Re: ME Cajon de Sastre
El decreto ley de 31 de agosto ya no está en vigor.
Ahora está en vigor la ley del 14 de noviembre.
El decreto ley de 31 de agosto ya no está en vigor.
Ahora está en vigor la ley del 14 de noviembre.
Perdón por mi intromisión en un foro de inversores, pero me puede la curiosidad. ¿Que es lo que dice la ley del 14 de noviembre, y que diferencia tiene con el decreto ley del 31 de agosto ( si es que éste ya no está en vigor, salvo que yo lo haya entendido mal )?
Nadie tiene que perdonarte tus intervenciones. Son bien recibidas. Eres una persona que aportas muchos enlaces e información.
Respecto al R.D.L. de 31 de agosto y la ley 9/2012 no hay diferencia en cuanto a los instrumentos híbridos (preferentes) y deuda subordinada.
El proceso sigue siendo el mismo:
Primero un plan de reestructuración en el que se contemplan pérdidas para los accionistas, los titulares de preferentes y los titulares de deuda subordinada, en ese orden (artículo 39).
Después una oferta de canje por acciones aunque también se contemplan otras posibilidades, como recompra condicionada a la reinversión en acciones (es lo mismo), quitas y amortización anticipada por debajo del nominal, pero fundamentalmente se encaminan al canje por acciones, asimismo se puede variar la remuneración (artículo 40).
Para valorar la quita se contará con la opinión de un experto independiente (auditoras-valoradoras) (artículo 41).
Esta opción será de aceptación voluntaria y habrá un proceso con información y cumplimiento de la normativa MIFID (artículo 42).
Después de este proceso voluntario, el FROB puede tomar decisiones sobre los instrumentos híbridos y deuda subordinada que afectan a todas las características: conversión obligatoria, quita, vencimientos y pago de intereses (artículos 43 y siguientes).
Finalmente las decisiones del FROB quedan blindadas judicialmente ya que son firmes y solo sujetas a un recurso contencioso administrativo (artículos 71 y 73).
Lo que ocurre es que formalmente ya no se debe hablar del Decreto Ley, sino de la Ley 9/2012 de 14 de noviembre.
¡Gracias por la información!
Alguno llevais CHipotecarias? los grandes bancos (hoy el BBVA) están amortizando a tope.
Imagino que será porque en alguna emision debe estar algo que sea pufo y si lo quieren traspasar al banco malo supongo que legalmente no podrán, para no mentir más, así es que amortizan.
He estado mirando y el interés de cupon es bajo y cotizan casi todo sobre el nominal, escepto los zombies.
SIGUE ESTANDO PROHIBIDO PUBLICITAR CÓDIGOS EN LAS FIRMAS
Hay bastantes emisiones de C.H. que no eran para colocar entre inversores. Servían solo de colateral (garantía) para que el BCE diera dinero a la banca, ya que entre los diversos instrumentos para la financiación de los bancos uno es ese.
Si por cualquier circunstancia no nececistan esos fondos lo que hacen es amortizar la emisión.
El problema de estos bonos es que posiblemente a partir del 28 de febrero (comunicación al BdE de las cuentas anuales de la banca) deben suspender el abono del cupón, porque no tendrán beneficios en el 2012 y parece que, según las condiciones de emisión es una condición para el pago.
Se comenta que Popular quiere seguir pagando el cupón, pero para ello me parece que tendría que haberlo solicitado en el plan de recapitalización.
Se podría en todo caso aplazar durante un año en virtur de la D.A.primera del R.D.L. 18/2012, pero ya comento que para ello se debería haber solicitado en el plan de recapitalización.
No cobrar un año de intereses o verse forzado a la conversión por acciones en mayo 2013 al precio que esté la cotización, hoy por hoy me parece un poco aventurado.
Para entrar se debería dar alguna de estas cosas: bajada del bono, subida de la acción o confirmación de que se pagará el cupón en aplicación de la norma que he citado.