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Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

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Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones
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Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones
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#1

Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Los fondos de inversión y planes de pensiones son conocidos por su principal ventaja: el diferimiento fiscal del que hablamos este artículo

Pero a parte de esta característica estos instrumentos de inversión colectiva tienen otras que les ponen en desventaja frente al inversor particular en acciones. 

No, no me estoy refiriendo a las comisiones que pagan a los gestores ya que se supone que pagarlas va a ofrecernos una inversión más profesional.Si en la mayoría de los casos estas comisiones no se ven recompensadas con una mejor gestión es culpa nuestra por no haber sabido seleccionar a los buenos gestores igual que si hubiésemos seleccionado mal las acciones. 

En este caso vamos a hablar de las desventajas fiscales

 

Doble tributación por los dividendos. 

Los partícipes de los fondos de inversión, planes de pensiones, SICAVs y ETFs tributan dos veces cada vez que una empresa paga dividendo.

Si por ejemplo Inditex paga un dividendo de 1€ por acción se practica una retención del 19% tanto si el propietario de la acción es un inversor particular, un fondo FI español o un ETF estadounidense. 

En el caso de un inversor individual español esta retención es todo lo que tiene que pagar si sus rentas del capital mobiliario no superan los 6.000€ en el año. 

En el caso de un fondo de inversión esos 0,81€ se añaden al patrimonio del fondo. El fondo vale 0,81€ más, un beneficio por el que ya se tributó. Pero cuando el inversor en el fondo reembolse sus participaciones tendrá que volver a tributar por los beneficios obtenidos, por los que se generaron con la revalorización de las acciones y también por los que se generaron por el cobro de dividendos, en este caso tributando una segunda vez. Injusto. 

Este es un motivo por el que la mayoría de los gestores prefieren acciones que no repartan dividendo sino que tengan un alto poder de revalorización, interesa a sus partícipes. 

Aclarar que esta desventaja afecta también a los fondos de inversión con reparto de dividendos que en España están poco extendidos (quizá esto tenga algo que ver, no se si en otros países el dividendo que reparte el fondo está sujeto a esta doble tributación)

Cuando el dividendo proviene de una empresa extranjera todo se complica más. Pero el resultado es el mismo. Tanto la hacienda extranjera como la española hacen una retención y después una devolución si hay tratado. Al final el fondo acaba pagando un 19% de dividendos si es español. Si es luxemburgués 15% (este es uno de los motivos por el que podemos ver algún fondo indexado luxemburgués que a pesar de pagar comisión de gestión superan a los índices NR). 

 

Doble tributación al impuesto de sociedades

Afecta básicamente a los fondos de inversión domiciliados en España. Los planes de pensiones están exentos de él (lógicamente) y los fondos domiciliados en Luxemburgo o Irlanda, como buenos paraísos fiscales que son prácticamente no pagan. 

Los FIs y SICAVs pagan un 1% de impuestos por los beneficios obtenidos durante el año independientemente de que hayan vendido o no las acciones o haya vencido la deuda. El inversor particular no tiene que pagar este impuesto, solo tributa por los beneficios una vez haya vendido el activo según el tipo del ahorro que empieza en el 19%. Pero el inversor en fondos también tributa ese tipo del ahorro cuando reembolsa su activo así que el impuesto de sociedades es un añadido. 

Lo pagan por el hecho de ser sociedades, afortunadamente el tipo es del 1% y no del 25% como tienen el resto de sociedades. 

Es un impuesto injusto ya que las empresas en las que invierte el fondo ya pagaron este impuesto, los partícipes del fondo estarán pagándolo una segunda vez. 

Si el fondo invierte en acciones de Inditex esta empresa paga su IS del 25% de los beneficios. Como la empresa gana dinero hace que el valor de la acción crezca o bien que reparta dividendos. En ambos casos el fondo tiene más valor y tiene que pagar una segunda vez IS por los beneficios que produjo la empresa y que se plasman en el patrimonio del fondo.

Para darnos cuenta de que es un impuesto injusto solo tenemos que ver que el inversor particular no lo paga y el inversor en fondos sí. 

No confundirlo con el impuesto de sociedades que paga la gestora por los beneficios empresariales que genera, este no nos afecta a nosotros, sí es del 25% y sí es justo.

 

Inseguridad por el aplazamiento de impuestos

¿Qué es preferible obtener un 8% invirtiendo en acciones que vendo cada dos años o obtener un 7% invirtiendo en fondos que pienso reembolsar dentro de 40 años?

