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¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

192 respuestas
¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)
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¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)
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#166

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

Buenos días


La banca , a tenor de la sentencia  del tribunal de Luxemburgo sobre el IRPH,  llaman a sus clientes para reconvertir las hipotecas y así evitar litigios.

https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/10454424/03/20/La-banca-ofrece-cambiar-las-hipotecas-con-IRPH-a-euribor-para-evitar-litigios.html

#167

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

Alguien sabe si es cierto que la banca, concretamente BBVA se ha puesto en contacto con sus clientes para cambiar el IRPH  por Euribor?
#168

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

Buenos días Jj

No tengo datos del BBVA, pero he leído algo que algunas entidades bancarias, están llamando a los clientes para hacer el cambio al euribor, pero es complicado, porque cada caso es diferente. Y dependiendo de la cantidad que queda por pagar igual no interesa hacer una novación.

Salud


#169

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

A mi ya me han contestado, y me han dicho que nada, no me quieren devolver nada. En mi caso la hipoteca está prácticamente amortizada, así que el tema no iba por negociar un cambio en el tipo de interés, si no más bien en indemnizaciones.

No tengo claro que hacer, estoy pensando en dejarlo correr. No me parece una buena idea meterme ahora en abogados y demás historias.
#170

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

Buenos días,

En estos casos siempre merece la pena reclamar. Al final es dinero que te corresponde. Si quieres escríbeme por privad y te cuento con detalle.

Muchas gracias
#171

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

Entonces, ¿habiendo dicho de entrada que no me indemnizan el siguiente paso sería ya demandando o más bien dirigiéndome al Banco de España?
#172

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

Hola, en enero del 2018 unive abogados .llegaron a un acuerdo con el banco y así dejandome sin opción a esperar a la unión europea. Como lo hicieron sin preguntarme, ¿alguin sabe cómo funcionan los acuerdos?
#173

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

El siguiente paso en efecto seria iniciar las correspondientes acciones judiciales , solicitando  que se declare la nulidad de la cláusula por la cual se establece indice irph como índice de referencia de su hipoteca, al no supera este el control de transparencia marcado por la directiva europea 93/13. Una vez decretada  la nulidad de dicho índice hay varias posibilidades. La primera es que el Juez determine la aplicación del indice sustitutivo pactado en la hipoteca, siempre que esté sea legal y siga publicándose. En caso de falta de dicho pacto, el juez puede imponer la fijación del índice Euribor ( el más habitualmente utilizado) a su préstamo. Por último, cabe la posibilidad de que el juez deje el préstamo sin intereses, debiendo devolver únicamente capital prestado. Esta última opción, si bien es planteable, no es muy probable que se dé, y en caso de darse en algún supuesto en concreto, lo normal en virtud de nuestra experiencia y la jurisprudencia es que se referencia a un índice normal y de fácil comprensión para el consumidor medio (Euribor).Por otro lado, lo que se consigue ,además del cambio de índice a uno mucho más favorable (cuotas hipotecarias mucho más bajas) es la devolución de lo pagado de más durante el periodo que le fue aplicada la cláusula declarada nula por abusiva en comparación a lo que habría pagado si hubiera tenido un índice normal. 

Un saludo
#176

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

Buenas tardes

Esta sentencia es un sin sentido, toda vez en primer lugar se señala que la cláusula por la cual se aplica el índice IRPH no se puede analizar desde la perspectiva de la abusividad en concordancia con la Ley de Consumidores y Usuarios, contraviniendo la sentencia de 3 de marzo del TJUE la cual sentencia de manera meridiana que si que es analizable desde dicha perspectiva y que para determinar si la aplicación de dicha cláusula fue abusiva , habrá que determinar si la entidad cumplió con la normativa 93/13 de transparencia bancaria marcada por el Tribunal Europeo.

