Las Letras del Tesoro, junto con los Bonos y Obligaciones del Estado ya sabes que forman parte de lo que se llama Deuda Pública española y es el conjunto de deudas que mantiene el Estado español frente a los particulares (y empresas también) que pueden ser españoles o de otro país, pero todo tiene su riesgo... Soportable o no, es algo muy personal.
De hecho la deuda pública española, según las más influyentes 3 agencias calificadoras de riesgos (Moody's, Standard & Poor's y Fitch, no necesariamente por ese orden) tiene más riesgo que, aunque parezca increíble, que la deuda pública de países como Lituania, Islandia, Estonia o Israel. Con esto no quiero meterte más miedo del que pudieras llevar encima si tu perfil es de aversión al riesgo. Si tienes curiosidad, puede ver en el siguiente enlace los "rating" de riesgo de la deuda pública de muchos países de varios continentes según esas 3 agencias en el siguiente enlace:
https://datosmacro.expansion.com/ratings Hoy tienes depósitos a un año y menos por encima del 2% en entidades bancarias que están adheridas al
FGD (Fondo de Garantía de Depósitos español) y en caso de quiebra de alguno de esos bancos adheridos (que son muchos y muchas personas ni han oído su nombre nunca) tendrías garantizados tus depósitos hasta 100.000 euros por cada titular y en cada una de esas entidades financieras.
Lo bueno que tienen las Letras respecto a depósitos bancarios es que no hay retención fiscal en origen, de modo que intereses brutos = netos.
Si por un deposito bancario y por Letras consiguieras, en el mismo plazo de tiempo, una cantidad de, pongamos, 1.000 euros, lo que te paga el banco a vencimiento son 810 € (los 1.000 menos el 19% de 1.000) y, en cambio, con Letras tendrías esos mismos 1.000 € (netos ya de comisión 0,15% a vencimiento en esta simulación) para reinvertirlos íntegramente.
Para poder comparar rentabilidades entre depósitos bancarios con retención y Letras habría que calcular en ambos casos lo que se llama la
rentabilidad financiero-fiscal, que ya tiene en cuenta el efecto de la retención en origen ya que la retención fiscal en depósitos solo se recupera el 30 de junio cuando al año siguiente de cobrar los intereses presentas el IRPF.
Desde este punto de vista financiero-fiscal, el más completo, donde peor parados salen los depósitos es cuando han vencido a primeros de año y el efecto negativo es menor cuando vencen a finales de año. Entre elegir un depósito que venza el 30 de diciembre del año X y otro que venza el 2 de enero del año X+1, aunque sean solo tres días de diferencia el efecto fiscal entre uno y otro son 12 meses. La retención del 30 diciembre año X la recuperas el 30/6/X+1 (6 meses después) y la retención del 2 de enero año X+1 la recuperas el 30/06/X+2. (18 meses después).
Así, para un depósito que generará 1.000 euros brutos de intereses cuando venza el 02-01-2023 te habrán retenido ese día 190 euros que hasta el 30-06-2024 no recuperarás cuando en esa fecha presentes el IRPF, lo que supones casi 18 meses sin rentabilizar esos 190 euros.
En cambio, los 1000 euros de intereses en Letras incluyen esos 190 euros que puedes rentabilizar en otro depósito o en otra Letra durante esos 18 meses. No sé si me explico...
A ver si en otra ocasión puedo aportar un ejemplo numérico comparando depósito vs. letras desde el punto de vista de sus respectivas rentabilidades financiero-fiscales. Saludos.