Bueno vamos por partes. Casi todos los que han opinado han tocado varios puntos, todos interesante pero creo que todos “fallan” en el diagnostico, porque en realidad no tienen claro los síntomas. (Perdone en símil que hago con la medicina).
Mi contestación es “generaL” no puedo contestar a todos individualmente.
Si, ¡claro que la dación es posible, ¿Cómo no va a ser posible si incluso lo contempla la ley?
¿Pueden los bancos tomar una propiedad en dación de pago? SI. Incluso se pueden pactar en el momento de la formalización de la hipoteca. Eses no es el problema, el problema es mucho más grave y del que no se ha tomado conciencia ni se habla y sin embargo es el que realmente impide que la dación se lleve a cabo.
Cuando empezó la crisis, allá por el 2008 la mayoría de los banco SAN (el que más y unos de los primeros que las adoptó) Banesto y BBva (curiosamente la Caja de ahorro fueron las más reacia a aplicarla, y además alguna de ella jamás la aceptaron) empezaron a aceptar la dación en pago, sin ningún problema, se evitaban los gastos de ejecución, que no es poco… pero ¿qué pasó, por qué tuvieron que para? POR MOTIVOS FISCALES, pero no por cuestiones técnicas o económica relativas a los beneficios de las empresas, sino de PURA FISCALIDAD que eran muchos más graves:
Por ejemplo los bancos acepta la propiedad por lo que el cliente debe. Imaginemos que un cliente hizo una hipoteca en su día de 200.000€ y en el momento de la dación debía 100.000€, es decir el banco se queda la propiedad por 100.000€, ¿No? Bueno pues HACIENDA le dice al banco: Señor banco, Uts han ganado 100.000 con la dación en pago, porque la propiedad vale 200.000. Así que le debe pagar a HACIENDA por ese beneficio. El primer problema es que el banco se ve obligado a pagar los impuesto como si hubiera hecho un gran negocio cuando lo que ha hecho es un favor aceptando una propiedad que actualmente vale eso, 100.000 ¡si llega!
El segundo problema, y este es de “traca”, lo tiene el deudor. Una vez hecha la dación., el hombre respira tranquilo… se quita la hipoteca… y comienza a adaptarse a su nueva situación… al año recibe una carta de HACIENDA donde le comunica que el banco le “condono” 100.000€ de la hipoteca y eso se considera un incremento patrimonial que cotiza como rendimiento al trabajo es decir que debe abonar un porcentaje de los beneficio, que tratándose de 100.000e pueden llegar a ser hasta de 40.000€ o más ¡toma dación en pago! HACIENDA le dice que ellos no entienden de crisis, ni que los precio de las viviendas han caído ni gaita. Ellos lo único que tiene en cuenta es la tasación de cuando se hizo la hipoteca. Junto poco de pues o antes de recibir la carta de HACIENDA recibe una del Ayuntamiento donde le reclama el impuesto de plus-valia, que también debe abonar. ¡Toma dación en pago! Es decir al final se libro del banco pero termina EMPURADO por HACIENDA y por el ayuntamiento.
La conclusión es que ni al banco ni al deudor le interesa, ni pueden en la practicar hacer la dación en pago.
Esto que acabo de contar no vayan a creer que es una falacia o una historia que me invento, es la realidad, lo que hay detrás de toda dación en pago. Yo he estado y estoy en decenas de daciones en pago y se de lo que hablo.
¿Cuál es la solución? Pues la que apunté en el primer post: Que HACIENDA cambiara la consideración fiscal de las daciones en pago, es decir la solución la tienen el GOBIERNO que fue quien la lio.
Hay una “NO-solución” que es la que se viene aplicando, pero que tampoco es buena ni para el banco ni para el cliente, porque los dos lo tienen “jodido”: Es sacar la propiedad a subasta se la queda el banco y se olvida del cliente (es lo que normalmente ocurre) pero también tiene problema muy graves para las dos partes, la primera es que aunque el banco “se olvide” del cliente no lo puede “borrar” de la lista de moroso, HACIENDA no lo deja ¡siempre HACIENDA! Puesto que hacienda (o el Banco de España) le exige que cobre toda la deuda y que la reclame. El cliente jamás desaparece del CIR ni de los registro de moroso y en cualquier momento le pueden embargar cualquier cosa… el coche, la nomina o cualquier bien presente o futuro que pueda poseer…
Solución: SOLO LA TIENE EL GOBIERNO, NO LOS BANCO ni los clientes,