Acreditado el anterior extremo, y aclarado que el juez nacional si que puede entrar a valorar si dicha cláusula fue aplicada de manera abusiva , la audiencia de Barcelona se aventura a señalar que “La falta de transparencia no implica de por sí su nulidad sino únicamente que el juez pueda comprobar si la misma es abusiva. Si, una vez analizadas las circunstancias del caso, el juez nacional estima que la cláusula no es transparente, ha de comprobar si la misma es abusiva. Se trata de dos juicios diferentes, ya que la cláusula puede no ser transparente, pero no ser abusiva“,

Dicha afirmación , en mi opinión no puede estar más alejado de la realidad, toda vez si el juez nacional puede entrar a valorar la abusividad de la cláusula, este deberá hacerlo analizando si la entidad cumplió con los requisitos de transparencia marcados por la directiva europea (93/13) debiendo declarar la abusividad de la misma si la entidad no logra acreditar que explicó de manera detallada, y cumpliendo con todos los requisitos la cláusula objeto de controversia.

Por lo expuesto , según mi criterio,  la falta de transparencia SI IMPLICA LA NULIDAD - cuestión distinta es que el Juez en cuestión que analice cada caso  considere en alguno supuesto  que no hubo falta de transparencia y por por lo tanto no hubo  abusividad. 

En síntesis, El TJUE sentenció  que  el juez nacional , para  determinar  si  la cláusula  de aplicación del IRPH no es abusiva, esta debe haber  cumplido todos los requisitos establecidos  en  el control de transparencia marcada por la Directiva europe 93/13  y en caso de no superar ese control de transparencia, la cláusula será abusiva en virtud del artículo 89.1  de la ley de consumidores y usuarios.

Entendemos que dicha sentencia, que va a la contra de las demás sentencia  dictadas tras la publicación del fallo del TJUE (Burgos, Palma de Mallorca y Lleida/Lérida) será objeto de recurso ante el Tribunal Supremo, el cual recordemos está obligado a adaptar su reciente jurisprudencia en torno a la abusividad de la la cláusula IRPh al fallo marcado por el TJUE. 

Entendemos que es una excepción a la regla, ya que lo normal es que la jurisprudencia siga la línea marcada por el Tribunal Europeo, como así lo han hecho todas las demás sentencias publicadas tras darse a conocer el fallo del TJUE en relación con esta problemática.

 

#178

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

La sentencia europea del IRPH abre una brecha en el sistema judicial español


En tres meses se han fallado 26 demandas a favor de los clientes y 12, a favor de las entidades financieras

Los jueces de primera instancia tienden a dar la razón a los particulares y las audiencias, a los bancos



Las reclamaciones por hipotecas referenciadas al IRPH cosechan 26 sentencias a favor de los demandantes --los clientes bancarios-- y 12 en contra --a favor de la banca-- hasta este mes de junio. Se trata de fallos de los tribunales de primera y segunda instancia que se han producido después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciara el pasado 3 de marzo sobre la cuestión prejudicial formulada por el titular del Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona, Francisco González de Audicana sobre la legalidad y transparencia del mencionado índice hipotecario en una demanda de un cliente contra Bankia, pero que en realidad afecta a miles de créditos para vivienda.

Tras el fallo del tribunal de Luxemburgo, González de Audicana dijo: "Todos los IRPH son nulos, porque no se explicaron de forma transparente (por parte de los bancos). Son abusivos y hay que apartarlos del ordenamiento jurídico". Esa opinión parecía anticipar cierta unanimidad entre los jueces a la hora de resolver las reclamaciones planteadas por los clientes con esas hipotecas. Pero nada más lejos de la realidad. Lo cierto es que la discrepancia judicial entre instancias de la magistratura es aun mayor que antes de que resolviera el TJUE.




Y esas contradicciones no solo se producen entre instancias y jueces diferentes, dentro de las mismas audiencias se sostienen criterios contradictorios. En la de Barcelona la Sección 15 falló el pasado 24 de abril a favor de la banca al asumir el fallo del Supremo del 2017 en el que se sanciona la legalidad del índice --con dos votos particulares en contra--, y, sin embargo, otras dos secciones de esa misma audiencia, que tratan sobre las ejecuciones hipotecarias de los bancos, ha fallado a favor de los clientes, ha resuelto que la cláusula que incluye ese indice en las hipotecas es nula.





