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Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

16 respuestas
Registro de la propiedad, necesario en mi caso?
Registro de la propiedad, necesario en mi caso?
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#1

Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Hola a todos.

Con vuestro permiso, me permito la licencia de solicitar opinión sobre un tema en concreto. Seré breve para no aburrir al personal rankiano.

Hace cosa de un mes compré un trastero. La compra se ha realizado ante notario, el trastero estaba inscrito en el registro (lógico pues así es como el notario verifica la ausencia de cargas) y la venta se hizo sin problema, en efectivo, ya que era poca cantidad. He liquidado el correspondiente impuesto de Actos Jurídicos en mi comunidad autónoma (Andalucía), y tan solo me quedaría registrarlo.

Aquí es donde solicito ayuda. En principio no tengo intención de pasarlo por el registro, el trastero lo he comprado para mí, sin intención de venderlo, al menos al muy largo plazo. No se si es buena idea no registrarlo, si eso acarrea algún problema, y si corro algún riesgo no registrándolo.

Recuerdo hace algunos años que un familiar tenía un piso sin registrar. El día que quiso venderlo lo registro, y sin problema lo vendió pasados unos meses, lo cual deduzco que no es imprescindible la inscripición.

Es todo, solo me gustaría saber que riesgos corro si no lo registro, y si puede haber algún "marrón" en el futuro por esta decisión. Supongo que la respuesta que me aportéis será extensible a un piso, local comercial etc...

Muchas gracias de antemano. Un saludo.

Método, disciplina y tiempo

#2

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

No tengo mucha idea pero pienso que es una tontería lo de no registrarlo y que no conduce a nada.¿En que te beneficia?¿por qué lo haces?

Si no está registrado no podras justificar la propiedad y tarde o temprano alguien tendra que hacerlo aunque sean tus herederos y entonces las gestiones pueden ser mas engorrosas, se puede haber muerto el notario, puede faltar algo dificil de obtener etc.

Yo, sinceramente ni sabía que ahora esto de no registrar se podía hacer.

S2

#3

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Chanquete, gracias por tu aportación.

Hasta donde yo se, el registro de la propiedad es un acto voluntario. Si hay que registrarlo se registra, pero registralo porque me siento más seguro o importante con un papelito del registrador como que no. Respecto al beneficio, pues en principio me fastidia perder un día en el registro (incluido gran desplazamiento ya que estoy en otra comunidad) y el pago de x euros.

Respecto a justificar la propiedad. Tengo mi escritura de propiedad ante notario, y no necesito justifacarle a nadie que soy el propietario.

Respecto a lo de escriturar más tarde..., precisamente el ejemplo que comentaba, un familiar registro un piso que tenía por adjudicacion de herencia y sin problema ninguno, y lo hizo pasados 10 años de la adjudicación de herencia. Si en notario ya está jubilado los protocolos los llevan otros.

Respecto al registrador, no es que pueda no hacerse, es que es un acto que es perfectamente voluntario y opcional, al menos hasta donde yo tengo entendido.

A ver si hay más respuestas. Lo dicho Chanquete, gracias por tu aportación y tiempo.

Método, disciplina y tiempo

#4

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Veo que sabes mas que yo.

Si no quieres perder un día una gestoría de la notaría o de fuera lo puede hacer por un modico precio.

Creo que la propiedad no la puedes transmitir si no esta registrado porque el notario y el registrador no lo admiten.

Tu tienes un caso que no hubo problemas pero yo tengo otro personal que si los hubo bien es cierto que era un caso de terrenos muy antiguo y que ademas habian varias reparcelaciones del ayuntamiento y las notarías ya no existían pero los protocolos los llevaba el Notario Decano o como coño se llame.

Mañana a mejor hora otros foreros nos ilustran.

Gracias a ti que bien poco he aportado.

S2

PD.- Si nadie registra ¿tendran que jubilarse los registradores?

#5

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

No chanquete de temas de registro se poco, y posiblemente de oidas..., que eso suele ser lo peor!.

Tengo entendido que tienes que estar registrado (si o si) cuando vendes, ya que se supone que la otra parte, y lógicamente el notario le preguntan al registrador si lo que compras tiene "caca"..., notas de embargo, varios propietarios, cargas, hipotecas, arrendamiento...; creo que esa es la utilidad, que no es poca!!, de ahí que, si no piendas vender, puedas registrarlo cuando quieras.

En las adjudicaciones de herencia es igual. Si mañana heredas un inmueble de un familiar, no tienes por qué registrarlo (creo yo) y puedes hacerlo dentro de un año, dos o cuatro...,al no ser, como digo, que pienses venderlo.

A ver mañana que nos cuentan, repito, gracias por tu aportación. Salu2.

Método, disciplina y tiempo

#6

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Voy a tratar de contestarte, el Registro aporta seguridad jurídica.

Si el antiguo propietario vende a un tercero de buena fé el trastero (doble venta) solo tendrás acción contra el primer propietario dado que se supone que el otro actuó diligentemente al ir al registro y ver a nombre de quien estaba dado que compra a quien presentamente es propietario.

También por temas de embargos; tendrías que demostrar (si te enteras del proceso) que tienes un mejor derecho que quien está inscrito.

Y seguro que mil cosas más que me dejo.

Yo, sin duda, lo inscribiría.

#7

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Como te dice Ninot mejor registrarlo por esa cuestión ya que el primer propietario podría volver a venderlo y entonces si que habría problemas. Más vale tenerlo bien. Otra cosa por ejemplo sería una casa construida en una parcela. Puedes 'pasar' de registrar la casa si la parcela está registrada por ejemplo ya que en ese caso a no ser que haya un derecho de uso del suelo o algo así no habría muchos problemas, pero en este caso yo registraría (a ver si alguien extiende en este tema por ejemplo que es interesante)

#8

Re: Registro de la propiedad, necesario en mi caso?

Interesante apreciación.

Vienes a decir que, si no está registrado, el antiguo dueño podría ir a la notaría y venderlo de segundas a otra persona. Indicas un argumento razonable. Es cierto que eso sería muy improbable ya que, el "pastel" se descubriria al día siguiente, o antes (el vendedor doble no podría enseñar el bien, el comprador vería que está ocupado, etc...), además de que meterse en ese fregao por 5000 euros sería un poco locura.

Pero sin duda es un argumento interesante. Muchas Gracias.

Método, disciplina y tiempo