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Congelación IRPH

13 respuestas
Congelación IRPH
Congelación IRPH
#1

Congelación IRPH

Hola, buenas tardes,

Alguien podría explicarme en base a que se calcula o se calculaba la revisión anual del IRPH.

A mi me hacían la revisión anual cada 01.06.

A 2 de mayo del 2014, la entidad donde tenía contratada la hipoteca a tipo interés IRPH, me comunica - por decirlo de algún modo - que me congelaban el IRPH al 4,246% y de acuerdo con última revisión anual(a 01.06.2013), desglosado -   desde junio del 2013 - del siguiente modo(según recibo mensual):

- Tipo de referencia: 3,796%
- Diferencial: 0,450%. Este diferencial es ya el que constaba en escritura de constitución a mayo del 2006.

Si resulta que a 1.06.2013 el IRPH estaba al 3,363%, ¿como se supone que me calcularon el % final?

Yo entiendo que el TIN resultante debería ser 3,363% + 0,450% = 3,813%

Gracias por adelantado
#2

Re: Congelación IRPH

Debes mirar en la escritura para saber qué IRPH cogen. Puede ser que sea el de final del año anterior, o la media de los 3 últimos meses... Hubo muchas milongas de por medio siempre con este índice, bastante caro y para más INRI a ti te meten diferencial... si es que ¡manda huevos!

Salu2.
#3

Re: Congelación IRPH

Me lo miro y te digo algo. Te pasaré una captura de pantalla de la parte correspondiente de la oferta vinculante que consta en escritura.

Y sí, manda cojones... como más profundizo más claro tengo que me estafaron de principio a fin. 
#4

Re: Congelación IRPH

Hola Martinz,

Estoy perpleja y me explico, no sin primero darte las gracias y aclarar que el tipo de referencia que he dado era de IRPH-Entidades a 01.06.2013 y debería dar dado el del IRPH-Cajas.

Sobre el IRPH-Cajas, que es tipo estipulado en escritura; he calculado tanto la media simple de los tres meses anteriores a mes de constitución/congelación como el porcentaje a diciembre del 2005/2012.

Si tenemos que el interés en escritura constitución era del 3,900% y el diferencial era del 0,4500% y que la cuota mensual el primer año fue de 497,61 euros y que a partir de la congelación la cuota quedó a 524,80 euros :

  • Si sumo el diferencial de la escritura al porcentaje IRPH-Cajas publicado en diciembre del 2005, me sale casi clavado un 3,900%, así pues podría deducir que el TIN resultante final en primer año desde constitución hipoteca era del 3,900%.

  • Si lo calculo sobre la media de los tres meses anteriores a la constitución de la hipoteca(abril, marzo y febrero 2006) me sale casi clavado 3,900% al que tendría que sumar el diferencial del 0,450% quedando un TIN resultante final en el primer año del 4,350%.

  • Si hago los mismos cálculos para calcular el TIN resultante final consencuencia de la congelación me sale el mismo TIN resultante final tanto si calculo a partir del diciembre del 2012 como si hago la media de les tres meses anteriores a la fecha efectiva de congelación y me clava a la centésima con el TIN que me comunicó la entidad que quedó a 4,246%.

A la espera de tu respuesta, me adelanto a deducir dos cosas:

  1. El tipo de referencia me lo calcularon de acuerdo con el tipo IRPH-Cajas publicado en diciembre del año anterior a constitución/congelación.
2. Que me hicieron una doble imposición de diferencial tanto en la constitución como en la congelación, la primera el diferencial medio que lleva intrínseco en el cálculo el IRPH y la segunda el diferencial en escritura pública de constitución.
Conclusión:

Manda ovarios/huevos.

Ya me dirás y muchas gracias

#5

Posible Fraude IRPH (No conviene firmar novaciones)

A ver si sale la sentencia definitiva de Bruselas y podeis resarciros del fraude, aunque será tarea ardua como en clausulas suelo, swap, multidivisa, etc...en que los bancos se resisten y cambian las condiciones para evitar que se obtenga en los tribunales un resarcimiento justo (No firmen novaciones que hacen renunciar a los tribunales)

En 2014 , yo con hipoteca variable con euribor ya pagaba en torno al 1 por ciento o menos.
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La banca traslada la guerra del tipo fijo a los plazos más largos de sus hipotecas 


 Las entidades mejoran sus préstamos fijos ante los mínimos del euríbor
La tendencia anticipa intereses por debajo del 2% en las hipotecas a 20 y 30 años 

https://www.invertia.com/es/noticias/prestamos--creditos/20190917/la-banca-traslada-la-guerra-del-tipo-fijo-a-los-plazos-mas-largos-de-sus-hipotecas-299090
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La otra opción es la subrogación si hay prestamos USURARIOS como el suyo.

Suerte.

Un saludo
#6

Re: Congelación IRPH

A ver, lo de finales del año anterior y lo de los tres meses anteriores que te ponía, eran ejemplos. Eso lo tienes que tener claramente en la escritura del préstamo hipotecario. Algún apartado donde figure el tipo de interés de referencia, índice de referencia... etc.
Por ejemplo, a los que compraron una VPO en ciertos planes, les revisaban en mayo y les tomaban los IRPH de los tres últimos meses del año anterior (posteriormente les aplicaban unas bonificaciones).
Con respecto a lo de la "congelación" que indicas, debes mirarlo bien, a ver a qué se refiere, porque eso no suena nada bien. ¿Podría ser una cláusula suelo? Sin tener las escrituras delante es muy complicado decírtelo con seguridad, pero no suena nada bien que te "congelen" un tipo de interés cuando estaban bajando. Debes mirarlo con detalle, leértelo bien y, de ser necesario, reclamar al banco.