Falta de conexión orgánica

"Son procedimiento distintos y no hay una conexión orgánica entre secciones de las audiencias", comentan fuentes judiciales. "El problema es que la sentencia del TJUE tiene zonas oscuras y cada sección la interpreta de forma distinta. La resolución europea no dice que la cláusula sea nula. Lo que dice es que los jueces de cada país tienen que hacer una serie de comprobaciones para ver si la información que ha recibido el consumidor es correcta o no. Y ahí cada juez o cada tribunal destaca unos elementos u otros", agregan.

No es de extrañar que el mundo del derecho se encuentre en una situación de evidente desconcierto ante tanta discrepancia sobre la interpretación del fallo, comenzado por el juez del 38, que aún debe fallar sobre el caso de una hipoteca de Bankia que provocó las cuestiones prejudiciales. La resolución de la Sección 15 ha provocado que González de Audicana se haya planteado formular una segunda cuestión prejudicial al TJUE para intentar resolver las dudas. También lo ha hecho el Juzgado de Primera Instancia de Reus y, presumiblemente, también lo haga el Tribunal Supremo, que tiene cientos de recursos se casación llegados de las audiencias provinciales por IRPH sobre los que debe resolver. "Creemos que el Supremo se está planteado claramente esa posibilidad", afirma Patricia Suárez, presidenta de la asociación de consumidores Asufin, que tiene en marcha varias demandas colectivas por la aplicación del índice hipotecario. "Todos los juristas que conozco dicen que es inaudito que el Supremo de traslado a las partes para hace alegaciones sobre los procedimientos que ha admitido a trámite, lo que no es habitual". "Ademá,s parece que ha parado la admisión de nuevos recursos pendientes", lo que expresa ciertas dudas sobre lo que hará, destaca Suárez.

Fuente: El Periódico

#179

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

 

IRPH: una sentencia obliga a la banca a devolver todo lo cobrado de más antes de que decida el Supremo


Una sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga ha declarado nulo el IRPH por falta de transparencia, lo sustituye por Euribor y condena a la entidad bancaria a pagar la diferencia entre el índice anulado y el aplicado más intereses






La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respecto al IRPH es tan clara que muchos juzgados y audiencias provinciales han decidido no esperar a que el Supremo decida sobre la cuestión, tal vez pensando en conciencia que se puedan encontrar con un criterio contrario a la verdad y a la defensa de los intereses de la ciudadanía frente a los desmanes de la banca.

En concreto, ha sido la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Málaga la que ha confirmado la nulidad del IRPH que fue declarada por el Juzgado de Primera Instancia de Marbella y ha decidido que el índice abusivo debe ser sustituido por Euribor. «Confirmamos la declaración de nulidad del índice referencial IRPH y acordamos que será sustituido, en defecto de acuerdo entre las partes, por el euríbor más el diferencial conforme se ha recogido en los fundamentos de derecho», indica la sentencia que, además, condena a la entidad bancaria a devolver todo lo cobrado de más, además de los intereses derivados.  

La sentencia es un duro golpe al criterio del Tribunal Supremo puesto que el razonamiento de la Audiencia Provincial se centra en uno de los puntos en los que, por ejemplo, la Audiencia de Sevilla o la de Barcelona pasaron muy por alto o no tuvieron en cuenta: el control de transparencia. Según esta nueva decisión, la entidad bancaria no informó a los clientes, es más «de la propia documental aportada con la contestación a la demanda no resulta que se proporcionara información alguna con relación al funcionamiento de este índice», señala la sentencia.