Estas cifras no son elegidas al azar. Según este otro estudio el patrimonio neto obtenido en ambos casos es el mismo. 

Entonces ¿qué es mejor?

En ese hipotético caso yo preferiría la situación del inversor particular.

En el peor de los escenario posible, aquel en el que siempre se hay que poner, los tipos impositivos del futuro serán mayores que los del presente. Los estados cada vez están más endeudados y en algún momento tendrán que pagar esa deuda. Para hacerlo tienen dos posibilidades, reducir gastos o aumentar ingresos. La primera opción es poco probable si no lo hicieron hasta ahora y mucho menos cuando haya partidos de izquierdas gobernando.

Así que lo normal es que algún día tengan que subir los impuestos y cuando ya no se los puedan subir más al alcohol y al tabaco el siguiente impuesto menos impopular será el de las personas que invierten su dinero y no se lo gastan todo. 

Cuando un inversor en acciones cobra un dividendo o vende un título con plusvalías ya satisface sus obligaciones con Hacienda al tipo impositivo actual y muy poco a poco. Esto es la principal desventaja porque ese dinero ya no lo sigue invirtiendo pero se convierte en una ventaja porque sabe a que tipo lo tributa. Después podrán ponerle un impuesto de patrimonio si quieren pero esto afectará igualmente al inversor en fondos. 

El inversor en fondos pagará sus obligaciones cuando haga el reembolso, si lo hace dentro de 30 años y nos ponemos en el peor escenario posible, lo hará a un tipo impositivo mayor. 
 

#2

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Disculpa, pero creo que tienes un pequeño cacao mezclando el concepto de retención con el de tributación. La retención en los dividendos es únicamente un pago a cuenta; desconozco si en los dividendos cobrados por los fondos les retienen también un 19% pero, en cualquier caso, eso como mucho únicamente supone un efecto financiero porque en la medida que los fondos tributan al 1%, el 18% retenido en exceso se recuperaría en la declaración del Impuesto sobre Sociedades. Por eso, como mucho se podría decir que existe una doble imposición de un 1% del importe del dividendo percibido.

#3

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Ojalá fuese así... Pero me temo que no.

Si los fondos solo tributasen por al impuesto de sociedades al 1% significaría que los fondos luxemburgueses prácticamente no tributan ya que allí el IS es del 0,05%. Si todo ello fuese cierto no tendría sentido que existiesen los índices Net Return (con dividendos netos después de impuestos), la única diferencia entre estos y los índices Total Return es que a los primeros se les descuenta la parte que se retiene en el país de la acción.

Pensemos de otra forma, si Renault reparte un dividendo la hacienda francesa querrá su parte y poco le importa si la acción es propiedad de una persona física o de un fondo, ella aplica la retención. Si los fondos solo tributan al IS o bien no tributa nada en Francia por el dividendo o bien la hacienda española devuelve una retención que aplicó la hacienda francesa...

Suponiendo que la hacienda francesa cobra por el dividendo que reparte una empresa nacional sí o sí ahora podemos irnos a la auditoría de un fondo cualquiera a ver si en el impuesto de sociedades les cobraron de menos por todas las retenciones en cuenta... Vemos que no.

#4

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Pero ahí hay varias cuestiones. La primera, si no recuerdo mal, es que los fondos de luxemburgo tributan un 0,05% pero ojo, no sólo los beneficios (como los FI españoles) sino sobre el patrimonio. Con lo cual los fondos muy grandes pagarán impuestos aun cuando tengan pocos beneficios o pérdidas.

Por otro lado, los índices total o net return tienen sentido, a la hora de compararlos con los fondos o con particulares.

Pero cuando te refieres a los dividendos, te pongo el siguiente ejemplo:

Si un FI español cobra un dividendo de Enagás, le practicarán su retención (que desconozco si para fondos es la general o hay una particular, por lo que asumo que es el 19%), pero la cuestión es que esa retención es sólo un pago a cuenta. Cuando ese fondo haga su declaración del Impuesto sobre Sociedades, pagará el 1% de su base imponible y se descontará las retenciones que le han practicado.

