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Ojo con los Seguros Colectivos de Construcción de las casas.

20 respuestas
Ojo con los Seguros Colectivos de Construcción de las casas.
Ojo con los Seguros Colectivos de Construcción de las casas.
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#17

Re: Ojo con los Seguros Colectivos de Construcción de las casas.

Buenas a todos.
He estado leyendo este post en el foro porque voy a comprar un piso sobre planos y mi Banco exige para adelantarme los pagos que las cantidades entregadas a cuenta estén avaladas, tanto global como individualmente. He investigado sobre el tema porque el promotor me ha dicho que no puede extenderme la póliza individual hasta que no se firme el contrato de compraventa. El problema es que en el momento de la firma está previsto entregar 24.000 euros. Mi temor es que en el período de tiempo entre la firma y la obtención de la póliza individual estoy totalmente indefenso, amén de que mi Banco no me adelantará el dinero hasta que le comunique mi póliza individual. ¿Sabéis si es lo normal o puede solicitarse la póliza individual antes de la firma del contrato?
Por otro lado, ¿creeis posible la solución que tengo pensada de firmar el contrato sin entregar nada en efectivo hasta la entrega por parte del promotor de la póliza individual?

Muchas gracias por vuestro tiempo y ayuda!!

#18

Re: Ojo con los Seguros Colectivos de Construcción de las casas.

Bueno, intento contestar de forma clara y organizada:
1.- tal como establece la legislación vigente, las cantidades anticipadas por los compradores deberán ser ingresadas por el promotor en una cuenta especial, con separación de cualquier otros fondos del promotor. Simplificando: no pueden ir al bolsillo del promotor, sino a una cuenta especial que el promotor tiene que identificar como tal. PRIMERA SEGURIDAD.
2.- esta caución o afianzamiento nace con la emisión de la póliza, se inicia desde la fecha de firma del contrato de compraventa entre promotor y comprador, y está en vigor hasta que se entrega la documentación legal que permita realizar la entrega de la vivienda.
3.- la cantidad que hay que cubrir es la que figure en cada contrato de compraventa como cantidad anticipada o a entregar (esto debería darte una pista)por el comprador al promotor, a cuenta del precio definitivo de la vivienda, y siempre que se produzca antes de la entrega de ésta por el promotor. Hay que excluir del seguro todas las cantidades a entregar a la firma de escritura y entrega de llaves, así como la a hipotecar. La cantidad garantizada se incrementará con el IVA y el interés legal correspondiente, de acuerdo con lo establecido en las leyes citadas anteriormente.

Por tanto, yo lo que haría sería pactar en el contrato de compra-venta la entrega de una cantidad diferida (por ejemplo, quince días) que deberá ser ingresada en una cuenta especial de lo que el promotor presentará certificación del banco y, en el acto de la entrega facilitará el correspondiente certificado particular que tras la firma del contrato de compra venta habrá solicitado al asegurador.

Otra vía puede ser la de incluir una condición resolutoria: si en los quince días siguientes a la entrega del dinero no se entrega el certificado, debe reintegrarse el dinero más una penalización a estipular. Evidentemente, con el certificado del banco por delante indicado que se produce ingreso en una cuenta especial y siempre viendo que el promotor ya tiene la póliza emitida para esa obra concreta en el momento de firma del contrato de compra venta.

Por cierto. Me gusta que se haga con aseguradoras españolas.

Saludos,

#19

Re: Ojo con los Seguros Colectivos de Construcción de las casas.

Nosotros no encontramos con otro problema que aquí si ni siquiera se menciona. No se encuentra aseguradora que quera asegurar este riesgo. La única que se lo planteó exigió contratar además y como mínimo el seguro decenal del edificio. La ley establece una obligación, "el mercado" dicta sus normas en la práctica, no hay quien haga un control de legalidad, la gente desprotegida. Seguro que hay más experiencias por ahí

#20

Re: Ojo con los Seguros Colectivos de Construcción de las casas.

Hola Tinosolla5247,

¿Puedes aclarar el tema?

De entrada he de comentar que el seguro de afianzamiento es un contrato de garantía financiera que se emite a favor de los depositantes de cantidades a cuenta y que paga si el promotor incumple sus compromisos.

Como todo seguro tiene sus filtros y en este caso es importantísimo que el promotor cuente con una mínima solvencia que le permita al asegurador pensar que será capaz de ejecutar la obra y entregarla en plazo. El seguro sirve para cubrir situaciones imprevistas, no ciertas.

Por tanto al promotor el seguro de caución deberá exigirle que acredite dicha capacidad técnica y financiera para poder ejecutar la obra, además le exigirá que los dineros recibidos a cuenta de los compradores se depositen en una cuenta aparte y solo sean utilizados para la edificación a la que corresponden tales aportaciones.

En consecuencia puede haber factores más allá de los que aquí podemos analizar que hagan inviable que a algún promotor se le acepte el riesgo de caución.

En todo caso el tema de condicionar una póliza de seguro decenal (por cierto obligatoria pues el caso que cita no parece ser el de un autopromotor) con la misma aseguradora no solo es una práctica prohibida por el art 5º de la Ley de Mediación si la propone un agente o corredor sino también lo es en virtud del RDL 1/2007 de consumidores y usuarios: un puro chantaje siciliano.

El control de la legalidad y de la gente desprotegida se ejerce mediante denuncia ante la Autoridad. Eso por cuanto al chantaje.

Si es respecto de cuestiones de insolvencia, ausencia de recursos técnicos, nula experiencia u otros motivos que pueden dar lugar a denegar una caución (que es equivalente a una fianza o aval bancario) no se puede denunciar pues es un criterio de seguridad al que está obligado el asegurador.

Un cordial saludo,

#21

Re: Ojo con los Seguros Colectivos de Construcción de las casas.

Muchas gracias por su contestación y por su tiempo.
Le aclaro un poco más: Hablamos de una Cooperativa que promueve tres bloques de viviendas VPO. La gestión del proyecto y toda la tramitación lo lleva una Gestora (inscrita en la asociación de gestoras promotoras de ...) Todos los socios cooperativistas han entregado cantidades a cuenta. Desde el primer momento se ha solicitado el seguro de afianzamiento, a día de hoy no se ha conseguido. Primero era una Caja de Ahorros con la que se iba a conseguir la financiación la que se iba a encargar de asegurarles todo, después no era eso, sino que había que tener un número determinado de socios-pisos vendidos, después que había que tener la licencia de obra aprobada, más tarde que tener pagado el terreno, ahora que junto con seguro decenal, en fin, para cada cosa que se pedía había un riesgo, los cooperativistas si estaban asumiendo un riesgo al no tener aseguradas las cantidades entregadas, y ahí siguen. Todos los intentos en vano, la ley lo obliga pero ...

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