Tras el aplazamiento de la vista del Supremo que estaba prevista para el pasado miércoles y sin que haya sido fijada aún una nueva fecha, muchos tribunales están adelantando sus decisiones a lo que indique el Alto Tribunal porque, aunque las pruebas de que la banca no aplicó el control de transparencia exigido por la sentencia del TJUE son abrumadoras, hay magistrados que temen que el Supremo se mantenga en una interpretación más cercana a lo que ya indicó en 2017 que en lo indicado por la decisión de Europa. No sería la primera vez que para defender a la banca se ponen trabas a lo señalado por los tribunales europeos a pesar de que, hay que recordarlo, sus doctrinas son prevalentes respecto a las españolas.

Fuente.- Diario 16

Ya veremos lo que va a pasar con la castigada banca respecto a este tema que está durando muchos años. Estamos hablando nada más y nada menos de devolver unos 44000 millones, por falta de transparencia en este índice y por supuesto que debería ser sustituido por el euribor.
 
#180

Re: ¿Se puede reclamar a Caixabank por cobro indebido de IRPH en las hipotecas sujetas a este índice? - Caixabank (CABK)

 

El Tribunal Supremo abordará el miércoles la legalidad del IRPH






El Tribunal Supremo se pronunciará finalmente sobre la legalidad de las hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) el próximo miércoles, 21 de octubre, después de que se suspendiera el Pleno del pasado 30 de septiembre debido a que el presidente de la Sala Primera debía guardar cuarentena.

De este modo, el Alto Tribunal se reunirá para abordar cinco recursos admitidos a trámite, a partir de los cuales se espera que quedará condicionada la admisibilidad de los siguientes casos.

El magistrado de la Sala de lo Civil Francisco Marín Castán comunicó que había estado en contacto estrecho con un positivo en coronavirus y procedió a autoconfinarse, por lo que el pleno del pasado 30 de septiembre quedó suspendido sin nueva fecha hasta ahora. Marín Castán ha pasado la cuarentena sin dar positivo en Covid-19.

La Justicia europea dictaminó el pasado 3 de marzo que el IRPH debe estar sometido al control judicial de los tribunales españoles, quienes deben decidir si se trata de cláusulas abusivas incluidas en contratos hipotecarios.

No obstante, la mayoría de magistrados coincide en que la sentencia de Luxemburgo no terminó de despejar las dudas, sobre todo porque después de que se hiciera pública se han dictado sentencias contradictorias que anulan el índice en primera instancia y luego acaba considerándose válido a escala provincial, o incluso procesos en los que la cláusula se declara abusiva y nula, decretando la subsistencia del contrato pero de forma gratuita.

Más allá del criterio que establezca el Alto Tribunal, los jueces españoles han vuelto a solicitar a Luxemburgo que aclare su fallo. Cerca de un millón de familias con préstamos referenciados al IRPH afrontan una media de 165 euros de más al mes con respecto a quienes tienen Euríbor, lo que suma un perjuicio total de unos 25.000 euros desde 2004 hasta la actualidad, según datos de Asufin.

Cláusulas suelo

Por otro lado, el mismo Pleno tratará el asunto de los acuerdos transaccionales entre cliente y entidad financiera en cláusulas suelo, con renuncia a acciones legales y rebaja de tipos de interés. En este caso, examinará si estos acuerdos son correctos, aclarando así el fallo del pasado 9 de julio del TJUE.

En su sentencia, el Tribunal de Luxemburgo dictó entonces que las cláusulas suelo renegociadas de hipotecas pueden ser examinadas por un juez y declaradas abusivas, así como que es ilegal que los bancos obliguen a los clientes a renunciar a acciones legales tras la renovación del contrato.

Así, el TJUE declaró que la directiva europea no se opone a la renegociación de una cláusula que pueda ser declarada abusiva "siempre que la renuncia proceda de un consentimiento libre e informado por parte del consumidor". En segundo lugar, abrió la puerta a que la propia cláusula que modifica otra potencialmente abusiva de un contrato anterior puede también ser abusiva si no ha sido negociada individualmente.

Fuente.- Expansión