Respecto de posibles retenciones en el extranjero, ahí si tienes razón, porque dependerá de cada país de origen. Por ejepmplo, relación a las retenciones soportadas en la UE, los fondos podrían recuperarlas íntegramente (te adjunto una noticia de 2014 en la cual bestinver había recuperado el 100% de las retenciones sobre dividendos pagados por entidades francesas):

https://www.elconfidencial.com/mercados/2014-01-20/bestinver-arranca-de-las-garras-del-fisco-galo-los-dividendos-expoliados-a-sus-fondos_77622/

 

#5

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Lo que dice esa noticia es que la hacienda francesa practicaba una retención a los dividendos cobrados por los fondos internacionales y no se la practicaba a los fondos nacionales y que un tribunal obligó devolver las de los internacionales para que compitan en igualdad de condiciones. Lo cual demuestra que los fondos sí tienen retención. Y si no hubiesen hecho la chapuza de quitar las retenciones solo para los fondos franceses nadie hibiese obligado a la devolución del 100%, solo al exceso de retención sobre el 15% que dicen los tratados contra la doble imposición. Por otra parte, lo que hace la hacienda francesa de no cobrar retención a los fondos es lo lógico, de esta forma los partícipes no pagan doblemente por los dividendos cobrados. Lo que no pueden es hacerlo a unos sí y a otros no. Ya tenemos claro que las haciendas practican retención. Ahora para ver que no las devuelven en el IS vamos a una auditoría de un fondo. Pongo la de Magallanes European de 2015. Vemos que impuesto sobre beneficios es 1% y algún dividendo tuvo que cobrar con su correspondiente retención.

#6

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Si miras en esa misma memoria de las Cuentas Anuales (página 18), podrás ver lo siguiente:

 

#7

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Hola de nuevo Underhill

He estado investigando sobre esa deuda que tienen las administraciones públicas con los fondos.

Estas en lo cierto, cuando el fondo cobra un dividendo de una empresa española o de la Zona Euro no tributa por estos dividendos más que lo que le corresponda por el impuesto de sociedades si al final de año obtiene beneficios. 

De hecho encontré esta noticia en la que dice que España tendrá que devolver retenciones a fondos de otros países de la Eurozona al igual que Francia se las tiene que devolver a fondos españoles.  https://www.elconfidencial.com/economia/2017-06-05/hacienda-fondo-gartmore-sicavs-devolucion-1000-millones-audiencia_1391593/

Cuando la empresa es de fuera de la Eurozona esto cambia y sí que se aplica esta doble tributación. Es decir cuando cobramos un dividendo en USA pagamos un 15% a la hacienda estadounidense y después al reembolsar el fondo un 19% a la hacienda española por los beneficios. Si fuésemos un inversor individual en total pagaríamos solo un 19% del dividendo.. 

Lo que me lleva a una refexión.... es injusto que comparemos un fondo que invierte en acciones españolas con el MSCI Spain NR o con el IBEX 35 NR. Estos índices suponen que de los dividendos se tributa un 19% y no es verdad en el caso de los fondos. Los fondos domiciliados en la Eurozona y que invierten en acciones de esta, deben compararse con los índices TR ya que los dividendos tributan a la hora de reembolsar el fondo junto al resto de beneficios, no se descuenta la tributación del valor liquidativo. 

#8

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Muy interesante esta conversación, gracias a ambos,

¿podemos llegar entonces a la conclusión de que los fondos sólo pagan el 1% de sus beneficios incluyendo plusvalías por ventas y ganancias por dividendos?

¿sería sólo aplicable a fondos de la eurozona que compran acciones de la eurozona?

¿los fondos de USA que compran acciones de USA tienen la misma ventaja fiscal?

Gracias de nuevo.

Saludos.

#9

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

La conclusión a la que llego es que los inversores colectivos pagamos doble tributación cada vez que nuestro FI cobra un dividendo porque primero le retienen al fondo y después cuando hacemos el reembolso tenemos que volver a pagar por las plusvalías. Solo hay una excepción si la empresa que paga el dividendo es de la Unión Europea (y al parecer hay dificultades para que esto se cumpla). 

Para más INRI las retenciones que les hacen a los fondos para los dividendos de Estados Unidos son del 30% (mientras a un inversor individual le retienen el 15% que se incluye en el 19% que se paga en total). Es decir, si Coca-Cola paga 1$ de dividendo a nuestro fondo le llegan 0,70$. Si se trata de un ETF de distribución UCITS pagaremos un 19% de impuestos en España es decir 0,133$ y nos llegará definitivamente 0,567$ (por el camino se queda un 43,3%). A un inversor individual le llegarían 0,81$.