Salu2.
#7

Re: Congelación IRPH

Hola Martinz,

Pues han sido unos ejemplos que me han dado muy buen resultado y de los que te estoy muy agradecida.

Básicamente, yo estoy esperando la sentencia y mi caso ya está en la mesa de un bufete de abogados... como hice con la gastos de constitución que hemos llegado a juicio y ya me los han devuelto y con intereres...; mientras he querido comprender en base a que y porque me estafaron de esta manera en la constitución de la hipoteca.

La congelación ya podría atacarlo ahora mismo el bufete de abogados, porque es de un abuso que tira de espaldas; pero esperamos... ya he dicho a mi abogado que no tengo prisa puesto que ya he subrogado la hipoteca a otra entidad a tipo fijo 2%.

Explico lo de la congelación, en setiembre del 2013 el irph-cajas desapareció y un mes antes de la revisión anual prevista para junio 2014 me enviaron un comunicado donde me notificaban - tanto si yo quería como si no quería - que me congelaban el TIN resultante de la revisión de junio del 2013.

Así de claro y rotundo me lo comunicaron y por escrito.

Respecto a los datos que comentas sobre escritura, estaban casi todos los que me dices... de todos modos, tenía dudas y por eso pregunté.

Gracias de corazón


#8

Re: Congelación IRPH

Hola Martinz,

He revisado la escritura y, como bién expicabas, en los pactos TERCERO y TERCERO BIS especifica claramente TIN, TAE, tipo de referencia, mes del cual se tomaba el tipo de referencia para revisión anual... concretamente el "último publicado en el BOE, al último día del segundo mes anterior al del inicio de cada periodo de revisión". He recalculado y clavado hasta la centésima.

Tu ayuda ha sido de enorme utilidad para mi.

#9

Re: Congelación IRPH

¡Para eso estamos! Para echarnos una mano cuando podamos.
Me alegro que te haya sido de utilidad.

Con respecto a lo de la congelación, has de mirártelo, pero creo recordar que les obligaban a aplicar el de entidades (no sé si te hubiera seguido interesando o si estaba algo más elevado, compruébalo). De todas todas, igual es más conveniente esperar un poco a ver en qué queda toda la reclamación vigente de aplicación del IRPH, no vaya a ser que se abra una vía más importante (y con mayores garantías) de reclamación que las que actualmente tenemos.

¡Saludos cordiales!
#10

Re: Congelación IRPH

Efectivamente, Martinz,

Se les obligaba al IRPH - Entidades, pero a mi( y ese fue el proceder general de la entidad ) ni se me ofreció. Mediante comunicación digital me 'cascarón' la congelación de acuerdo con la última revisión del IRPH-Cajas.
Y se reafirmaron en su decisión hace un par de años cuando presenté reclamación extrajudicial sobre IRPH(antes sentencia del TS).

Y el IRPH - Entidades en 2013 estaba casi medio punto más bajo.

Me ha servido de mucho tu ayuda. 

Ahora lo veo muy claro. Y ahora entiendo porque a mi hermano, un año después(junio-2017) le constituyeron la hipoteca al Euribor+1% diferencial... tampoco le preguntaron ni le informaron de las ventajas/inconvenientes IRPH-Cajas vs Euribor. Ahora lo entiendo perfectamente.

Tanto en mi caso como en el de mi hermano, la entidad siempre elegió la oferta vinculante que más le interesó económicamente de acuerdo con la conyuntura del momento y la previsiones evolutivas de los tipos de interés que la entidad SI sabía, conocía y comprendía perfectamente.

Esperaremos.

Un abrazo cordial
#11

Re: Congelación IRPH

Una pregunta.

Puede darse el caso que en el primer año de vigencia de una hipoteca a tipo variable te impongan un tipo de referencia oficial y a partir del segundo año hasta final hipoteca otro tipo variable diferente con el diferencial correspondiente?¿?

Lo pregunto porque revisada escritura de mi hermano, oferta vinculante, y las tablas IRPH - Cajas vs Euribor de Enero a Mayo 2007 y hechos los cálculos, yo diría que el primer año le encastetaron IRPH - Cajas y a partir del segundo año la referencia fue Euribor.

Esto es posible?¿?

Su oferta vinculante especifica Euribor, en su escritura el tipo Euribor lo especifica para la 'Segunda fase'(=segundo año hasta vencimiento mediante revisión anual); pero para la 'Primera Fase'(=primer año) solo especifica el %TIN concreto que era de 5,450%.



#12

Re: Congelación IRPH

Pues todo apunta a que si que podían, pero vendiendo el TIN del primer año(='Primera Fase')  de tipo fijo. Y a partir del segundo año(='Segunda Fase') Euribor + 1%.

Que casualidad que este tipo fijo, coincidiera con el IRPH - Cajas + 0,450%.

No tengo palabras para expresar mi opinión sobre la entidad - mi hermano y yo constituimos en la misma entidad con un año de diferencia - sin caer en graves groserías.

#13

Re: Congelación IRPH

Efectivamente, muchas veces hacen eso. El primer año te ponen un tipo y a partir del segundo cambia a otro. Por ejemplo, de un tipo fijo pasan a un variable con diferencial sobre un índice... 
Pero todos esos detalles los tienes que tener en la escritura.

Salu2.