Hola.
Para cambiar de titularidad hay que pagar el Impuesto de Sucesiones.
Tratándose de herederos directos (cónyuge o hijos), actualmente en Asturias los primeros 300.000 euros por heredero están libres de IS.
Lo que hablábamos antes es cuando ese heredero venda lo heredado y tenga que pagar IRPF. En ese caso el precio de compra es el del momento que lo heredó (el día del fallecimiento del causante).
Por lo que respecta a la huerta, ya ves que pueden a sacar una Ley (Agenda 2030, 2050 y s.p.m.) que diga: "carne, una vez al mes y un filetucu nada más". Eso nos obligará (como anticipó ayer Broker2002) a aumentar la superficie cultivable y "cuchar" más todavía.
Sí, son de este año. Si fuera lo de Cobas como las patatas, estábamos en VL=200 y aquí todos de juerga.
Un saludo.