Las alternativas que se me ocurren para esto es buscar fondos que inviertan en acciones que repartan dividendos de países de la Unión Europea, buscar un broker americano y un ETF americano para las acciones USA (creo que ellos no pagan doble tributación), o buscar fondos que no se fijen en el dividendo. 

Si quieres saber qué porcentaje de dividendo se retiene en cada país a los fondos te dejo un informe de KPMG sobre esto. Está orientado a SICAVs de Luxemburgo, pero supongo que los fondos del resto de países de la UE tengan las mismas condiciones: 

https://home.kpmg.com/content/dam/kpmg/lu/pdf/lu-en-lux-investements-funds-wht-study-2017.pdf

Un saludo. 

#11

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Parece ser que los fondos (al menos los ETFs) domiciliados en Irlanda se han podido beneficiar los últimos años del tratado de doble imposición Irlanda-USA, y les han estado reteniendo sólo el 15% (tal como comentan en el blog Monevator). Aunque parece que en las nuevas negociaciones de dicho tratado (que no sé si habrán concluido), los de BlackRock no las tenían todas consigo de que fuera a mantenerse dicha ventaja, tal como comentan en esta carta a "su Hacienda":

https://www.blackrock.com/corporate/literature/publication/irish-us-double-taxation-treaty-101416.pdf

#12

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Saludos de un novato en proceso de formación, me permito reabrir el hilo para preguntar por la fiscalidad de las acciones dentro del fondo (del mismo modo que se ha comentado la de los dividendos):

Cuando un FI compra una acción por 10 y la vende por 15, ¿esa plusvalía (a nombre del FI) pasa por hacienda, por ejemplo al 20%? De ser así, el valor liquidativo pasaría de 10 a 14 (=10+5*0,8), y si justo a continuación el inversor liquida su posición, obtiene una plusvalía bruta de 4 (14-4, suponiendo que los gastos de gestión fuesen 0%), sobre la que digamos tributa otro 20%, de modo que netos le quedan 3,2€ ((14-10)*0,8), es decir claramente el inversor final sufriría una doble imposición que le hace perderse nada menos que el 36% de la plusvalia bruta (se lleva escurridos 3,2€ VS 5€ brutos)

¿ES CORRECTO MI PLANTEAMIENTO O HAY ALGUNA NORMATIVA QUE EXIMA A LOS FONDOS DE TRIBUTAR POR SU ROTACIÓN DE CARTERA, de modo que el inversor final no se vea tan penalizado?

@underhill

@rmees

Gracias!!

 

 

#13

Re: Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones

Hola Villafrati

Los fondos tributan por las plusvalías al impuesto de sociedades que es "solo" del 1% en España, en otros países como Luxemburgo e Irlanda son menores aún. Es decir, sí que se produce esa doble tributación de la que hablas pero es pequeña. Creo que esta tributación no se paga al vender las acciones sino año a año, es decir aunque no hayan liquidado las posiciones tienen que tributar al Impuesto de Sociedades por las plusvalías latentes, no me hagas mucho caso de esto. 

Peor que esto es la tributación por los dividendos que el fondo recibe de alguno países extranjeros. Por ejemplo los dividendos de USA tienen una retención del 15% después un 1% por las sociedades dentro del fondo y cuando reembolsemos el impuesto del ahorro del 19 al 23%...así está el patio :-S

Un saludo. 

#14

Ej

Vale Marcos, entonces no es tan grave como yo pensaba, menos mal...

Aprovecho para preguntarte otra duda, y es si los fondos-índice (gestión pasiva), entendidos como fondos acumulativos pues logicamente cobran dividendos y los reinvierten, se obligan a replicar al indice estandar (ej Ibex 35) o al indice con dividendos (ibex total return)

Es que me da la impresión de que toda la gestión pasiva que se comercializa para el pequeño inversor, replica indices "estándar", pero en tal caso me pregunto ¿qué pasa con los dividendos? ¿porqué no hay un ETF "IBEX 35 TOTAL RETURN"???

Gracias!!

#15

Re: Ej

Existen ETFs que acumulan los dividendos y otros que los reparten.

Los que los acumulan en realidad al índice que siguen es al Net return que es el índice con los dividendos después de tributación. No sería del todo correcto tampoco porque hay países que no retienen a los dividendos que cobra un ETF y en cambio el índice considera que todos los países retienen, pero bueno, es una aproximación aceptable. 

Los que reparten los dividendos siguen al índice "price" lógicamente. Todos los ETFs de Estados Unidos son de este tipo.