias por ayudarme. Tengo cita ahora en el SEPE para ver cómo planteo la reclamación.
#17

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

ok ya contaras como va
#18

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

Hola Carlitop

Segun nos cuentas tienes los requisitos de cotización , quince años , seis en el regimen general y dos en los ultimos quince. Tienes la edad y carencia de rentas  por lo que solo falta saber si tienes hecho causante.Cuentas que has cobrado prestacion contributiva por lo tanto la salida de tu ultimo trabajo fue por despedido no por baja voluntaria, si ademas has fichado el paro sin interrupción , cumples todos los requisitos.

Solicite la ayuda y se la concederan.
#19

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

perdonad, ¿pero no se han cargado lo del coeficiente de parcialidad, con las sentencias que salieron este año del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Constitucional español?
Creo, por ello, que un día de cotización cuenta como un día para los cálculos de los periodos de carencia, con independencia de haber sido a tiempo parcial o completo.
https://www.expansion.com/economia/2019/07/04/5d1d0c3be5fdeabd608b458b.html

Si leéis el artículo del consultorio del BBVA sobre pensiones, en el que describen cómo se calculan los coeficientes (ya anulado), en las respuestas más recientes confirman este hecho:
https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/me-quedara-pension-con-un-trabajo-a-tiempo-parcial-y-menos-de-15-anos-cotizados.html
 Dado que el acceso al subsidio especial para mayores de 52 años exige, entre otros requisitos, un periodo de cotización de al menos 15 años, cumpliría dichos requisito aunque 3 de ellos han sido a tiempo parcial, pues desde la eliminación por la STC 91/2019 de los coeficientes de parcialidad, los años cotizados a tiempo parcial computan, a estos efectos, como años a tiempo completo. 
Si es así, me parece increíble que rechacen una solicitud por no enterarse de cómo está ahora la normativa.
#20

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

si es asi bacalo pero me extraño tanto q por eso aun asi le hice el calculo..sea como sea le pertenece..es incomprensible 
#21

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

Si, el coeficiente de parcialidad ha sido declarado nulo por el Tribunal Constitucional. El INSS todavía no ha modificado los programas informáticos que calculan los periodos de cotización y según me han dicho en el SEPE los han empezado a calcular manualmente. 
Tengo cita mañana con el INSS para que me lo aclaren. En mi informe de vida laboral tengo 16,5 años y sin embargo en el Servicio Estatal de empleo me dicen que tengo 14 años y dos meses. Algo no cuadra.
#22

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

Hola esta mañana he estado en el INSS y el funcionario que me ha atendido me dice que la sentencia del TC solo afecta a la hora de calcular la cuantía de las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial, es decir, a los porcentajes. Pero que no afecta en absoluto al periodo mínimo de cotización, que sigue siendo de 15 años y por tanto cuando presente reclamacion ante el SEPE ellos, el INSS, volverán a decir que no llego a los 15 años.

En mi vida laboral tengo 16,5 años de alta de los cuales 9 son a tiempo parcial. Le he mencionado lo de calcular el coeficiente global de parcialidad  para calcular el periodo mínimo exigible en mi caso  y nada , dice que tampoco. Cómo hablar a una pared. Que tengo que acreditar 15 años cotizados. 
#23

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

Y esos 16,5 años ¿son todos correspondientes a días diferentes, o tienes días superpuestos -pluriempleo-?
Después de los revolcones del constitucional y el tribunal europeo, ahora todas las prestaciones por tiempo parcial se deben calcular en base a días de calendario, dando igual si esa jornada trabajaste 1 hora u 8 horas, o si en una semana trabajaste 1 día o 5 días.
Pero claro, si cotizas el mismo día en dos empresas, cuenta solo como 1 día cotizado a la SS, aunque en la vida laboral se suman.
Necesitas tener al menos 5.475 fechas de cotización diferentes. Y una misma fecha puede figurar como cotizada por dos o más empresas.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#24

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

En esos 16,5 años no incluyo 24 días de pluriempleo.

He estado leyendo la sentencia de TC y en los antecedentes dice algo así como que este tribunal no va a valorar el periodo mínimo de cotización de 15 años exigible para cobrar las pensiones, la  verdad que leyendo todo completo me he perdido.
#25

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

No entiendo como te dice el funcionario eso...yo haria reclamacion al sepe y q soliciten el informe de cotizaciones...por q por mas vueltas q le doy ..a ti te pertenece
#26

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

expon tu caso en loentiendo.com a ver q te dicen
#27

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

Si, voy presentar reclamación. El asunto está que en el informe de cotizaciones los 9 años a tiempo parcial el INSS me los divide por la mitad , me ponen 1659 días. Y cuando el SEPE vuelva a solicitar el informe de vida laboral les dirán que tengo 12 años cotizados.
#28

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

Si, gracias. Voy a probar.
#29

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

es cierto que la sentencia del TJUE y del Constitucional hablan estrictamente sobre el cálculo de la pensión y no sobre el periodo de carencia, porque el caso que desencadenó las sentencias se centraba solo en el primer aspecto.

Pero parece medianamente claro que fallarían lo mismo sobre el periodo de carencia: que es discriminatorio aplicar el coeficiente de parcialidad,.porque directamente no es que te quede una pensión menor, es que no te dan pensión. Y las estadísticas de proporción mujeres/hombres son las mismas. Yo usaría este argumento en la reclamación.




 debe responderse a la primera cuestión prejudicial que el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 79/7 debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro, como la controvertida en el litigio principal, según la cual el importe de la pensión de jubilación en la modalidad contributiva de un trabajador a tiempo parcial se calcula multiplicando una base reguladora, determinada en función de los salarios efectivamente percibidos y de las cotizaciones efectivamente satisfechas, por un porcentaje que depende de la duración del período de cotización —período al que se aplica un coeficiente de parcialidad equivalente a la relación existente entre la jornada a tiempo parcial efectivamente trabajada y la jornada realizada por un trabajador a tiempo completo comparable y que se ve incrementado por un coeficiente de 1,5—, en la medida en que esta normativa perjudique en particular a las trabajadoras respecto de los trabajadores de sexo masculino. 

Si se empeñan, desgraciadamente tendrías que emprender una batalla judicial, salvo que hubiese mucha gente afectada por el tema y montáseis el escándalo que se armó con la sentencia sobre la exención de la prestación por maternidad. 
Mira como en este caso el gobierno decidió aplicarla a las prestaciones por paternidad (cuando la sentencia solo hablaba de prestaciones por maternidad) y posteriormente encontraron una solución "imaginativa" para devolver las retenciones a las mujeres que ya habían reclamado por el tema siendo rechazada su solicitud y no teniendo posibilidad legal de una segunda reclamación por el mismo motivo
. Desgraciadamente, en España muchas veces tenemos la "justicia de los medios de comunicación", si no haces ruido, ni caso.



#30

Re: Denegación subsidio mayores 52, por insuficiencia de cotizaciónes

Si, la reclamación administrativa tendré que enfocarla como dices, pero me temo que no va a servir para nada. Ya me las he tenido que ver con el SEPE judicialmente hace años y ellos llegan hasta el final cueste lo que cueste, y perdí.