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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
4 suscriptores
Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#6849

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Monteverdi, los privados los recibes en tu correo electrónico, al entrar al foro no los ves. Revisa el correo y allí tendrás los mensajes privados.

#6850

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Si quieres contestar a alguien en particular, pues como lo estás haciendo; dando a "Contestar" en su mensaje. Si quieres hacer un comentario que no sea al hilo de otro comentario anterior, te vas arriba del todo de la pantalla y debajo del título "Deuda Subordinada de Caixa Catalunya" a la derecha (debajo de la palabra "Catalunya") hay un óvalo horizontal de color azul (igual que el que das para contestar un mensaje pero más grande) dónde pone "Contestar a este tema".

#6851

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

sinceramente y para que voy a decir lo contrario no me gustaria salir en los medios de comunicacion, de momento voy a esperar a ver que pasa con todo, porque si en el mejor de los casos me quedan sobre 12000 euros para que voy a ir a un abogado? para al final quedar entre lo comido y lo servido?.

mi caso parece gando a priori pero me da un miedo la justicia,es tan injusta.

hbalndo de justicia yo me descojono cuando hay gente que afirma que el firmante ha de demostrar que no sabia de finanzas, jajaaja, como se demuestra que eres un ignorante?, es flipante, mas bien sera que el banco tendra que demostrar que tu sabias de finanzas en todo caso.

de pandereta.

#6852

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

gracias, ahora lo he visto, es que es un peñazo usar un ordenador con adaptaciones opticas en la pantalla, hasta que te haces a un nuevo foro o pagina vas muy lento, ya puestos como se entra a los mensajes privados?

#6853

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Para enviar un mensaje privado pinchas en el nombre del usuario y te da la opción (en color naranja-marrón) "enviar un mail a X". Si te lo mandan, recibes un correo electrónico y te da la opción de contestarlo. Si entras en tu perfil (pinchando el óvalo naranja-marrón arriba de la pantalla a la izquierda (debajo de Rankia) no ves los mensajes privados, por lo menos yo no he encontrado esa opción.

#6854

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

MIL GRACIAS Insubordinado.

yo a la hora del canje si llegara ese momento añdire esta clausula que tu puedes escribir en el contrato de canje y que recomiendan varios abogados, en caso de que no te la dejen añadir, pides una hoja de reclamaciones y citando el contrato que vas a firmar escribes esa clausula diciendo que no te la han dejado añadir y luego HAN DE SELLARTE LA HOJA DE RECLAMACIONES, importante.

"Manifiesto expresamente que la aceptación de este canje se debe única y exclusivamente a mi necesidad de obtener liquidez e intentar recuperar parte de mis ahorros. Que no se me ofrece alternativa a este canje y que es un contrato de adhesión. Que la aceptación de este canje es únicamente a estos fines y no significa mi conformidad con el mismo ni con los contratos originales de los que deriva. Me reservo expresamente la posibilidad de emprender las acciones judiciales que considere oportunas para recuperar la totalidad de mi inversión que yo creía que estaba 100% garantizada y no corría riesgo alguno."

#6855

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

En realidad, la carga de la prueba en estos casos la tiene el banco. Tiene que demostrar que sabías lo que estabas contratando. Para ello, tiene que aportar la prueba fundamental que es la firma de un folleto informativo. Luego están las pruebas circunstanciales que usan, como "que recibía intereses y le parecía muy bien", "recibía información fiscal que podía interpretar como que no era un depósito", etc.
Pero contigo, aunque firmaras, tendría que demostrar que puso los medios para que pudieras leer o entender la documentación que estabas firmando.
De lo contrario es lo que se llama en derecho una "prueba diabólica"; demostrar que algo no se ha producido. En derecho hay que demostrar la existencia de unos hechos, no la inexistencia de los mismos.
LA CARGA DE LA PRUEBA LA TIENEN ELLOS

#6856

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Lo que no entiendo es lo siguiente:
Los que ya les han realizado una quita del 1.5% y el 4.5% a qué tipo corresponde? a subordinada con vencimiento y que ya les vencía? o bien "han vendido sus subordinadas" para obtener el dinero? o bien eran precedentes? Es que no lo llego a entender...

Saludos y a vuestra espera.

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