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Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

16 respuestas
Registro de la propiedad, necesario en mi caso?
Registro de la propiedad, necesario en mi caso?
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#9

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Si pero si no está registrado el 'nuevo comprador' lo puede registrar aunque te fue vendido a ti antes con lo cual tienes el pollo liado y seguramente el segundo comprador al ser 'inocente' (tiene una palabra legal pero no la recuerdo) se quedaría con la propiedad. Evidentemente es un fregado para el vendedor pero puede ser posible.

#10

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

En el caso de la doble venta el 'nuevo comprador' de buena fe no se le podría reivindicar la propiedad, por lo que te quedas sin tratero. Es lógico, si él pagó a quien se presumía propietario y el Registro lo corrobora.

Luego ya conbrarás, si puedes, del que se ha enriquecido injustamente.

#11

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Si no registras, el riesgo es muy elevado, pongamos que tu vendedor tiene problemas económicos y lo embargan, como está registrado todavía a su nombre, te encontrarás con un embargo que no podrás evitar, el embargante es un tercero de buena fe, y no tiene porque saber que se vendió si no consta en el registro, o imagínate que en una herencia sin testamento, los herederos encuentran en el registro que hay este trastero, pues hacen los tramites y se pone a su nombre, y tu ya la tienes liada, tendrás que instar un juicio por tercería de dominio, y no tienes garantía de que consigas nada, mira el registro son unos 150-200 euros como mucho ¿te la vas jugar por este importe? Yo no lo haría ni de coña.

#12

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Efectivamente el registro es un requisito voluntario, si bien la costumbre y la seguridad jurídica lo han convertido es algo más que recomendable, la ley solo obliga a pagar los impuestos de las transmisiones, a partir de ahí cada cual ......

#13

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Creo que me ha quedado muy claro. A todos muchas gracias por vuestra opinión y eficacia.

W. Petersen, llevas razón, no había caido. Estimo mucho tu opinón, creo que tus aportaciones en el foro son más propias de una web premium de pago, en mi opinón, tus intervenciones son de un 10.

Visto lo visto, iremos a registrar el trastero, no sea tengamos un lío dentro de un tiempo.

Lo dicho, muchas gracias a todos.

Método, disciplina y tiempo

#14

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Si quieres te doy una idea en cuanto a ahorro, normalmente de esto se ocupa una gestoría, que te cobraran por sus servicios, como es obvio, pero si vas tu directamente al registro de la propiedad pides un modelo 600 para liquidar los impuestos que te lo puedes descargar por internet, supongo que si “buceas” por esta página ….. http://sede.juntaex.es/web/portal/tramites
Si te encuentras con un empleado que sea servicial en tu registro de la propiedad te puedes ahorrar la gestoría, pero tienes que estar seguro de lo que haces, no sea peor el remedio que la enfermedad, yo lo he hecho con un parquing y una cancelación de hipoteca, lo vi fácil y claro y “palante” pero si hubiera dudado no lo hago, los recargos y sanciones suelen ser mas elevados que la factura de una gestoría, que estas dan además la garantía del servicio.

Por cierto si hace mas de 30 días (o tal vez un mes y medio) el modelo 600 tendrá ya un recargo por fuera de plazo.

Si no encuentras el impreso llama a la Junta, te ayudan seguro, al menos en el portal de la Generalitat de Catalunya lo hacen, y seguro que los extremeños sois igual de buena gente (si no más).

#15

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Amigo Petersen. Los Extremeños son buena gente, tienen unos jamones de pata negra como el tizón que hacen perder la cabeza. Igualmente tienen unos quesos, curados en no se qué cuevas a no se qué humedad, de pura leche de cabra que el paladar te hace chirivitas. Encima estos tipos, meten el susodicho queso en unos tarros de cristal, en los que coexiste en perfecta armonía el aceite de oliva virgen extra con el queso durante dos o tres meses. Algo tremendo!.

Todo esto está muy bien, estoy en Extremadura por temas de trabajo aunque soy de Granada, tierra que lloro diariamente en la lejania y exilio extremeño, aunque como te digo, con los tesoros de pezuña negra la pena es menor.

Dicho esto, el trastero dichoso lo he comprado en Málaga, y el impuesto a la Junta, de Andalucía en este caso, ya está religiosamente liquidado, con su modelo correspondiente y los 350 pavos ingresados puntualmente. Sólo me quedaría el tema del registro, ya hace 4 años registre un apartamento en el mismo sitio, de hecho, el trastero viene a completar la compra veraniega.

Y por cierto, viendo que eres Catalán, decirte que cuento las horas para pasar unos días en Barceloa, ciudad que no me canso de visitar. Sentarme frente a la Pedrera y preguntarme como puede existir genios que hagan semejante obra de arte. Recuerdo también en la zona de las ramblas que había un "garito" que repartian con alegría ostras y champan, a precio de crisis. Visita obligada por supuesto.

Lo siento he acabado divagando. Gracias por tu útil información, a tu disposición.

Método, disciplina y tiempo

#16

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Pues oye, solo te queda personarte en el registro de la propiedad de Málaga, o mandar a un primo (cercano o lejano) que presente la escritura, una copia simple, o una fotocopia de la misma, los originales y copia de la liquidación pagada, te pedirán un teléfono o e-mail de contacto para indicarte dentro de 3 semanas (o tres meses) depende del registro, que ya puedes ir a recoger el documento, pagando la oportuna factura de arancel registral.

Si vas tu, de camino a Málaga, pasando por Granada está Dhul, a ver si les dices que hay un "pájaro" catalán que pide información de la ampliación de capital, y que no le llega .... je .... je .....