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Readquisición con posterioridad a la finalización del plazo de declaración

17 respuestas
Readquisición con posterioridad a la finalización del plazo de declaración
2 suscriptores
Readquisición con posterioridad a la finalización del plazo de declaración
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#16

Re: Readquisición con posterioridad a la finalización del plazo de declaración

Gracias,

Ahora revisando la legislación veo que que "Readquisición con posterioridad...." sale del art. 73.2 del Reglamento.
Dicho artículo se refiere a las letras e) y g) del art. 33.5 de la Ley del Impuesto. La letra e) se refiere a "... elementos patrimoniales...." y la letra g) a "... valores o participaciones NO admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales" Y lo más importante, es que no interviene la letra f) que es la de los fondos de inversión: "...participaciones admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales..." con lo cual está claro que esa autoliquidación complementaria no afecta a los fondos de inversión.

#17

Re: Readquisición con posterioridad a la finalización del plazo de declaración

diría que los mercados americanos NO entran en la lista.
La ley del IRPF cita:
" Las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones. "

Esa lista la define la Comisión Europea, y aquí puedes ver un ejemplo de que solo incluyen mercados nacionales de los Estados miembro que cada país ha notificado como "oficiales" (en el caso de España, las 4 bolsas más los mercados de renta fija).

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.C_.2008.280.01.0005.01.SPA&toc=OJ%3AC%3A2008%3A280%3ATOC
Y ningún país de la unión Europea va a incluir un mercado extraterritorial sobre el que no tiene jurisdicción. Por eso siempre se dice que la regla de los 2 meses aplica a acciones europeas y no a las americanas, que se van a la regla del año.

Los mercados americanos creo que entran en equivalencia para otros temas normativos de derivados por ejemplo, pero no para esta parte fiscal.

#18

Re: Readquisición con posterioridad a la finalización del plazo de declaración

Tienes razón Bacalo. Gracias.