Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

18 respuestas
Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.
Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.
Página
1 / 2
#1

Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Mi hijo firmo un contrato de alquiler el 27/06/2014 con una duración de un año, prorrogables por periodos anuales, sucesivos hasta un periodo de cinco años, con un precio mensual de 500 €.
Un mes antes de su finalización ( 27/06/2019) le dice que si quiere continuar le sube el alquiler a 610 €. Por no verse metido en denuncias y pleitos y dado que donde vive, hay poca vivienda de alquiler, y viéndose con un hijo de dos años buscado vivienda como un desesperado, acepta.
El 01/07/219 le hace la prorroga con un nuevo precio de 610 €, vamos realizando una subida del 22 %. Os dejo el contrato que firmaron en julio para haber que opináis al respecto.
Con la entrada en vigor en marzo del Real Decreto ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda de alquiler y dado que que la prorroga se firmo en julio, ¿podría estar 5 años prorrogables anualmente si mi hijo quisiera?  Gracias de antemano.


 
#2

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Buenos días @mnhcenter
yo diría que no, que ahora las renovaciones serían año a año, pero quizás algún otro usuario de Rankia te pueda aportar más luz que yo, 
Un saludo!
#3

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Yo entiendo que el casero tiene 2 opciones:
1. Prórroga de 1 año, aplicando máximo el IPC 
2. Contrato nuevo (hasta 5 años con la nueva ley) donde si se puede aplicar la renta que quiera. 
Pero lo mejor de la opción 1 con lo mejor de la opción 2 no se yo. 
De todas formas no soy experto, espera a que haya más respuestas a tu pregunta por si acaso 
#4

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

El proceder del arrendador es correcto. Los contratos de vivienda regulados por la LAU se rigen por la norma que estaba en vigor en el momento de la firma del contrato, y en 2014 la duración mínima de un contrato de alquiler de vivienda era de 3 años con prórrogas anuales, es decir, el arrendador puede subir la renta al precio que estime conveniente a los 3 años de contrato.
#5

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Primero, tu hijo no tenia nada que hacer de pleitos ni historias. Le cancelan el contrato y lo suben a lo que les de la gana.

Segundo, el casero un arrendador iberico, de esos que abundan. El contrato de 2014 se rije por la LAU 2013, segun la cual son:
  • 3 anos forzosos de duracion
  • Prorrogas anuales si nadie cancela con 30 dias

En cada prorroga, el incremento de alquiler es conforme a lo pactado entre las partes. Es decir, lo que este en el contrato. Si no hay nada, el incremento maximo es el IPC.

Esto no es mas que la ley de 2013. Busquela.

Ahora, mandar notificacion de cancelar contrato, subir alquiler, y querer que te aplique solo la prorroga de tu contrato acorde a la antigua ley, es una gitanada iberica.

No soy abogado. O bien el contrato es nulo directamente, o le aplica la ley 2019. Por lo cual, ese contrato seria o nulo, o valido para 5 anos minimo.

Saludos
#6

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Una precisión más: una prórroga de un contrato de 2014 no es un nuevo contrato, y se le sigue aplicando la LAU de 2014 en cuanto a la duración del contrato y las prórrogas.
#7

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

En mi opinión, con esa "prórroga" el arrendador ha pretendido eludir la nueva legislación. Dado que la ley está por encima de lo que firmen las partes, se trata de un nuevo contrato sujeto a la legislación vigente en el momento de la firma, por lo que queda sujeto a las prórrogas hasta 5 años.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Ten en cuenta que si una nueva LAU cambiara los contratos que ya se han firmado no existirían (evidentemente) los contratos de renta antigua, que incluso permiten subrogaciones por parte de algunos familiares. Estarían todos extinguidos.

Por eso la actuación del arrendador es correcta y ha respetado la ley. Incluso pudo haber subido a renta de mercado (la renta que estimara conveniente) a los 3 años, es decir, en 2017. Y la prórroga no es según la nueva LAU sino según la normativa que estaban en vigor cuando se firmó el contrato en 2014.
#9

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

No es correcto, porque para que ese contrato se considere prórroga del anterior, se debería respetar su cláusula de revisión de la renta. Habiéndose novado la renta, se trata de un nuevo contrato, no de una prórroga.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Eso es exactamente lo que pienso yo, que de querer finalizar el anterior contrato (que estaba en su derecho) para subirle la renta, tenia que haber firmado uno nuevo, con la derecho de querer el arrendatario, hacer renovaciones anuales hasta un máximo de cinco años. Y si quería solo renovar el anterior contrato solo le permitía la legislación   (R.D.L. 7/2019) subirle lo que hubiera marcado el IPC.
#11

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

OK, así es, sólo una salvedad: las subidas con arreglo al IPC si así se contemla en el contrato inicial, si no se contemplan subidas ahora tampoco procederían en caso de prórroga. Como eso no le gustaba al arrendador y lo que quería era saltarse la ley, hizo semejante chapuza para dar la apariencia de prórroga y engañar al arrendatario.
Si fuera yo, lo consideraría nuevo contrato, con derecho a prórrogas hasta cinco años.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#12

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Creo que es la tercera vez que se te dice que no. Vale que no lo supieras la primera vez, pero deja de confundir.

Nada impide prorrogar un contrato de 2014. Eso sí, la renta sube o por lo pactado, o por IPC. Punto.

Artículo 18. Actualización de la renta.
1. Durante la vigencia del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el 
arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del 
contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, el 
contrato se actualizará aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la 
variación porcentual experimentada por el índice general nacional del sistema de 
índices de precios de consumo en un período de doce meses inmediatamente 
anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la 
primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en 
la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas, el que corresponda al último 
aplicado.

Saludos
#13

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Si quería renovar el anterior le aplicaba la ley de 2013, puesto que era prórroga.

Subida = lo pactado o IPC.

En mis exiguos conocimientos de derecho la cláusula que dice que se rige por 2014 es nula y lo que tiene es un contrato nuevo por 5 anos. Pero que lo confirme un abogado.

Saludos
#14

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Pues yo creo que eres tú el que no entiende la ley: si el contrato incluye una subida a renta de mercado, que es lo más estándar, la mayoría de los contratos la incluyen, al tercer año puedes subir la renta al precio que quieras y renovar de año en año, y sigue siendo el mismo contrato, y sigue regulado por la LAU tal y como estaba redactada en 2014.

Y digo lo mismo que antes: si no fuera así no existiría ni un solo contrato de renta antigua!!! Porque esos contratos se regían y se rigen por la ley del momento en que se firmaron, y por las cláusulas de actualización de renta que fuera posible introducir entonces, de acuerdo a la ley que se aplicaba en el momento de la firma del contrato.
#15

Re: Tras un contrato vencido, hace el propietario una prorroga de un año subiendo 110€.

Si el contrato incluye una calusula... Si Si Si Si Si Si Si... 

Si el contrato incluyera una clausula de subida a mercado a los 3 anos, como tu dices, se lo habrian subido en 2017, no en 2020.

Estas equivocado. No pasa nada. Deja de desinformar, por favor.

Saludos