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Derechos de los arrendatarios con las averías

22 respuestas
Derechos de los arrendatarios con las averías
Derechos de los arrendatarios con las averías
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#1

Derechos de los arrendatarios con las averías

Alquilé un piso con cocina amueblada y electrodomésticos nuevos. Resulta que la inquilina cada vez que tiene un problema con la lavadora se permite el lujo de cargarme la factura del arreglo deduciéndosela del alquiler. Y para enterarme tengo que molestarme en preguntarle a que se debe el que la cantidad de la mensualidad se haya menguado, situación que para mí resulta algo embarazosa. Se permite el lujo de contestarme airadamente que no conozco mis obligaciones.

Estoy convencida de que no tengo porque hacerme cargo de esas cuentas. Pero me gustaría que alguien me orientase sobre algún reglamento escrito y con fuerza de ley que avale mis argumentos. También agradezco que alguien me oriente sobre los pasos a dar para impedir que se tome la libertad de pagar cada vez lo que le da la gana, dado que por lo visto tengo que esperar cinco años para que se vaya. ¿Merece la pena actuar judicialmente contra ella? ¿Qué posibilidades de éxito tengo? Y si se va y me deja desperfectos en el piso? Me gustaría pararle los pies y que no diga ella la última palabra.

#2

Re: Derechos de los arrendatarios con las averías

El arrendatario tiene derecho a que se mantenga el piso en condiciones, pero no a cobrarte lo que le dé la gana. Si tiene una avería, el procedimiento es que te lo informe a ti, y que tú contrates al técnico que a ti te parezca mejor para repararlo... de lo contrario, podría decir que hay averías sin haberlas, o podría contratar con técnicos que cobren más de lo debido.

Además, el técnico que tú contrates verá en qué consiste la avería, y dirá quién debe hacerse cargo de la reparación, ya que no siempre es cosa tuya:

- Si se trata de una pieza que se desgasta, no es cosa tuya sino suya (por ejemplo, las bombillas o los neumáticos tienen una vida útil limitada).

- Si se trata de una pieza que se rompe, sí es cosa tuya.

- A no ser que se trate de una pieza que se rompe por uso indebido, en cuyo caso es él quien tendría que pagar. Claro que esto es difícil demostrarlo, pero a veces es obvio... imagina si por ejemplo el técnico encuentra algo suyo obstruyendo el desagüe!!

s2

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre

#3

Re: Derechos de los arrendatarios con las averías

La primera obligacion de tu inquilina es pagarte el alquiler.

El tema de las reparaciones es aparte y los tendreis que solucionar de mutuo acuerdo.

Simplemente no le aceptes pagos que no incluyan la totalidad del alquiler. Dile que en adelante actue como te indica fernan2, avisandote previamente y decidiendo tu (según lo acordao en el contrato y el sentido común) como se soluciona el problema.

Un saludo.

#4

Re: Derechos de los arrendatarios con las averías

La ley de arrendamientos urbanos de 1994 dice en el articulo 21:

Punto 3: Qué el arrendatario DEBERÁ AVISAR y FACILITAR al arrendador la verificación directa de las averias a subsanar...
Las averias urgentes, PREVIA comucicación al arrendador y para evitar un daño inminente o incomodidad grave, el arrendatario podrá hacer la reparación y después reclamarselo al propietario.
No creo que una lavadora suponga un daño inminente, ni una incomodidad grave esperar un dia o dos. En cualquier caso siempre previo aviso.

Punto 4.Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán por parte del arrendatario.

De todas formas repasa el contrato, porque a veces se esitipula una cantidad por debajo de la cual el arrendatario se hace cargo de todas las reparaciones o se pacta otra cosa...

Saludos

#5

Re: Derechos de los arrendatarios con las averías

Lo único que tienes que decirle es que te de la factura de las reparaciones.
No se que ganas de complicar y complicarse la vida puede tener alguien para que le avisen de cada reparación, avisar al técnico, que vuelva para pagarle...
Hay un camino más sencillo: que haga ella las reparaciones y te envíe la factura.

#6

Re: Derechos de los arrendatarios con las averías

Por el cabreo que tienes, ni hay averias ni facturas por lo que debes actuar en consecuencia, que te comunique la incidencia y tu la comprobaras y repararas a tu cargo si es verdad y procedente y que el impago de la totalidad de la renta se considerará conforme a las leyes motivo de desahucio.

El que es follonero lo es siempre asi que tienes un problema que tienes que resolver cambiando de inquilino.

#7

Por analogía

A todos estos aparentemente propietarios que cargan contra los supuestos inquilinos complicados:

Si tú alquilas un coche, y este tienes fallos (no va bien la climatización, p.e.), ¿mantienes en vigor el contrato, pagas lo estipulado, y te limitas a notificar pacientemente (cuan cordero degollado) el incidente al propietario? O por el contrario, ¿EXIGES a quien te lo ha alquilado que te reponga el vehículo, o te descuente la parte proporcional del alquiler?

Pues respecto de una vivienda, es la misma cosa, si alquilas algo de unas determinadas características, y cobras por ello cada día de uso, no vale eso de "ya miraremos lo que le pasa a la lavadora..." Hay gente que usa la lavadora cada día.

Para evitar esas incomodidades, siempre hay la opción de alquiler con la casa totalmente vacía. Claro que entonces debe ser sustancialmente más barato...

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#8

Re: Por analogía

Cuando tu alquilas un coche y este falla, a nadie se le ocurre arreglarlo por su cuenta y luego pasarle la factura a la agencia de alquiler.

Estoy de acuerdo en que lo mejor es alquilar los pisos vacios. Te ahorras quebraderos de cabeza.
Cuando se incluye mobiliario y electrodomésticos, es imprescindible incluir en el contrato las clausulas necesarias para aclarar quién se ocupa de las reparaciones, o a hasta que cuantia lo hace uno , si es a medias o si alguna de las partes se obliga a contratar algún seguro.

Otra cuestión que habrá que exigirle a esta inquilina, es que las facturas esten a nombre del arrendador, para evitar reclamaciones y/o "olvidos" posteriores ("es que yo pagé la factura y la propietaria no me la ha pagado...") y para incluirla como gasto fiscalmente deducible en la declaracion de la renta, si es el caso.

Yo además del previo aviso (como marca la ley) y factura a mi nombre, le exigiria las piezas que se hayan cambiado (como hacemos cuando llevamos el coche al taller).

Otra opcion que tiene la propietraia para evitar el mangoneo de su inqulina, es presentar los recibos de alquiler al cobro en el banco, (como un emisora más de recibos ) éste se encarga de la gestión de cobro, y la inquilina solo tendrá la opción de pagarlo o no pagarlo, pero no de decidir ella cuanto paga. El banco cobra un a pequeña comisión , aunque yo no he tenido nunca problemas en que me las quiten. En cualquier caso, puede merecer la pena pagar unos euros y tener la sartén por el mango.

Pd: Es que me parece raro que una lavadora nueva se estropee mas de una vez en menos de cinco años. La mía es de las baratas, tengo una hija pequeña y en seis años y medio, no se me a roto ni una vez.

Saludos