Capitulo II, Art. 3 Sec. 1, letra d - dacion en pago
Buenos días,
Le escribo porque tengo solicitada la dación en pago de mi piso y después de reunir todos los requisitos y haber presentado toda la documentación, Caixa catalunya, me dice que no es viable porque la vivienda la adquirí en 2002 (hipoteca en BBVA) y tres años después en 2005 me subrrogé con los suso dichos, por este motivo:
" la hipoteca concedida no tuvo como destino la adquisición de la vivienda habitual ya que según las escrituras aportadas ésta se adquirió en 2002 y la hipoteca se formalizó en 2005"
¿Me pueden echar para atrás la dación en pago por este motivo no cierto?
Gracias,