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Reparto de fondos a falta de un heredero

8 respuestas
Reparto de fondos a falta de un heredero
Reparto de fondos a falta de un heredero
#1

Reparto de fondos a falta de un heredero

Buenos días :
Somos 5 herederos y todos hemos pagado ya el Impuesto de Sucesiones . Para acceder a nuestra parte del fondo (1/5 cada uno ), nos han pedido que abramos una cuenta y el mismo fondo que la fallecida . Lo tenemos ya todos menos mi hermana que, de momento, está en el extranjero y no tienen previsto venir . Llevamos ya casi dos años tramitando papeles , cuentas …. y la verdad es que estoy deseando acabar con todos los trámites . 
¿Es posible que los bancos hagan el reparto y dejen pendiente la formalización de la parte de mi hermana ? ¿Hay alguna manera de solventarlo para que los demás podamos disfrutar ya de nuestra parte ?.

Un saludo y muchas gracias 

PD: hemos barajado la opción de hacer un poder pero llevamos más de un mes con la tramitación desde la embajada de Reino Unido y ahora encima están n huelga indefinida 😭😭.
#2

Re: Reparto de fondos a falta de un heredero

Enhorabuena Natalia, pues ya lo habéis casi conseguido todo !!!.

Cada caso es paerticular, pero yo te digo lo que yo haría:
 ¿Es posible que los bancos hagan el reparto y dejen pendiente la formalización de la parte de mi hermana ? 
Presentate en el Banco, les expones la situación, y serán ellos quienes te respondan de primera mano a) si lo hacen, y b) lo que precisas para que se resuelva el asunto.

Si te dicen que no es posible y que tenéis que hacerlo los 5 hermanos/as a la vez para hacer dicha partición, la solución es efectivamente que tu hermana en el extranjero haga a nombre de algún hermano o una tercera persona un poder notarial para solucionar el asunto.

¿Está dispuesta tu hermana a firmar un poder notarial en algún consulado del Reino Unido?
Los consules tienen poder notarial. El documento/Poder firmado por un Consul lo puedes presentar en España en cualquier sitio/Banco y te lo admitirán, siempre que en eñ Poder se establezca el propósito del mismo.

Consulados de España en Reino Unido:

CONSULADO GENERAL EN LONDRES 20 Draycott Place London SW3 2RZ Tel: 020 7589 8989 Fax: 020 7581 7888 E-mail: [email protected] www.maec.es/consulados/londres/es/home 

CONSULADO GENERAL EN MANCHESTER 1A Brook House 70 Spring Gardens Manchester M2 2BQ Tel: 0161 236 1233 / 0161 236 1262 Fax: 0161 228 7467 E-mail: [email protected] www.maec.es/consulados/manchester/es/home 

CONSULADO GENERAL EN EDIMBURGO 63 North Castle Street Edimburgo EH2 3LJ Teléfono: 0131 220 1843 / 0131 220 1439 / 0131 220 1442 Fax: 0131 226 4568 E-mail: [email protected] www.maec.es/consulados/Edimburgo/es/home 

Mira a ver si la dirección, teléfonos, etc. siguen siendo actuales...

Los consulados suelen tener en departamento jurídico, y les puedes explicar el caso y comentarles si te pueden enviar alguna Plantilla para tu caso concreto. Puede que le tengas que modificar en la parte que a tí te interese.

Una vez tengas el documento escrito, se debe enviar al consulado. Su departamento jurídico lo repasa para que se ajuste a la vigencia reglamentaria española, y luego te dirán una fecha para que se presente tu hermana al consulado a firmar el Poder ante el propio Consul.
Dado que el consul tiene una agenda, normalmente, muy cargada, puede que la cita tarde 10 días, o vete tu a saber. De modo que paciencia.

Saludos,
Valentin

"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ

#3

Re: Reparto de fondos a falta de un heredero

Importante también saber si tu hermana reside en España o en el Reino Unido, ya que existen muchos bancos que no aperturan cuentas para no-residentes en España.

Antes de hacer el Poder, debes exponer el caso al Banco, que te den la solución, y si te indican hacer un Poder notarial, que te indiquen el texto que debe contener dicho poder notarial para que sea aceptado por el banco.

Saludos,
Valentin


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#4

Re: Reparto de fondos a falta de un heredero

Muchísimas gracias por la información y por la rapidez en contestar . 
#5

Re: Reparto de fondos a falta de un heredero

Hola.
Te cuento mi experiencia personal:
Reparto de herencia (cantidad de dinero en entidad bancaria) entre varios hermanos.
Uno de ellos residía en el extranjero (país no comunitario) como no podía venir envio un poder para realizar todas las gestiones ante el notario, hacienda, banco. Como no tenía cuenta bancaria en España el dinero se le envió por transferencia 
Para formalizar el poder se tardó más de 1 mes (antes COVID)por trámites varios: embajada, traducción literal certificada de diversos documentos 
Hasta que no se solucionó lo del heredero que estaba en el extranjero la cuenta estuvo bloqueada, más de 1 año  

Un saludo 

#6

Re: Reparto de fondos a falta de un heredero

Lo habitual y simple para el banco es bloquear cuentas.

Yo me pregunto si se les presentase tal que un escrito así como muestro en la imagen, si lo aceptaría el banco para hacer el reparto @nataliareq

Idea para quizás reparto hereditario de Fondo de Inversión
Idea para quizás reparto hereditario de Fondo de Inversión


Ésta sería la forma más simple, y que la hermana cuando esté en España regularice la situación.
______________________________________________________________________________-

Si el banco no admite un trámite similar, pues habrá que preguntar por la posibilidad de la presentación de un poder notarial.

La forma más simple, en éste caso, he reflexionado un poco, sería que la hermana desde Reino Unido se ponga en contacto con el consulado español que le corresponda según el lugar en el que resida. Hoy en día se puede tramitar generalmente todo por vía telefónica con la persona correspondiente del área jurídica del consulado, y el trámite escrito se hace vía email.

En España, lo ideal sería que la Notaría en España te hiciese la MINUTA para enviarsela al consulado. Es como un borrador del poder notarial, pero que se atiene a la vigente regulación española, en el que el consulado tansolo tiene que cumplimentar con el nombre del consul, etc, y lo somete a revisión.

Luego se nos suele llamar por teléfono por parte del consulado para darnos la cita con el consul. Allí el consul te lee el poder notarial escrito y te dice que si has entendido todo y si tienes preguntas para aclarartelas.

Creo que luego tienen que enviar el documento a España, quizás deba realizarse algún tipo de registro, y se tenga que esperar varios días hasta que finalmente se reciba el Poder.
_________________________

Cada caso es muy particular y singular.

Saludos,
Valentin

"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ

#7

Re: Reparto de fondos a falta de un heredero

El pago de sucesiones no significa nada, aunque es obligatorio. Cuando se paga sucesiones no se sabe lo que es de cada uno todavía.
Teneis que ir todos al notario a firmar la escritura de aceptación de herencia.
Con esa escritura puede ir cada uno junto con el pago de sucesiones y reclamar su parte al banco.
 En la escritura se dice que parte del fondo corresponde a cada uno.
Además se presenta un certificado de tu cuenta y el banco te hace la transferencia.
#8

Re: Reparto de fondos a falta de un heredero

Buenas noches:
La verdad es que no he mandado escrito alguno, todo ha sido de forma oral así que tomo nota .
MIL GRACIAS 
#9

Re: Reparto de fondos a falta de un heredero

Muchas gracias